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Documento BOE-A-2011-16552

Resolución de 19 de septiembre de 2011, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se conceden becas MAEC-AECID para ciudadanos extranjeros, para el curso académico 2011/2012, Programas II.B y II.E.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 21 de octubre de 2011, páginas 110152 a 110153 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2011-16552

TEXTO ORIGINAL

En el BOE n.º 314, de 27 de diciembre de 2010, se publicó la Resolución de 13 de diciembre de 2010 de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), por la que se aprueba la Convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, para ciudadanos extranjeros, para el curso académico 2011/2012.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005 de 11 de abril (BOE n.º 99, de 26 de abril), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), el RD 1403/2007 de 26 de octubre por el que se aprueba el Estatuto de la AECID, la Resolución de la Presidencia de la AECID de 2 de julio de 2009, BOE 30.07.09, por la que se delegan determinadas competencias en el Director de la AECID, y en virtud de la Resolución de 13 de diciembre de 2010 (BOE n.º 314, de 27 de diciembre de 2010) por la que se aprueba la Convocatoria de Becas MAEC-AECID, para ciudadanos extranjeros, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto, esta Presidencia de la AECID, ha resuelto:

Primero.

Conceder, con cargo al concepto presupuestario 12.401.143A. 486.02, las becas que se citan en cada programa, a los beneficiarios que se detallan por el periodo y cuantía que se indica:

Programa II.B: Becas para extranjeros para estudios de master (oficial y título propio), especialización, experto, e investigación en Universidades Españolas y sus centros adscritos, organismos de investigación españoles, y otros Centros Docentes No Universitarios.

D.ª Lourdes Placencia (Uruguay).

Duración de la beca: 16/10/2011 – 31/07/2012.

La dotación económica de esta beca, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria, consiste en:

– 1.200,00 euros mensuales.

– Seguro de asistencia médica primaria, no farmacéutica y de accidente. El importe mensual de la póliza por cada beneficiario es de 40,00 euros, a cargo de la AECID.

– Ayuda de Matrícula: Hasta 2.000,00 euros de ayuda individual.

– Ayuda de Viaje: 1.600,00 euros.

Programa II.E: Becas de Renovación para Becarios Extranjeros de la convocatoria de Becas MAEC- AECID 2010-11 (Programas II.A, II.B, y II.E) para 2.º año de Estudios de Master, Especialización e Investigación, y 3.º y 4.º año para Doctorado.

D. Mohyeddin Assali (Territorios Palestinos).

Duración de la beca: 16/10/2011 – 30/09/2012.

La dotación económica de esta beca, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria, consiste en:

– 1.200,00 euros mensuales.

– Seguro de asistencia médica primaria, no farmacéutica y de accidente. El importe mensual de la póliza por cada beneficiario es de 40,00 euros, a cargo de la AECID.

La concesión de estas becas no supone incremento económico en el expediente de gasto aprobado con anterioridad, debido a la compensación de las cantidades no gastadas por las renuncias de D.ª María Del Carmen Pilar Mattos Gutierez, de Bolivia; D.ª Tadzia Oliva Maya, de Brasil y D.ª Ana Timm Hidalgo, de Chile.

Segundo.

Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden Ministerial de AEC/1098/2005 de 11 de abril.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa en virtud de lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia de la AECID en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o bien recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 11, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 19 de septiembre de 2011.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Francisco Moza Zapatero.

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