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Documento BOE-A-2011-18494

Orden EDU/3211/2011, de 2 de noviembre, de modificación de la autorización del centro privado de Educación Infantil "Santa Luisa de Marillac" de Melilla, por cambio de titularidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 24 de noviembre de 2011, páginas 125291 a 125293 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-18494

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia de don Francisco José González Díaz, en calidad de representante y Secretario Técnico de la «Fundación Diocesana de Enseñanza Santa María de la Victoria», con domicilio en Málaga, calle Conde de Tendilla, 26, y CIF R-2900284G, solicitando la modificación de la autorización por cambio de titularidad del Centro privado de Educación Infantil «Santa Luisa de Marillac», situado en la calle General Villalba, número 1, de Melilla, con código 52000683, cuya titularidad era ostentada por las «Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl».

Hechos

Primero.

Don Francisco José González Díaz, en calidad de representante y Secretario Técnico de la «Fundación Diocesana de Enseñanza Santa María de la Victoria», con domicilio en Málaga, calle Conde de Tendilla, 26, y CIF R-2900284G, solicita la modificación de la autorización por cambio de titularidad del Centro privado de Educación Infantil «Santa Luisa de Marillac», situado en la calle General Villalba, número 1, de Melilla, con código 52000683, cuya titularidad era ostentada por las «Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl», mediante escrito de 18 de julio de 2011.

Segundo.

Dicho Centro fue autorizado mediante la Orden de 29 de junio de 1999 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro de Educación Infantil denominado «Santa Luisa de Marillac», de Melilla («BOE» de 10 de agosto), y que fue posteriormente modificada mediante la Orden de 3 de septiembre de 2001, por la que se modifica la autorización del Centro privado de Educación Infantil «Santa Luisa de Marillac» de Melilla («BOE» del 16 de octubre).

Tercero.

En base a la documentación aportada por el interesado y previo informe favorable emitido por el Servicio de Inspección de la Dirección Provincial de Melilla de 26 de septiembre de 2011, es por lo que se redacta la presente Orden de modificación de la autorización del centro.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación al presente expediente las disposiciones siguientes:

– Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación («BOE» del 4).

– Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («BOE» del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («BOE» del 14).

– Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación («BOE» del 4).

– Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias («BOE» del 9), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de Régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio («BOE» de 12 de marzo).

Segundo.

De acuerdo con la documentación aportada y el informe favorable emitido por el Servicio de Inspección de la Dirección Provincial de Melilla el Centro reúne los requisitos establecidos para acceder a lo solicitado.

Por todo lo cual,

Este Ministerio, de conformidad con los artículos 13 y 14 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.

Modificar la autorización del Centro privado de Educación Infantil «Santa Luisa de Marillac», de Melilla, por cambio de titularidad, con efectos a partir del día 1 de septiembre de 2011, quedando el Centro configurado como se indica a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: «Santa Luisa de Marillac».

Persona o entidad titular: Fundación Diocesana de Enseñanza Santa María de la Victoria.

Domicilio: Calle General Villalba, número 1.

Localidad: Melilla.

Municipio: Melilla.

Provincia: Melilla.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil de Primer Ciclo.

Capacidad: Cuatro unidades

Segundo.

La nueva titularidad se subrogará en la totalidad de las obligaciones y cargas que tuviera contraídas, en su caso, la anterior titular del centro, especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que pudiera tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se deriven de la vigente legislación laboral.

Tercero.

La modificación de la autorización por cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Cuarto.

Queda dicho Centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden Ministerial para el Centro.

Quinto.

La presente modificación de la autorización se comunicará de oficio al Registro estatal de centros docentes no universitarios para su correspondiente inscripción.

Sexto.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 2 de noviembre de 2011.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), el Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Mario Bedera Bravo.

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