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Documento BOE-A-2011-16267

Resolución de 13 de octubre de 2011, de la Secretaría de Estado de Investigación, por la que se amplía el plazo de resolución de la convocatoria 2011 de concesión de ayudas públicas y de la acreditación de "Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa" del Subprograma de Apoyo a Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 15 de octubre de 2011, páginas 108207 a 108207 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2011-16267

TEXTO ORIGINAL

En el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) para el periodo 2008-2011, aprobado por acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión del 14 de septiembre de 2007, se publicó la Orden CIN/936/2011, de 14 de abril, (BOE de 15 de abril), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas y de la acreditación de «Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa» del Subprograma de Apoyo a Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2011.

El órgano competente para la instrucción es el titular de la Subdirección General de Planificación, Estudios y Seguimiento, y corresponde la concesión o denegación de las solicitudes, por delegación del Secretario de Estado de Investigación, a la Directora General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i.

La Ley 38/2003, General de Subvenciones, establece en los apartados 4 y 5 del artículo 25 que el plazo máximo para resolver el procedimiento de concesión no podrá exceder de seis meses, pudiendo entender los interesados desestimada por silencio administrativo su solicitud por el transcurso de dicho plazo.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 42 y en el artículo 43 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, la Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación. Por otra parte, en el apartado 6 del artículo 42 de la Ley 30/1992 se permite excepcionalmente ampliar el plazo máximo de resolución en circunstancias tasadas.

La existencia de un procedimiento con dos fases, y la complejidad de la evaluación de la documentación presentada por los solicitantes, hacen difícil completar la tramitación del procedimiento de concesión en el plazo máximo establecido en la Ley General de Subvenciones, por ello y en base a lo anteriormente expuesto, dispongo:

Primero. Ampliación del plazo de resolución

Se amplía de seis a nueve meses el plazo máximo de resolución de la convocatoria 2011 de concesión de ayudas públicas y de la acreditación de «Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa» aprobada mediante Orden CIN/936/2011, de 14 de abril.

Segundo. Entrada en vigor. Recursos.

1. La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y resultará aplicable a todas las solicitudes que se hayan presentado a la convocatoria indicada en el apartado primero.

2. Contra la presente resolución de ampliación de plazo no cabrá recurso alguno.

Madrid, 13 de octubre de 2011.–El Secretario de Estado de Investigación, P.D. (Orden CIN/1179/2009, de 8 de mayo), la Directora General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, Montserrat Torné i Escasany.

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