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Documento BOE-A-2011-16730

Resolución de 10 de octubre de 2011, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se publica la convocatoria de los Premios Alimentos de España en su XXIV edición, correspondientes al año 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 25 de octubre de 2011, páginas 111163 a 111166 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-16730

TEXTO ORIGINAL

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 23, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

La Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 159, de 2 de julio, modificada por la Orden ARM/2500/2011, de 13 de septiembre, establece las bases reguladoras de los Premios Alimentos de España.

Mediante la presente resolución, se convoca los Premios «Alimentos de España», en su XXIV edición con la finalidad de reconocer la labor desarrollada por profesionales y entidades que participan en la cadena agroalimentaria de conformidad con lo dispuesto en el capítulo II de la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio.

En su virtud, acuerdo:

Primero. Objeto.

La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la XXIV edición de los Premios «Alimentos de España» a la «Producción Agraria», «Industria Alimentaria», «Distribución y Comercio Alimentario», «Restauración», «Producción Ecológica», «Joven Empresariado», «Mujer Emprendedora», «Dieta Mediterránea», «Comunicación» «Promoción Alimentaria», y «Premio Extraordinario Alimentos de España», correspondientes al año 2011.

Segundo. Solicitud, forma y plazo de presentación.

1. Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud y la declaración de no haber sido sancionado por infracción de la legislación en materia de medio ambiente y medio rural y marino, con la totalidad de los datos que en ellas se requieren, según los modelos que se adjuntan como anexos I y II. Ambos anexos se acompañarán de una memoria que recoja las actuaciones más destacadas por las que se desea optar al premio y todo el material documental que se estime oportuno, de acuerdo con lo especificado en el anexo IV. La documentación se deberá aportar tanto en soporte papel como digital; la memoria y elementos divulgativos preferentemente en pdf y los elementos audiovisuales en cualquier formato.

2. Además de lo anterior, se deberá presentar la documentación adicional para los siguientes premios:

a) Premio Alimentos de España a la Producción Ecológica. Los candidatos a este premio deberán presentar un certificado emitido por órgano de control competente en él que se acredite que las explotaciones agrarias, empresas alimentarias o sus agrupaciones están inscritas según el Reglamento (CE) n.º 834/2007, del Consejo, de 28 de junio de 2007.

b) Premio Alimentos de España al Joven Empresariado. Los candidatos que se presenten a este premio deberán de tener menos de cuarenta años a la fecha de cierre de presentación de solicitudes y acompañar una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

c) Premio Extraordinario Alimentos de España. Los candidatos propuestos a este premio deberán cumplimentar y presentar los anexos I, II y III.

3. Las solicitudes, junto con la documentación señalada en los párrafos anteriores, se dirigirán al Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, y se presentarán en el Registro General del Departamento, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Las solicitudes se presentarán desde el día siguiente a la publicación de esta resolución hasta el 18 de noviembre, incluido éste. Se hará constar en el exterior del envío: XXIV Premios «Alimentos de España».

Tercero. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.

Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento serán los previstos en el artículo 20 de las bases reguladoras.

Cuarto. Plazo máximo para resolver y notificar la resolución.

1. La resolución se dictará en el plazo de seis meses desde la publicación de esta convocatoria, según lo previsto en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. La resolución, que pone fin a la vía administrativa, se notificará a los interesados, con indicación del recurso procedente, plazo y órgano ante el que pueda interponerse. Igualmente se insertará en el tablón de anuncios del departamento y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto. Recogida de documentación.

La documentación presentada por los concursantes que no hayan sido premiados podrá ser retirada desde el día 15 al 30 de septiembre de 2012.

Sexto. Financiación.

Para la adquisición de las esculturas se destinará un importe máximo de veintiséis mil euros (26.000,00 euros), imputado a la aplicación presupuestaria 23.01.451O.227.06 y ejercicio presupuestario 2012.

Séptimo. Efectos.

La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de octubre de 2011.–El Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu Rocamora.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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