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Documento BOE-A-2011-17229

Resolución de 10 de octubre de 2011, de la Comisión Nacional de Energía, por la que se publican las cuentas anuales, del ejercicio 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 1 de noviembre de 2011, páginas 114496 a 114512 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-17229

TEXTO ORIGINAL

En base a lo establecido por La Resolución de 28 de noviembre de 2006, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» por las Entidades estatales de derecho público a las que les sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, el Presidente de la Comisión Nacional de Energía ha resuelto:

Publicar el resumen del contenido de las cuentas anuales de la Comisión Nacional de Energía correspondientes al ejercicio 2010.

Madrid, 10 de octubre de 2011.–El Presidente de la Comisión Nacional de Energía, Alberto Lafuente Félez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

MEMORIA

Comisión Nacional de Energía. Ejercicio 2010

(Cuyo presupuesto de gastos es estimativo)

1. Organización y actividad

La actividad, funciones y estructura básica de la Comisión Nacional de Energía viene regulada por la Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos, por el Real Decreto 1339/1999, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía y por el Real Decreto 3487/2000, de 29 de diciembre, que lo modifica.

En la Disposición adicional undécima primero, 2. de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, «se crea la Comisión Nacional de Energía como ente regulador del funcionamiento de los sistemas energéticos, teniendo por objeto velar por la competencia efectiva en los mismos y por la objetividad y transparencia de su funcionamiento, en beneficio de todos los sujetos que operan en dichos sistemas y de los consumidores.

A los efectos de lo previsto en el apartado anterior, se entenderá por sistemas energéticos el mercado eléctrico, así como los mercados de hidrocarburos tanto líquidos como gaseosos.

La Comisión se configura como un organismo público con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como plena capacidad de obrar».

Su principal fuente de financiación es a través de las tasas, creadas en la Disposición adicional duodécima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, éstas se clasifican en:

• Tasa aplicable a la prestación de servicios y realización de actividades en relación con el sector de hidrocarburos líquidos.

• Tasa aplicable a la prestación de servicios y realización de actividades en relación con el sector eléctrico.

• Tasa aplicable a la prestación de servicios y realización de actividades en relación con el sector de hidrocarburos gaseosos.

La Comisión Nacional de Energía está exenta del Impuesto sobre Sociedades y ninguna de sus operaciones se encuentra sujeta al IVA.

La Comisión está regida por un Consejo de Administración, compuesto por el Presidente que ostentará la representación legal de la Comisión y ocho Consejeros uno de los cuales será nombrado Vicepresidente y un Secretario que actuará con voz pero sin voto y es el Órgano competente, de acuerdo con el Real Decreto 1204/2006, de 20 de octubre, para aprobar a propuesta de la Presidenta de la Comisión la formulación de la cuentas anuales del ejercicio económico.

El Presidente, Vicepresidente y los Consejeros son nombrados entre personas de reconocida competencia técnica y profesional, mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda, previa comparecencia del mismo y debate en la Comisión competente del Congreso de los Diputados.

El Presidente, Vicepresidente y los Consejeros son nombrados por un periodo de seis años pudiendo ser renovados por un periodo de la misma duración. No obstante la Comisión Nacional de Energía renovará la mitad de sus miembros cada tres años.

Por Real Decreto 661/2005, de 6 de junio, se nombra Presidenta a D.ª María Teresa Costa Campi.

Por Real Decreto 610/2002, de 28 de junio, se nombra Vicepresidente a D. Fernando Martí Scharfhausen.

Por Real Decreto 611/2002, de 28 de junio, se nombra Consejero a D. José Sierra López.

Por Real Decreto 612/2002, de 28 de junio, se nombra Consejera a D.ª María del Carmen Fernández Rozado.

Por Real Decreto 665/2005, de 6 de junio, se renueva el nombramiento de Consejero a D. Sebastià Ruscalleda i Gallart.

Por Real Decreto 664/2005, de 6 de junio, se renueva el nombramiento de Consejero a D. Jaime González González.

Por Real Decreto 613/2002, de 28 de junio, se nombra Consejero a D. Francisco Javier Peón Torre. Por Real Decreto 1083/2010, de 20 de agosto, por el que se acepta la renuncia de D. Francisco Javier Peón Torre como Vocal del Consejo de Administración de la Comisión nacional de Energía.

Por Real Decreto 662/2005, de 6 de junio, se nombra Consejero a D. Luis Albentosa Puche.

Por Real Decreto 663/2005, de 6 de junio, se nombra Consejero a D. Jorge Fabra Utray.

Actúa como Secretaria del Consejo de Administración, por nombramiento del mismo, D.ª Marina Serrano González.

En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente existen dos Consejos Consultivos, de electricidad e hidrocarburos, presididos por el Presidente de la Comisión Nacional de Energía.

La Comisión Nacional de Energía se estructura en las siguientes Direcciones:

Gabinete de Presidencia: D. Joan Batalla Bejerano.

Gabinete de Prensa y Comunicación: D. Pere Lladó di Isabal.

Dirección de Asesoría Jurídica: D. Mariano Bacigalupo Saggese.

Dirección Gerencia: D. Pablo Fernández García.

Dirección de Inspección, Liquidaciones y Compensaciones: D. Santiago García Peraita.

Dirección de Energía Eléctrica: D. Carlos Solé Martín.

Dirección de Gas: D. Raúl Yunta Huete.

Dirección de Petróleo: D. Pedro Miras Salamanca.

Dirección de Regulación y Competencia: D.ª María Jesús Martín Martínez.

Dirección de Relaciones Externas y Documentación: D. Rafael Durbán Romero.

Dirección de Análisis de los Mercados Financieros de Activos derivados de la Energía: D. Pablo Villaplana Conde.

El número medio de empleados durante el ejercicio al que se refieren las cuentas fue de 224,91 y el número de empleados a 31 de diciembre de 2010 fue de 229, todos ellos personal laboral.

2. Gestión indirecta de servicios públicos y convenios

La Comisión Nacional de Energía no realiza ningún tipo de gestión indirecta de servicios públicos ni convenios.

3. Bases de presentación de las cuentas

a) Principios contables: Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros, y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria, y en la adaptación del PGCP a los Organismos públicos cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo, aprobada por Resolución de la IGAE, de 28 de diciembre de 2000, según las modificaciones realizadas por las Resoluciones de la IGAE de 18 de julio de 2006, de 3 de diciembre de 2008 y 18 de marzo de 2009, y con los principios contables públicos establecidos en la Ley General Presupuestaria y en el PGCP, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución de su presupuesto.

b) Comparación de la información: No ha habido ninguna modificación en la estructura de las cuentas anuales.

c) Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios de criterios de contabilización: No ha habido ninguna modificación durante el ejercicio 2010 en los criterios de contabilización.

4. Normas de valoración

a) Inmovilizado inmaterial: Las inmovilizaciones inmateriales figuran contabilizadas por su precio de adquisición. La amortización de las mismas se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE, de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

b) Inmovilizado material: El inmovilizado material figura contabilizado por su precio de adquisición. La amortización del mismo se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE, de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

c) Inversiones financieras: El inmovilizado financiero se refleja por el precio de adquisición.

Las inversiones financieras temporales se reflejan al precio de adquisición.

d) Existencias: Sin contenido.

e) Provisiones para riesgos y gastos: Se dotan provisiones para responsabilidades cuando existe una alta probabilidad de incurrir en obligaciones futuras con cargo al ejercicio. Dichas provisiones, fundamentalmente, se dotan con el devengo atribuible al ejercicio, de las compensaciones económicas, que los miembros del Consejo y otros altos cargos de la CNE, al cesar en el cargo podrán percibir, de acuerdo con el artículo 24 del Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía, y también, provisiones por planes de pensiones y premio de fidelidad para el personal, en aplicación del Convenio colectivo del personal de la CNE en vigor.

f) Deudas: Las deudas a largo y corto plazo se contabilizan por su valor de reembolso.

g) Provisiones de dudoso cobro: La CNE dota provisiones por dudoso cobro por el procedimiento de seguimiento individualizado.

h) Ingresos y gastos: La imputación de los ingresos y gastos se realiza a la cuenta del resultado económico patrimonial por el criterio del devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos o se reconozcan las obligaciones presupuestarias.

5. Inversiones destinadas al uso general

Sin contenido.

6. Inmovilizado inmaterial

Cuenta

Saldo Inicial

Euros

Aumentos

Euros

Disminuciones

Euros

Saldo Final

Euros

1. Aplicaciones informáticas

6.834.222,54

883.202,44

0,00

7.717.424,98

2. Amortizaciones

3.417.890,78

974.782,89

0,00

4.392.673,67

7. Inmovilizado material

Cuenta

Saldo Inicial

Euros

Aumentos

Euros

Disminuciones

Euros

Saldo Final

Euros

1.

Terrenos

26.467.344,88

0,00

0,00

26.467.344,88

2.

Construcciones

23.760.120,53

147.692,04

0,00

23.907.812,57

3.

Mobiliario

2.916.578,94

43.183,78

31.871,08

2.927.891,64

4.

Equipos pr. información

2.982.217,56

323.837,87

0,00

3.306.055,43

5.

Elementos de transporte

121.230,90

0,00

0,00

121.230,90

6.

Amortización

4.220.394,31

742.007,36

18.397,63

4.944.004,04

8. Inversiones gestionadas

Sin contenido.

9. Inversiones financieras

Descripción

Saldo Inicial

Euros

Aumentos

Euros

Disminuc.

Euros

Saldo Final

Euros

A largo plazo:

 

 

 

 

1. Créditos

90.127,71

76.769,62

83.144,05

83.753,28

2. Renta fija

9.000.000,00

10.335.472,08

9.000.000,00

10.335.472,08

A corto plazo:

 

 

 

 

1. Renta fija

3.180.291,07

9.000.000,00

3.180.291,07

9.000.000,00

Los créditos están constituidos por préstamos al personal concedidos de acuerdo, con el artículo 32 del Convenio colectivo del personal de la CNE en vigor.

Los intereses devengados al 31 de diciembre de 2010, por las inversiones a largo plazo y pendientes de cobro por tener vencimiento en 2011 son de 6.236,39 €, por las inversiones a corto plazo, y pendientes de cobro por corresponder a inversiones con vencimiento en 2011, ascienden a 279.000,00 €.

10. Existencias

Sin contenido.

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