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Documento BOE-A-2011-19023

Orden CUL/3314/2011, de 22 de noviembre, por la que se conceden los Premios Crearte para el fomento de la creatividad en la enseñanza infantil, primaria, especial y secundaria en los centros financiados con fondos públicos, correspondientes a 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 2 de diciembre de 2011, páginas 128750 a 128753 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2011-19023

TEXTO ORIGINAL

La Orden CUL/551/2009, de 24 de febrero (Boletín Oficial del Estado de 9 de marzo) establece las bases reguladoras para la convocatoria de los Premios Crearte. Por Orden CUL/776/2011, de 29 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 5 de abril), se convocan los Premios Crearte correspondientes al presente ejercicio.

De conformidad con lo dispuesto en la citada Orden CUL/776/2011, la Comisión de Estudio y Valoración ha examinado y valorado los proyectos presentados a la convocatoria, habiendo dado traslado de la propuesta a la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y de Fundaciones y Mecenazgo, órgano instructor del procedimiento, para la concesión de los premios a los solicitantes seleccionados.

De acuerdo con lo establecido en la cláusula décima de la orden de convocatoria, los criterios tenidos en cuenta por la Comisión de Estudio y Valoración para la selección de solicitudes han sido: a) Grado de adecuación de los métodos de enseñanza, proyectos, trabajos o actividades presentados al cumplimiento de las finalidades establecidas para este Premio (de 0 a 40 puntos); b) La utilización de las nuevas tecnologías (de 0 a 20 puntos); c) La aportación educativa del trabajo presentado y la facilidad de trasladar la experiencia a otros centros educativos (de 0 a 20 puntos); d) El estímulo de la creatividad de los alumnos (de 0 a 20 puntos).

En virtud de ello, vistas todas las solicitudes presentadas a la convocatoria; vista la propuesta elaborada por la Comisión de Estudio y Valoración en su reunión de 18 de octubre de 2011, y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Orden CUL/551/2009, de 24 de febrero y en la Orden CUL/776/2011, dispongo:

Primero.

Conceder los premios a las entidades y personas que se relacionan en el Anexo a la presente orden, para la realización de las actividades que en el mismo se mencionan y en las cuantías que allí se señalan, según las modalidades.

Segundo.

Hacer constar expresamente desestimados el resto de proyectos presentados que no figuren en la anterior relación del Anexo.

Tercero.

A tenor de lo dispuesto en la cláusula duodécima. 3 de la orden de convocatoria, la cantidad correspondiente al premio deberá destinarse a actividades, instalaciones o mejoras del Centro, que se decidan en Consejo Escolar, ligadas al objetivo de los Premios descrito en la cláusula primera. 2 de la orden de convocatoria.

Cuarto.

La cantidad obtenida por los premiados será justificada de conformidad con lo establecido en el punto 3 de la cláusula duodécima de la orden de convocatoria, mediante la entrega a la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y de Fundaciones y Mecenazgo de una Memoria explicativa del destino dado al Premio, antes del 31 de marzo de 2012.

Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11. 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación a los beneficiarios, o al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para el resto de los interesados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 22 de noviembre de 2011.–La Ministra de Cultura, P. D. (Orden CUL/2165/2009, de 14 de julio), la Subsecretaria de Cultura, Mercedes Elvira del Palacio Tascón.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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