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Documento BOE-A-2011-16164

Orden PRE/2739/2011, de 22 de septiembre, por la que se publican las cuentas anuales de 2010, de la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2011, páginas 107889 a 107957 (69 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2011-16164

TEXTO ORIGINAL

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en su artículo 136 establece la obligatoriedad de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de un resumen de las cuentas anuales, de las entidades, del sector público estatal fundacional, entre otras entidades.

La Resolución de 23 de diciembre de 2005, de la Intervención General de la Administración del Estado, en su apartado cuarto, anexo IV, determina el contenido mínimo de la información que debe ser publicada.

En su virtud, se dispone la publicación del resumen de la cuenta anual 2010 de la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas.

Madrid, 22 de septiembre de 2011.–El Ministro de la Presidencia, P.D. (Orden PRE/1127/2011, de 29 de abril), la Subsecretaria de la Presidencia, Soledad López Fernández.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

FUNDACIÓN INTERNACIONAL Y PARA IBEROAMÉRICA DE ADMINISTRACIÓN Y POLÍTICAS PÚBLICAS (FIIAPP)

CUENTAS ANUALES EJERCICIO 2010

Memoria de la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas

1. Introducción

La Fundación Iberoamericana de Gobierno y Políticas Públicas, se constituye el 7 de mayo de 1998 al amparo de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, y queda clasificada como Fundación Docente e inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Cultura el 9 de julio de 1998 con el n.º MAD-1.3.557.

El 29 de junio de 2000 el Patronato de la Fundación Iberoamericana de Gobierno y Políticas Públicas decidió de común acuerdo con la Fundación Instituto Iberoamericano de Administración Pública, fusionarse en una sola Fundación, conforme a lo establecido en la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y con los Estatutos de las respectivas Fundaciones.

Esta fusión supuso por acuerdo de ambos Patronatos, la extinción de la Fundación Instituto Iberoamericano de Administración Pública (FIIAP) y la absorción de su patrimonio y actividades por la Fundación Iberoamericana de Gobierno y Políticas Públicas.

El 31 de julio de 2000 el Patronato realizó las modificaciones estatutarias necesarias incluida su denominación pasando a denominarse Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas, con domicilio social en la calle José Marañón, núm. 12, de Madrid, elevando estos acuerdos a escritura pública con fecha 8 de noviembre de 2000 ante el notario José Marcos Picón Martín.

El 29 de septiembre de 2009 el Patronato de la Fundación aprobó una modificación estatutaria que incluía, entre otros aspectos, el cambio de domicilio social, que pasó a ser c/ Beatriz de Bobadilla n.º 18 de Madrid, inscrito en el Registro de Fundaciones por oficio de 22 de enero de 2010.

2. Actividad de la Fundación

La Fundación conforme con el art. 7 de sus Estatutos, tiene como objeto desarrollar «actividades relacionadas con la creación, promoción o consolidación de las instituciones públicas en el ámbito de la Gobernabilidad Democrática, Reforma del Estado y Modernización de las Administraciones Públicas y cualesquiera otras que le fueren encomendadas en el campo de la cooperación internacional».

«Su labor se orientará de modo particular hacia la formación de dirigentes políticos y sociales y directivos públicos, la investigación, la consultoría y asistencia técnica para el desarrollo de las Administraciones Públicas e impulso de la gobernabilidad democrática y fortalecimiento institucional».

La Fundación durante el ejercicio ha realizado actividades de asistencia técnica, formación e investigación para el desarrollo de las Administraciones Públicas y fortalecimiento institucional fundamentalmente con países de Iberoamérica, del Este de Europa y del Mediterráneo.

Son beneficiarios de los trabajos las instituciones públicas y los funcionarios que las integran, que a través de un trabajo conjunto, verán ampliadas y reforzadas sus capacidades, niveles de eficiencia y transparencia en sus actuaciones.

3. Bases de presentación de las cuentas anuales

a. Imagen fiel.–La Fundación para mostrar la imagen fiel presenta las cuentas anuales adjuntas siguiendo todos los principios y normas establecidos en el Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y según el Real Decreto 1514/2007, por el que se aprueba el nuevo Plan General de Contabilidad y el resto disposiciones legales vigentes en materia contable. Estas cuentas anuales han sido obtenidas de los registros contables de la Fundación.

Asimismo, toda la información recogida en las presentes cuentas anuales representa la imagen fiel de la situación patrimonial, de la situación financiera y de los resultados de la Fundación.

Las cuentas Anuales han sido formuladas por el Gerente de la Fundación, y serán presentadas para su aprobación por el Patronato de la Fundación, estimándose que serán aprobadas sin modificación alguna.

De igual forma, la Fundación ha aplicado la Disposición adicional única de la Orden EHA/733/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban aspectos contables de empresas públicas que operan en determinadas circunstancias, que clarifica la norma de registro y valoración 18.ª, Subvenciones, donaciones y legados recibidos, del Plan General de Contabilidad.

b. Principios contables.–La Fundación ha seguido todos los principios y normas de contabilidad generalmente aceptados y que se recogen en el Real Decreto 776/1998, de 30 de abril y según el Real Decreto 1514/2007, por el que se aprueba el nuevo Plan General de Contabilidad.

Además la Fundación ha incluido en su memoria la información a la que se refiere el artículo 3.10 de la Ley 49/02, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

La disposición transitoria 5 del Real Decreto 1514/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el PGC establece que las entidades que realizan actividades no mercantiles que vengan obligadas por sus disposiciones específicas, a aplicar alguna adaptación del PGC, seguirán aplicando sus respectivas normas de adaptación en todo aquello que no se oponga a la normativa y al nuevo PGC. En consecuencia, hasta la futura aprobación de una nueva adaptación sectorial ajustada al nuevo PGC, las fundaciones de competencia estatal, las asociaciones declaradas de utilidad pública y todas aquellas entidades que de acuerdo con sus disposiciones específicas estuvieran obligadas a aplicar la adaptación de 1998, deberán seguir aplicándola en todo aquello que no contradiga los contenidos del nuevo Plan.

La consulta publicada en el BOICAC 73 precisa que las cuentas anuales estarán integradas por los documentos exigidos por sus disposiciones específicas. En particular, cuando dichas disposiciones obliguen a elaborar exclusivamente balance, cuenta de resultados y memoria, las entidades no estarán obligadas a elaborar los nuevos documentos incluidos en el PGC 2007 (estado de cambios en el patrimonio neto y estado de flujos de efectivo). De acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 50/2002 de 26 de diciembre, las cuentas anuales están formadas por el balance, la cuenta de resultados y la memoria.

Asimismo, dada la estrecha vinculación entre los criterios de reconocimiento y valoración y las normas de presentación, la Fundación ha adaptado el balance y la cuenta de resultados al nuevo formato incluido en la tercera parte del PGC 2007, informando en cualquier caso de las partidas específicas que las normas de adaptación introdujeron en el año 1998 al PGC de 1990.

c. Comparación de la información.–A los efectos de la obligación establecida en el artículo 35.6 del Código de Comercio, de la aplicación del principio de uniformidad y del requisito de comparabilidad, se presentan las presentes cuentas del ejercicio anual terminado de forma comparativa con el ejercicio inmediatamente anterior.

Se presentan, a efectos comparativos, con cada una de las partidas del balance de situación, de la cuenta de resultados y de la memoria de las cuentas anuales, además de las cifras del ejercicio 2009, las correspondientes al ejercicio anterior, que han sido obtenidas mediante la aplicación del Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007.

Estas cuentas anuales han sido formuladas en euros y las distintas partidas de este ejercicio son comparables con las del ejercicio anterior. Para ello, se ha procedido a la reclasificación de determinadas partidas para cumplir con los criterios de reconocimiento de subvenciones en Patrimonio Neto o Deudas transformables en subvenciones, de acuerdo con lo expresado en la Orden EHA/733/2010 a la que se ha hecho mención al comienzo de las Bases de presentación de esta Memoria y que se expresan en la nota e) de Normas de registro y valoración correspondiente a subvenciones, donaciones y legados.

d. Agrupación de las partidas.–Las Cuentas Anuales no tienen ninguna partida que haya sido objeto de agrupación en el Balance, o en la cuenta de Pérdidas y Ganancias.

e. Elementos recogidos en varias partidas.–Las Cuentas Anuales no presentan elementos patrimoniales registrados en dos o más partidas de Balance.

f. Cambios en criterios contables.–No se han realizado ajustes a las cuentas anuales por cambios en criterios contables realizados en el ejercicio, con excepción de lo indicado en la nota 12 de esta memoria en relación con la aplicación de la Orden EHA/733/2010.

g. Corrección de errores.–Las Cuentas Anuales no incluyen ajustes realizados como consecuencia de errores detectados en el ejercicio.

4. Excedente del ejercicio

A 31 de diciembre la Fundación ha obtenido un excedente positivo por importe de 1.303.467,22 euros.

Así, la propuesta de aplicación del excedente positivo del ejercicio 2010 es la siguiente:

 

Euros

A Reservas voluntarias

391.040,17

A Remanente

912.427,05

Total

1.303.467,22

La única limitación legal que tiene incidencia directa sobre la aplicación de los excedentes, es el requisito, de obligado cumplimiento, establecido en el artículo 3.2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre; en virtud del cual, se deberán destinar a la realización de los fines fundacionales, al menos, el 70 por 100 de las rentas o cualesquiera otros ingresos netos que obtenga la Fundación, debiendo destinar el resto a incrementar la dotación patrimonial o las reservas. Las aportaciones efectuadas en concepto de dotación patrimonial, bien en el momento de su constitución, bien en un momento posterior, no son computables a los anteriores efectos. El plazo para hacer efectivo estos destinos es el comprendido entre el inicio del ejercicio en que se hayan obtenido las rentas e ingresos y los cuatro años siguientes al cierre de dicho ejercicio.

La Fundación ha cumplido en el ejercicio este requisito, ya que ha destinado más del 70% a la realización de actividades, con lo que destina el resto a remanente.

5. Normas de registro y valoración

a. Inmovilizado intangible.–El inmovilizado intangible se valora inicialmente por su coste, ya sea éste el precio de adquisición o el de producción.

Después de reconocimiento inicial, el Inmovilizado Intangible se valora por su coste, menos la amortización acumulada y, en su caso, el importe acumulado de las correcciones por deterioro registradas.

Para cada Inmovilizado Intangible se analiza y determina si la vida útil es definida o indefinida.

Los activos intangibles que tienen vida útil definida se amortizan sistemáticamente en función de la vida útil estimada de los mismos y de su valor residual. Los métodos y períodos de amortización son revisados en cada cierre de ejercicio y, si procede, ajustados de forma prospectiva. Asimismo, se evalúa la existencia de indicios de deterioro, efectuándose las correcciones valorativas que procedan que, en su caso, se reconocen contablemente en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias como «Pérdidas netas por deterioro».

El otro inmovilizado intangible corresponde al inmovilizado en curso que la Fundación está desarrollando, sobre una plataforma de gestión de proyectos a través de una empresa de servicios informáticos. A 31 de diciembre se encuentra en la fase I de la mencionada plataforma, y en cuanto se termine la mencionada fase I se procederá a su activación como aplicaciones informáticas para proceder a su amortización.

No existe ningún Inmovilizado Intangible con vida útil indefinida.

La Fundación amortiza su inmovilizado intangible siguiendo el método lineal, distribuyendo el coste de los activos entre los años de vida útil estimada para las aplicaciones informáticas, la propiedad industrial y los derechos de uso sobre bienes cedidos de acuerdo con el siguiente detalle:

 

Años de vida

Útil estimada

Aplicaciones informáticas

3

Propiedad industrial

3

Derechos de uso sobre bienes cedidos

5

b. Inmovilizado material.–Está valorado a precio de adquisición, incluyendo los gastos adicionales, que se producen hasta la puesta en condiciones de funcionamiento del bien. Además si el bien necesita un tiempo superior a un año para estar en condiciones de funcionamiento, incluye los gastos financieros relacionados con la financiación directamente atribuible a la adquisición del bien.

Los gastos de reparaciones y mantenimiento que no mejoren su utilización o prolonguen su vida útil, se cargan a gastos del ejercicio.

La Fundación considera que el valor contable de los activos no supera el valor recuperable de los mismos.

La Fundación amortiza su inmovilizado material siguiendo el método lineal, distribuyendo el coste de los activos entre los años de vida útil estimada, de acuerdo con el siguiente detalle:

 

Años de vida

Útil estimada

Construcciones

5

Mobiliario

10

Equipos para procesos de información

4

c. Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar.–La Fundación posee un arrendamiento operativo ya que ha convenido con el arrendador el derecho a usar un activo durante un período de tiempo determinado, a cambio de percibir una serie de pagos o cuotas, sin que se trate de un arrendamiento de carácter financiero. Además en el mismo ha realizado inversiones que no son separables del activo arrendado, por lo que las ha contabilizado como mayor coste del activo que tiene arrendado en la cuenta de construcciones.

d. Instrumentos Financieros.–La Fundación tiene registrado como Instrumento financiero aquel contrato que da lugar a un activo financiero en una empresa y, simultáneamente, a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra empresa.

En las cuentas anuales, la presente norma es de aplicación para:

a) Activos Financieros:

I. Otros activos financieros: tales como depósitos en entidades de crédito, anticipos, y créditos al personal, fianzas y depósitos constituidos, dividendos a cobrar y desembolsos exigidos sobre instrumentos de patrimonio

d.1) Inversiones financieras a Largo Plazo.–Corresponde con la fianza entregada por el arrendamiento operativo, la diferencia entre si valor razonable y el importe desembolsado se considera como un pago anticipado por el arrendamiento, que se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias durante el período del arrendamiento. Se estima que la diferencia entre el valor razonable y el importe desembolsado no es significativa.

Al estimar el valor razonable de las fianzas, se toma como período remanente el plazo contractual mínimo comprometido durante el cual no pueda devolver su importe.

Si la fianza es a corto plazo, no es necesario realizar el descuento de flujos de efectivo si su descuento no es significativo.

d.2) Inversiones financieras a Corto Plazo.–Las inversiones financieras a corto plazo se reflejan al precio de adquisición o al de mercado, si fuera menor, y los intereses, en la cuenta de Pérdidas y Ganancias se valoran conforme a su devengo.

Se dotan las oportunas provisiones por depreciación de los títulos de renta fija adquiridos en el caso de que su valor de realización resulte inferior a su precio de adquisición.

d.3) Efectivo y otros medios líquidos equivalentes.–Efectivo en caja y bancos, depósitos a la vista y otras inversiones a corto plazo de alta liquidez que son rápidamente realizables en caja y que no tienen riesgo de cambios en su valor.

e. Subvenciones, donaciones y legados.–Para la contabilización de las subvenciones, donaciones y legados recibidos, la Fundación sigue el criterio que se indica a continuación:

La Fundación ha recibido de la Administración del Estado dos tipos de subvenciones: unas subvenciones que constan en los Presupuestos Generales del Estado a nombre de la Fundación y atienden a las necesidades generales y otras que atienden a la realización de actividades. Procedentes de la Unión Europea ha recibido otras subvenciones para proyectos o actividades concretas y que atienden exclusivamente a dichas actividades o proyectos.

Todas las anteriores subvenciones concedidas a la Fundación, se ha considerado la parte no ejecutada al ser para actuaciones plurianuales, como subvenciones reintegrables y se registran como pasivos, dentro del epígrafe Deudas a largo o a corto plazo transformables en subvenciones.

Se reconocen en la cuenta de resultados como ingresos sobre una base sistemática y racional de forma correlacionada con los gastos; se imputan, dependiendo de su finalidad a resultados como ingresos propios de la entidad, si están afectos a la actividad propia, y como resultados de la actividad mercantil si están afectos a una actividad mercantil.

De acuerdo con la aclaración efectuada por la Orden EHA/733/2010, indicada en la nota 2.a) de la memoria, en relación con la norma de valoración y registro n.º 18 de subvenciones, donaciones y legados, las subvenciones concedidas para financiar gastos específicos de ejecución plurianual, se considerarán reintegrables cuando en la fecha de formulación de las cuentas anuales las condiciones del otorgamiento exijan la finalización del plan de actuación y la justificación de que se han realizado las actividades subvencionadas.

Las subvenciones, donaciones y legados se considera no reintegrables, si existe un acuerdo individualizado de concesión de la subvención, donación o legado a favor de la Fundación, se han cumplido las condiciones establecidas para su concesión y no existen dudas razonables sobre la recepción de la subvención, donación o legado.

En caso contrario se consideran reintegrables. En este caso, si se hubiera cobrado el importe de la subvención se reconoce un pasivo por dicho importe.

En el caso de las subvenciones de proyectos, se ha considerado que se cumplen las condiciones establecidas para su concesión cuando al cierre del ejercicio se haya iniciado la actividad o proyecto subvencionado, y no se espera alteraciones durante el periodo de realización.

En el caso de las subvenciones nominativas para atender necesidades generales, se ha considerado que se cumplen las condiciones establecidas para su concesión en el ejercicio para el cual han sido concedidas.

La valoración de las subvenciones se realiza para las de carácter monetario, por el valor razonable del importe concedido, y las de carácter no monetario o en especie se valoran por el valor razonable del bien recibido, referenciados ambos valores al momento de su reconocimiento.

El criterio de imputación a resultados de las subvenciones, donaciones y legados que tengan el carácter de no reintegrables se efectúa atendiendo a su finalidad. En este sentido, el criterio de imputación a resultados de las subvenciones, donaciones y legados de carácter monetario es el mismo que el aplicado a otra subvención, donación o legado recibido en especie, cuando se refieren a la adquisición del mismo tipo de activo o a la cancelación del mismo tipo de pasivo.

A efectos de imputación de la cuenta de pérdidas y ganancias, las subvenciones, donaciones y legados que se conceden para financiar gastos específicos, se imputan ingresos en el mismo ejercicio en el que se devengan los gastos que están financiando.

f. Provisiones y contingencias.–Las responsabilidades probables o ciertas de cualquier naturaleza, con origen en litigios en curso, reclamaciones, indemnizaciones y obligaciones pendientes de cuantía indeterminada se provisionan contra resultados del ejercicio que corresponda de acuerdo con una estimación razonable de su cuantía.

g. Deudas.–Las deudas se presentan por el importe pendiente de reembolso.

Las deudas se clasifican en corto y largo plazo en función de su vencimiento considerando corto plazo aquellos saldos con vencimiento anterior a 12 meses desde el cierre del ejercicio.

h. Impuesto sobre sociedades.–El Impuesto de sociedades del ejercicio se calcula en función del resultado económico antes de impuestos, aumentado o disminuido, según corresponda por las diferencias permanentes con el resultado fiscal, entendiendo este como la base imponible del citado impuesto.

De acuerdo con la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, las entidades consideradas sin fines lucrativos a los efectos de esta ley están exentas del pago del Impuesto sobre Sociedades. Esta exención no alcanza los rendimientos obtenidos en el ejercicio de una explotación económica no exenta.

i. Transacciones en moneda extranjera.–Las transacciones en moneda extranjera se convierten en moneda funcional, mediante la aplicación al importe en moneda extranjera, del tipo de cambio de contado, es decir, del tipo de cambio utilizado en las transacciones con entrega inmediata, entre ambas monedas, en la fecha de la transacción, entendida como aquella en la que se cumplan los requisitos para su reconocimiento.

Se utiliza un tipo de cambio medio del periodo (máximo mensual) para todas las transacciones que tienen lugar durante ese periodo, salvo si el tipo de cambio ha sufrido muchas oscilaciones.

Al cierre del ejercicio se valoran aplicando el tipo de cambio de cierre, entendiendo como el tipo de cambio medio de contado, existente en esa fecha.

j. Ingresos y gastos.–Los ingresos y gastos se imputan siguiendo el criterio del devengo, es decir, cuando se produce la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos.

No obstante, siguiendo el principio de prudencia, la Fundación únicamente contabiliza los beneficios realizados a la fecha de cierre del ejercicio, en tanto que todos los riesgos, con origen en el ejercicio o en otro anterior se tienen en cuenta tan pronto son conocidos.

k. Medio ambiente.–Los gastos derivados de las actuaciones empresariales encaminadas a la protección y mejora del medio ambiente se contabilizan como gasto del ejercicio en que se incurren.

Cuando dichos gastos supongan incorporaciones al inmovilizado material, cuyo fin sea la minimización del impacto medio ambiental y la protección y mejora del medio ambiente, se contabilizan como mayor valor del inmovilizado.

La Fundación no tiene responsabilidades, gastos, activos, ni provisiones y contingencias de naturaleza medioambiental que pudieran ser significativos en relación con el patrimonio, la situación financiera y los resultados.

l. Indemnizaciones por despido.–Excepto en los casos de causa justificada, las Fundaciones vienen obligadas a indemnizar a sus empleados cuando prescinden de sus servicios. Ante la ausencia de cualquier necesidad previsible de terminación anormal del empleo y dado que no reciben indemnizaciones aquellos empleados que se jubilan o cesan voluntariamente en sus servicios, los pagos por indemnizaciones, cuando surgen, se cargan a gastos en el momento en que se toma la decisión de efectuar el despido.

m. Transacciones entre partes vinculadas.–Las operaciones entre partes vinculadas, con independencia del grado de vinculación, se contabilizan de acuerdo con las normas generales. Los elementos objeto de las transacciones que se realicen se contabilizarán en el momento inicial por su valor razonable. La valoración posterior se realiza de acuerdo con lo previsto en las normas particulares para las cuentas que corresponda.

6. Inmovilizado Material

El movimiento durante el ejercicio 2009 en las diferentes cuentas del inmovilizado material fue el siguiente expresado en euros:

 

Saldo a 31/12/08

Entradas

Salidas

Saldo a 31/12/09

Coste

 

 

 

 

Inmovilizado material

528.934,68

736.970,51

-277.165,04

988.740,15

Construcciones

0,00

471.805,77

0

471.805,77

Equipos informáticos

251.769,64

17.230,61

0

269.000,25

Mobiliario

277.165,04

247.934,13

-277.165,04

247.934,13

Amortización

 

 

 

 

Inmovilizado material

-270.951,73

-109.479,13

109.289,94

-271.140,91

Construcciones

0,00

-55.044,01

0

-55.044,01

Equipos informáticos

-161.661,79

-40.737,19

0

-202.398,98

Mobiliario

-109.289,94

-13.697,93

109.289,94

-13.697,93

Inmovilizado material neto

257.982,95

627.491,38

-386.454,98

717.599,24

No existe inmovilizado material afecto a actividades mercantiles.

El coste de los elementos totalmente amortizados a 31 de diciembre de 2009 ascendía a 119.556,35 euros.

Incluido en el inmovilizado no existen activos reversibles.

El movimiento durante el ejercicio 2010 en las diferentes cuentas del inmovilizado material ha sido el siguiente expresado en euros:

 

Saldo a 31/12/09

Entradas

Salidas

Saldo a 31/12/10

Coste

 

 

 

 

Inmovilizado material

988.740,15

25.786,38

0,00

1.014.526,53

Construcciones

471.805,77

0

0

471.805,77

Equipos informáticos

269.000,25

18.631,30

0

287.631,55

Mobiliario

247.934,13

7.155,08

0

255.089,21

Amortización

 

 

 

 

Inmovilizado material

-271.140,93

-158.312,52

0,00

-429.453,44

Construcciones

-55.044,01

-94.361,15

0

-149.405,16

Equipos informáticos

-202.398,98

-39.007,87

0

-241.406,85

Mobiliario

-13.697,93

-24.943,50

0

-38.641,43

Inmovilizado material neto

717.599,22

-132.526,14

0,00

585.073,09

No existe inmovilizado material afecto a actividades mercantiles.

El coste de los elementos totalmente amortizados a 31 de diciembre de 2010 asciende a 148.702,19 euros.

Dentro del inmovilizado material se incluye la partida «Construcciones», que recoge el importe de la inversión realizada en el arrendamiento de las nuevas dependencias sitas en la c/ Beatriz de Bobadilla 18 (Madrid) dentro del Parque empresarial José María Churruca, la cual se amortiza en función de la duración del arrendamiento. Además la baja de mobiliario, es consecuencia del cambio a la nueva sede, en la cual ha habido que comprar mobiliario nuevo.

Incluido en el inmovilizado no existen activos reversibles.

7. Inmovilizado Intangible

El movimiento durante el ejercicio 2009 en las diferentes cuentas del inmovilizado intangible fue el siguiente expresado en euros:

 

Saldo a 31/12/08

Entradas

Salidas

Saldo a 31/12/09

Coste

 

 

 

 

Inmoviliz. Intangible

113.047,43

12.532,97

0,00

125.580,40

Aplicac. Informáticas

42.649,86

12.532,97

0

55.182,83

Propiedad Industrial e Intelec

1.163,76

0

0

1.163,76

Dº uso sobre Bienes cedidos

69.233,81

0

0

69.233,81

Amortización

 

 

 

 

Inmoviliz. Intangible

-87.807,38

-21.619,64

0,00

-109.427,02

Aplicac. Informáticas

-28.711,89

-10.317,56

0

-39.029,45

Propiedad Industrial e Intelec

-823,70

-340,06

0

-1.163,76

Dº uso sobre Bienes cedidos

-58.271,79

-10.962,02

0

-69.233,81

Inmovilizado Intangible

25.240,05

-9.086,67

0,00

16.153,38

No existe inmovilizado inmaterial afecto a actividades mercantiles.

El coste de los elementos totalmente amortizados a 31 de diciembre de 2009 ascendía a 86.662,96 euros.

Además dentro del inmovilizado intangible se incluyó la partida «Derechos de uso sobre bienes y inmuebles», que recogía el importe de la cesión de uso gratuita de un local cedido de forma gratuita por el INE, sito en Paseo de la Castellana 181, ya que la Fundación había solicitado una valoración económica del mismo.

 

Importe Valoración

Paseo de la Castellana 181

69.233,81

Amortizaciones Acumuladas

-69.233,81

Total

No se produjo ninguna circunstancia que supusiera una incidencia significativa en la valoración del inmovilizado, vidas útiles y métodos de amortización.

El movimiento durante el ejercicio 2010 en las diferentes cuentas del inmovilizado intangible ha sido el siguiente expresado en euros:

 

Saldo a 31/12/09

Entradas

Salidas

Reclasificación

Saldo a 31/12/10

Coste

 

 

 

 

 

Inmoviliz. Intangible

125.580,40

79.442,97

0,00

0,00

205.023,37

Otro inmovilizado Intangible

0,00

67.260,00

0,00

0,00

67.260,00

Aplicac. Informáticas

55.182,83

12.182,97

0

0

67.365,80

Propiedad Industrial e Intelec

1.163,76

0

0

0

1.163,76

Dº uso sobre Bienes cedidos

69.233,81

0

0

0

69.233,81

Amortización

 

 

 

 

 

Inmoviliz. Intangible

-109.427,02

-9.895,42

0,00

0,00

-119.322,44

Otro inmovilizado Intangible

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

Aplicac. Informáticas

-39.029,45

-9.895,39

0

-0,03

-48.924,87

Propiedad Industrial e Intelec

-1.163,76

0

0

0

-1.163,76

Dº uso sobre Bienes cedidos

-69.233,81

-0,03

0

0,03

-69.233,81

Inmovilizado Intangible

16.153,38

69.547,55

0,00

0,00

85.700,93

No existe inmovilizado inmaterial afecto a actividades mercantiles.

El coste de los elementos totalmente amortizados a 31 de diciembre de 2010 asciende a 101.169,42 euros.

Dentro del inmovilizado intangible se incluye la partida «Derechos de uso sobre bienes y inmuebles», que recoge el importe de la cesión de uso gratuita de un local cedido de forma gratuita por el INE, sito en Paseo de la Castellana 181, ya que la Fundación solicito una valoración económica del mismo.

Así mismo en el ejercicio 2010, se ha activado la partida «Otro inmovilizado Intangible» la cual refleja la inversión que la Fundación ha realizado a lo largo del ejercicio económico en el desarrollo de una Plataforma de gestión de proyectos y automatización de procesos de FIIAPP.

No se ha producido ninguna circunstancia que haya supuesto una incidencia significativa en la valoración del inmovilizado, vidas útiles y métodos de amortización.

8. Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar

La Fundación tiene registrado como arrendamiento operativo la sede en la cual ejerce su actividad principal. Dicho arrendamiento se realizó con un contrato de 3 años de duración, prorrogable 2 más, desde el 23 de diciembre de 2008.

El precio inicial del arrendamiento es de cuatrocientos noventa y ocho mil trescientos ochenta y cuatro euros con veinticuatro céntimos de euro (IVA excluido) (498.384,24 euros), pagaderos por meses adelantados de cuarenta y un mil quinientos treinta y dos euros con dos céntimos de euro (IVA excluido) (41.532,02 euros) durante el primer año de vigencia del contrato, que la Fundación se obligó a satisfacer a la sociedad arrendadora.

El primer recibo de renta pasado al cobro fue el 1 de abril de 2009, siendo la primera revisión de la renta efectuada con efectos 1 de diciembre de 2009 y las siguientes, con efectos a la misma fecha de los años sucesivos de duración del contrato y de sus posibles prórrogas, conforme a lo pactado en el contrato, y calculada en función de la variación porcentual resultante de un periodo de doce meses anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como meses de referencia para la primera y sucesivas actualizaciones el mes de Septiembre y el del mismo mes inmediatamente anterior, siendo exigible la renta desde la fecha en la que corresponda la actualización.

9. Instrumentos Financieros

9.1 Activos financieros a largo plazo.–El desglose por clasificación de los activos financieros a largo plazo en el ejercicio 2009 y 2010 es el siguiente:

 

Créditos Derivados Otros

Ej. 2010

Créditos Derivados Otros

Ej. 2009

Activos a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias, del cual:

 

 

Mantenidos para negociar.

 

 

Otros.

 

 

Inversiones mantenidas hasta el vencimiento.

 

 

Préstamos y partidas a cobrar

6.698.427,63

3.185.827,95

Activos disponibles para la venta, del cual:

 

 

Valorados a valor razonable.

 

 

Valorados a coste.

 

 

Derivados de cobertura.

 

 

Total

6.698.427,63

3.185.827,95

El detalle de estos activos financieros entre fianzas y partidas a cobrar a Largo Plazo es el siguiente:

 

Ejercicio 2010

Ejercicio 2009

Fianzas

99.460,04

706.259,44

Préstamos y partidas a cobrar a Largo Plazo

6.598.967,59

2.479.568,51

Total

6.698.427,63

3.185.827,95

Clasificación por vencimientos:

Para los activos financieros a largo plazo, el importe que vencen en los próximos años al cierre del ejercicio y hasta su vencimiento es que se expresa en el siguiente cuadro:

Créditos Derivados Otros

 

Vencimiento

Ej. 2011

Vencimiento

Ej. 2012

Vencimiento

Ej. 2013

Préstamos y partidas a cobrar 2009.

2.479.568,51

1.239.784,26

1.239.784,26

 

Préstamos y partidas a cobrar 2010.

6.598.967,59

 

2.324.415,56

4.274.552,03

El movimiento durante el ejercicio de las Inversiones Financieras a Largo Plazo fue el siguiente expresado en euros:

 

Saldo 31/12/2008

Altas

Bajas

Saldo 31/12/2009

Altas

Bajas

Saldo 31/12/2010

Fianzas a L.P.

716.563.44

800,00

-11.104,00

706.259,44

-609.799,40

99.460,04

Las fianzas a 31 de diciembre de 2009 estaban compuestas por:

1. La cantidad de 6.800 € del ejercicio 2006 en concepto de garante para el arrendamiento de una oficina para el desarrollo del proyecto Eurosocial en la calle Santa Engracia 4.

2. La cantidad de 599.999,40 € correspondiente a las cantidades retenidas por el BBVA y destinadas a la participación en un Fondo de inversión, consecuencia de la garantía financiera emitida por el BBVA a FIIAPP para el cobro de prefinanciación en el marco del proyecto «Formación Profesional de Magistrados y Auxiliares de Justicia» que se desarrollaba en Argelia.

3. La cantidad de 98.660,04 € entregada como garante para el arrendamiento de las dependencias sitas en la c/ Beatriz de Bobadilla18 (Madrid) dentro del Parque empresarial José María Churruca.

4. La cantidad de 800 €, en concepto de garantía de la oficina que FIIAPP abrió en Bulgaria.

Las fianzas a 31 de diciembre de 2010 estaban compuestas por:

1. Se ha devuelto la fianza de 6.800 € del arrendamiento de la oficina para el desarrollo del proyecto Eurosocial en la calle Santa Engracia 4.

2. Se ha devuelto la fianza de 599.999,40 € correspondiente a las cantidades retenidas por el BBVA y destinadas a la participación en un Fondo de inversión, consecuencia de la garantía financiera emitida por el BBVA a FIIAPP para el cobro de prefinanciación en el marco del proyecto «Formación Profesional de Magistrados y Auxiliares de Justicia» que se desarrollaba en Argelia.

9.2 Activos financieros a corto plazo.–El desglose por clasificación de los activos financieros en el ejercicio 2009 y 2010 a corto plazo es el siguiente:

 

Créditos Derivados Otros

Ej. 2010

Créditos Derivados Otros

Ej. 2009

Activos a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias, del cual:

 

 

Mantenidos para negociar.

 

 

Otros.

 

 

Inversiones mantenidas hasta el vencimiento

3.720.526,24

 

Préstamos y partidas a cobrar

21.726.639,16

15.962.176,19

Activos disponibles para la venta, del cual:

 

 

Valorados a valor razonable.

 

 

Valorados a coste.

 

 

Derivados de cobertura.

 

 

Total

25.447.165,40

15.962.176,19

Se ha considerado que las cuentas a cobrar correspondientes a las subvenciones concedidas no reintegrables cumplen las condiciones para considerarse un activo financiero.

El detalle del movimiento de las inversiones financieras a corto plazo ha sido el siguiente: (en euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Las inversiones financieras a corto plazo a 31 de diciembre de 2009 estaban compuestas por:

1. Inversiones realizadas por la Fundación en Valores de Renta Fija, en el BBVA. El tipo de interés fue del 0,9796%.

2. Imposición a plazo fijo que poseía la Fundación a 31 de diciembre de 2009 correspondientes a la Dotación Fundacional por un importe de 189.638,87 euros, además de los intereses generados.

3. Fianzas constituidas a corto plazo, como consecuencia de las que se tienen que constituir para poder licitar en diversas licitaciones a las que se presenta la Fundación.

Las inversiones financieras a corto plazo a 31 de diciembre de 2010 estaban compuestas por:

1. Los pagares de renta fija corresponden a depósitos de ahorro a plazo fijo.

2. Imposición a plazo fijo que poseía la Fundación a 31 de diciembre de 2009 correspondientes a la Dotación Fundacional por un importe de 189.638,87 euros, además de los intereses generados.

3. Fianzas constituidas a corto plazo, como consecuencia de las que se tienen que constituir para poder licitar en diversas licitaciones a las que se presenta la Fundación.

La actuación de la Fundación en relación a sus inversiones financieras temporales está sometida al «Código de Inversiones» aprobado por Patronato en su reunión de 6 de marzo de 2006. Dicho documento fue elaborado conforme al código de conducta de las entidades sin ánimo de lucro para la realización de inversiones financieras temporales (aprobado por acuerdo de la CNMV de 20 de noviembre de 2003).

Las inversiones financieras temporales de la Fundación responden a criterios de seguridad, en activos garantizados (Repos de Deuda) y vencimiento a corto plazo (máximo 6 meses), sin tener en ningún caso carácter especulativo.

9.3 Informe del cumplimiento del Código de Conducta de la FIIAPP para la realización de inversiones temporales en el ámbito del mercado de valores.–Según dicho Código de Conducta, aprobado por el Patronato de FIIAPP en sesión de 6 de marzo de 2006, las inversiones se realizarán en compra de Letras del Tesoro, Repos de Deuda, Fondos de inversión que inviertan en valores del Tesoro o bien mediante la contratación de pagarés u otros productos de tesorería.

• Los valores públicos se comprarán directamente o a través de entidades financieras.

• Los pagarés o cualquier otro producto para la rentabilización de puntas de tesorería se contratarán con entidades financieras.

9.3.1 Licitaciones realizadas.–En el ejercicio 2009 y en el 2010, no se han realizado ninguna licitación al no justificarlo la situación de los tipos de interés.

9.3.2 Duración de las inversiones.–Según el Código de inversiones de FIIAPP «el principio que debe regir estas inversiones es que el plazo sea el menor posible para evitar posibles pérdidas por motivo de variaciones en los tipos de interés, sin que pueda exceder de los seis meses.

En caso de que se precise un plazo superior, se solicitará la aprobación al Patronato para su contratación».

Las inversiones de FIIAPP han cumplido los principios inspiradores de dicho Código, tal y como puede deducirse de los datos.

9.4 Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar.–El detalle se explica en la nota 10.

9.5 Pasivos financieros a corto plazo.–El desglose por clasificación de los pasivos financieros en el ejercicio 2010 y 2009 a corto plazo es el siguiente:

 

Derivados y Otros

Ej. 2010

Derivados y Otros

Ej. 2009

Débitos y partidas a pagar

2.542.562,21

2.152.548,25

Pasivos a valor razonable con cambios en perdidas y ganancias, del cual:

 

 

Mantenidos para negociar.

 

 

Otros.

 

 

Derivados de cobertura.

 

 

Total

2.542.562,21

2.152.548,25

10. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar

En el ejercicio 2009 en la partida del balance de «Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar» se recogía lo siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El detalle del resto de las partidas era el siguiente desglose:

 

2009

CLIENTES

470.080,06

ANTICIPOS DE REMUNERACIONES

15.432,08

ENTREGAS PARA GASTOS A JUSTIFICAR

2.775,07

HACIENDA PUBLICA, IVA SOPORTADO

-22.551,08

H.P. DEUDOR POR IVA A DEVOLVER

85.830,70

CE-TW DEUDOR POR IVA SUBVENCIONABLE

CE-LIC DEUDOR POR IVA SUBVENCIONABLE

TOTAL

551.566,83

En el ejercicio 2010 en la partida del balance de «Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar» se recoge lo siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El detalle del resto de las partidas es el siguiente desglose:

 

2009

CLIENTES

569.730,25

DEUDORES

61.927,59

ANTICIPOS DE REMUNERACIONES

54.889,56

ENTREGAS PARA GASTOS A JUSTIFICAR

23.291,87

HACIENDA PUBLICA, IVA SOPORTADO

-4.732,75

H.P. DEUDOR POR IVA A DEVOLVER

210.574,80

H.P. DEUDOR POR IVA INCORPORAR EN P.ADQ

56.662,48

TOTAL

972.343,80

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

11. Fondos propios

El movimiento de las cuentas del Patrimonio Neto es el siguiente: (en euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El detalle del movimiento de las cuentas de fondos propios fue el siguiente: (en euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El aumento de las reservas se debe al excedente del ejercicio anterior, que se ha incorporado como mayor reserva.

La evolución de los fondos propios de forma gráfica desde el ejercicio 2005 es la siguiente:

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

12. Subvenciones, donaciones y legados

El detalle del movimiento de los ingresos de la entidad por la actividad propia y por las ventas y otros ingresos ordinarios de la actividad mercantil en el ejercicio 2009 y 2010, ha sido el siguiente: (en euros)

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Durante el ejercicio 2009 y 2010, la Fundación obtuvo las siguientes subvenciones nominativas:

1. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (MAEC), a través de la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas de Desarrollo (DGPOLDE) y de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).

2. Ministerio de Economía y Hacienda (MEH) a través del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Los importes de las subvenciones nominativas fueron los siguientes (importes en euros):

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Explicación de las subvenciones nominativas en el ejercicio 2009

La subvención nominativa de AECID a FIIAPP estaba regulada mediante el convenio de fecha 29 de abril de 2008. Por dicho convenio, se establecía que dicha subvención se destinaría a los siguientes fines:

a. La financiación de los programas que la AECID encomendase a la FIIAPP.

b. La financiación de gastos de estructura de FIIAPP, en el porcentaje fijado en el Convenio.

La partida correspondiente al programa de actividades ascendió a 6.341.752 euros, siendo la cantidad restante de la subvención 3.813.798 euros destinado a la financiación de los gastos de estructura de FIIAPP. En referencia a la financiación de los gastos de estructura, AECID financiaba como máximo el 80% de los gastos de estructura de FIIAPP (entendidos como la suma de gastos de personal y gastos corrientes), con la excepción del alquiler, que es financiado al 100%, y con una financiación límite de 3.813.798 euros.

Posteriormente, con fecha de registro de entrada en AECID el 21 de diciembre de 2008, se solicito ante la Secretaría General, la prorroga en la gestión de la subvención hasta el 31 de diciembre de 2010, con objeto de poder completar los objetivos de cooperación previstos en la subvención, lo cual fue aprobado por AECID el 30 de diciembre de 2009.

En referencia a la subvención nominativa de DGPOLDE, por una cuantía de 1.572.500 euros y regulada por convenio de fecha 4 de mayo de 2009, tuvo las siguientes finalidades:

a. Financiación de gastos de personal y corrientes de FIIAPP para la realización de las actividades listadas en el Anexo I del convenio. Dichos gastos ascendieron a 1.424.305,48 euros.

b. Financiación del programa de actividades DGPOLDE-FIIAPP, por valor de 148.194,52 euros.

La subvención nominativa del INE, regulada por convenio de fecha 10 de marzo de 2009, tenía dos finalidades:

a. Gastos de personal, por valor de 141.098,16 euros.

b. Realización de las actividades previstas en el convenio, por valor de 645.231,84 euros.

Este convenio fue prorrogado hasta el 31 de marzo de 2010 mediante carta de fecha 21 de diciembre de 2009.

La AECID, al margen de la Subvención Nominativa, y por convenio de fecha 14 de mayo de 2009, designo a FIIAPP como entidad colaboradora para la gestión del Programa de Formación Técnica Especializada (PIFTE), por una cuantía de 2.287.207 euros.

Explicación de las subvenciones nominativas en el ejercicio 2010

La subvención nominativa de AECID a FIIAPP está regulada mediante Resolución de la directora de AECID, de fecha 12 de mayo de 2010.

La partida correspondiente al programa de actividades ascendió a 10.467.938 euros, siendo la cantidad restante de la subvención 4.003.822 euros destinado a la financiación de los gastos de estructura de FIIAPP. En referencia a la financiación de los gastos de estructura, AECID financiaba como máximo el 80% de los gastos de estructura de FIIAPP (entendidos como la suma de gastos de personal y gastos corrientes), con la excepción del alquiler, que es financiado al 100%, y con una financiación límite de 4.003.822 euros.

En referencia a la subvención nominativa de DGPOLDE, por una cuantía de 572.500 euros y regulada por convenio de fecha 18 de mayo de 2010, ha tenido las siguientes finalidades:

1. Financiación de gastos de personal para la realización de actividades por importe de 556.500 euros.

2. Financiación de gastos corrientes (viajes, formación…) por importe de 16.000 euros.

La subvención nominativa del INE, regulada por convenio de fecha 08 de febrero de 2010, tenía dos finalidades:

c. Gastos de personal, por valor de 141.521,45 euros.

d. Realización de las actividades previstas en el convenio, por valor de 660.538,55 euros.

Este convenio fue prorrogado hasta el 31 de marzo de 2011 mediante carta de fecha 11 de noviembre de 2010.

Detalle de las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables, en función del año de concesión de cada uno de ellos y del tipo de proyecto o Institución otorgante:

El detalle a 31 de diciembre de 2009 fue el siguiente: (en euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El detalle a 31 de diciembre de 2010 fue el siguiente: (en euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Detalle de los ingresos de la entidad por la Actividad Propia y de las Ventas y otros ingresos ordinarios de la actividad mercantil, en función del año de concesión de cada uno de ellos y del tipo de proyecto o Institución otorgante:

El detalle a 31 de diciembre de 2009 fue el siguiente: (en euros)

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El detalle a 31 de diciembre de 2010 fue el siguiente: (en euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Ingresos de proyectos de hermanamientos o Twinning

Las subvenciones concedidas para proyectos de hermanamientos o Twinning, fueron creadas en el ejercicio 1997 por la Comisión Europea con el objeto de asistir en la incorporación del acervo comunitario (el cuerpo normativo y los procedimientos comunitarios) y la consiguiente reforma de sus instituciones a las administraciones de los países candidatos de la Europa Central y Oriental que se iban adherir a la Unión Europea.

El programa se basa en el apoyo de las administraciones de uno o varios Estados Miembros a la administración del país beneficiario para modernizar sus estructuras administrativas y formar a los recursos humanos.

Ingresos ordinarios de la actividad mercantil

Corresponden a diversos ingresos de proyectos de asistencia técnica pública en la modalidad de cooperación técnica, en la que se promueven y potencian las capacidades individuales e institucionales para fortalecer el Estado, modernizar la Administración Pública y mejorar la calidad de la Democracia.

La FIIAPP actúa como órgano de coordinación de las diferentes administraciones públicas. Agiliza y facilita su participación en proyectos y programas de asistencia técnica con el objetivo de mejorar la capacidad institucional de las administraciones públicas y acompañar procesos de políticas públicas en los países destinatarios de la Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD).

13. Provisiones y contingencias

El detalle del movimiento de las provisiones y contingencias, ha sido el siguiente: (en euros)

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Explicación de los movimientos en el ejercicio 2009

En el ejercicio 2009 se dio de baja la fianza que se había dotado en el ejercicio 2007, por importe de 124.123,88 euros. La misma se debía a la demanda interpuesta por PONTEGADEA SERRANO 49 S.L. en el Juzgado de Primera Instancia nº 40 de Madrid en referencia a los presuntos daños a dicha entidad al romperse las negociaciones para la firma del contrato de alquiler de un inmueble propiedad de PONTEGADEA sito en C/ Montalbán 7 de Madrid.

La cantidad de 124.123,88 euros correspondía al 100% del petitum de la parte actora, según una cuantificación de daños y perjuicios que relacionan en la demanda. De este importe se tuvo que depositar como fianza para pagar provisionalmente 139.143,51 €.

Adicionalmente se dio de alta la cantidad de: 16.114,69 euros, debido a que el 17 de septiembre de 2009 la Sala 71 del Tribunal de Primera Instancia de Bruselas dictó sentencia acerca de la demanda interpuesta por FIIAPP y CIVIPOL (sociedad francesa encargada de la gestión de los proyectos de cooperación internacional del Ministerio de Interior francés) contra la Comisión Europea por la rescisión anticipada del contrato de servicios EUROPAID/2005/108-355, cuyo objeto era la asistencia técnica a la Unidad de Gestión de Proyectos del proyecto de gestión de control de fronteras en Marruecos.

En dicha sentencia, que fue recurrida, la Sala 71 del Tribunal de Primera Instancia de Bruselas considero que había causa de fuerza mayor para la disolución, condenando a los demandantes al pago de las costas (15.000 euros de costas según lo establecido por la sentencia más 1.114,69 euros por la traducción al español y envío a FIIAPP de la sentencia).

Por otro lado también se dio de alta la cantidad de: 34.337,19 euros, debido a que FIIAPP tenía destacadas tres empleadas para la gestión de la asistencia técnica TAIEX IV, cuyo objeto era la provisión de servicios logísticos y gestión financiera para la implantación del programa TAIEX de la Comisión Europea.

Hasta el 2008 (incluido), la remuneración de dichas empleadas estaba exenta de imposición en aplicación del artículo 7p de la normativa española del IRPF. No obstante, y dada la duración del proyecto, FIIAPP planteó una consulta a las firmas Garrigues (España) y PriceWaterhouseCoopers (Bélgica) acerca de qué normativa fiscal sería la aplicable a dichas empleadas en 2009. De estos informes se deduce que les sería aplicable la normativa belga, desapareciendo la exención fiscal, resultando un riesgo fiscal máximo de 34.337,19 euros.

Explicación de los movimientos en el ejercicio 2010

En el ejercicio 2010 la demanda interpuesta por PONTEGADEA SERRANO 49 S.L. por la cual se había depositado una fianza por importe de 139.143,51 €, se ha resuelto finalmente a favor de FIIAPP por sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid.

Adicionalmente se han dado de baja la cantidad de 26.254,94 euros, correspondientes a la provisión de 34.337,19 euros que doto en el ejercicio 2009 como consecuencia de tres empleadas que tenía destacadas para la gestión del proyecto de asistencia técnica TAIEX IV.

Por otro lado se han dotado 113.000 euros, para continuar con la II Fase de la reforma tecnológica ya iniciada en el ejercicio 2010, y 33.000 euros como provisión de gastos ocasionados por la adquisición de material informático derivado de la citada reforma tecnológica.

14. Situación fiscal

Dado que la Fundación se encuadra dentro de la calificación de «entidades sin fines lucrativos» a los efectos del Artículo 2 de la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, y que cumple con los requisitos previstos en el Artículo 3 de esta Ley, la Fundación tiene derecho a disfrutar del régimen fiscal especial contemplado en la misma, que consiste, básicamente, en la exención del Impuesto sobre Sociedades para determinados rendimientos, así como la exención en otra serie de impuestos locales.

La Base Imponible del Impuesto sobre Sociedades se determina mediante la realización de los oportunos ajustes al resultado contable, de manera que no se computan ninguna de las siguientes partidas:

1. Los ingresos exentos.

2. Los gastos expresamente contemplados como no deducibles o no computables en la normativa general del Impuesto.

3. Los gastos directa o indirectamente imputables a actividades exentas.

Así, se obtiene que no exista gasto por este impuesto en el ejercicio, dado que la totalidad de las rentas obtenidas están exentas según los artículos 6 y 7 de la Ley 49/02. Más concretamente las actividades mercantiles que realiza la Fundación están exentas debido a que son desarrolladas en cumplimiento de su objeto al ser actividades de cooperación para el desarrollo y formativas que se encuadran en los apartados 1.m, 7 y 8 del artículo 7 de la citada Ley. Así los ingresos y gastos relativos a las rentas obtenidas son:

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15. Ingresos y gastos

El total de los ingresos de la entidad por la actividad propia, y de las ventas y otros ingresos ordinarios de la actividad mercantil, se distribuye en función del tipo de proyecto de la siguiente forma: (importes en euros)

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Los ingresos por prestaciones de servicios proceden de tres vías:

a. Comisión Europea, bien sea por adjudicaciones directas de contratos a través de la red EUNIDA (ver nota 21) o bien por resultar FIIAPP adjudicataria de licitaciones de contratos de servicios.

b. AGE, por encomiendas de gestión y licitaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.

c. Administración de Bulgaria, por resultar FIIAPP adjudicataria de licitaciones de contratos de servicios para la gestión de actividades financiadas por los Fondos Estructurales de la Unión Europea.

En el ejercicio 2009, los ingresos correspondientes a la Cuotas de Usuarios, que aparecen reflejados en el apartado A.0.1.a) de la Cuenta de Resultados, vienen derivados de las siguientes actividades realizadas por la Fundación:

– «Máster de Gestión Política Pública en República Dominicana»: Ayuda concedida por la Oficina Nacional de Administración de la República Dominicana para cubrir las becas de los alumnos participantes en el MEGAPP. El total de ingresos de esta actividad ha sido 11.034,44 euros.

– «Máster de Estudios Políticos Aplicados. XI Edición»: Matrículas y reservas de los alumnos inscritos en el año 2008 en la XI Edición del MEPA. El total de ingresos de esta actividad ha sido -1.480,69 euros.

En el ejercicio 2010, no se han producido Cuotas de Usuarios.

La Fundación no posee ningún porcentaje de participación en sociedades mercantiles.

En el ejercicio 2009, se han producido diferencias de cambio positivas por importe de 8.036,82 euros debidas a transacciones en moneda extranjera por servicios recibidos, mientras que en el 2010 se han producido 159,75 euros.

No se han producido gastos de administración del patrimonio de la Fundación, ni ayudas monetarias ni aprovisionamientos en el ejercicio.

El número medio de trabajadores del ejercicio 2009 ha sido de 149 trabajadores, mientras que en el 2010 ha sido de 129 trabajadores.

Este número se desglosa de la siguiente forma según categorías:

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Gráficamente la distribución es la siguiente:

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El número de trabajadores a 31 de diciembre del ejercicio 2009 fue de 150 trabajadores, mientras que en el ejercicio 2010 ha sido de 134. Este número se desglosa de la siguiente forma según categorías:

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Dentro del epígrafe 7- Otros gastos de explotación de las cuentas anuales, el desglose es el siguiente: (en euros)

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Cuenta: «Arrendamientos y Cánones»- Recoge el gasto del alquiler de las oficinas que utiliza FIIAPP, estando las mismas sitas en la c/ Beatriz de Bobadilla 18 (Madrid) dentro del Parque empresarial José María Churruca.

Cuenta «Reparaciones y conservación»: Recoge gastos menores de reparaciones de las oficinas realizados durante el ejercicio.

Cuenta «Servicios de profesionales independientes»: Recoge el importe de los servicios de profesionales hacia la Fundación, tanto nuestros de socios en los proyectos (la partida más importante, ante la exigencia de la Comisión de que los proyectos se presenten en consorcio y no individualmente) como personal que trabaja directamente en los proyectos (expertos a corto o a largo plazo) pagándoles: viajes, colegios, seguros, alojamientos en hoteles…. Por último, hay que considerar a los profesionales que trabajan de forma indirecta para los proyectos (auditores de los proyectos).

Cuenta «Primas de seguros»: Recoge el importe de los distintos seguros realizados para realizar cursos durante el ejercicio.

Cuenta «Publicidad, Propagada y Relaciones Públicas»: Recoge el importe satisfecho durante el ejercicio, en concepto de publicidad, entendida como gastos en publicaciones (folletos, libros, etc.) editadas con motivo de la actividad de FIIAPP.

Cuenta «Suministros»: Recoge el importe satisfecho durante el ejercicio, en concepto de electricidad y cualquier otro abastecimiento que no tuviere cualidad de almacenable.

Cuenta «Otros Servicios»: Recoge servicios no contemplados en las otras partidas de servicios exteriores, como: dietas del personal de la Fundación, alquileres de vivienda de trabajadores, dietas de no residentes, dietas de visitas de estudios en los proyectos de cooperación, rappel por servicios….

Dentro de estos apartados, las dietas de no residentes y de visitas de estudios son las más importantes, en la línea con el objeto de la Fundación y con el incremento de la actividad de ésta.

Dentro del epígrafe 6- Gatos de personal de las cuentas anuales, el desglose es el siguiente: (en euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El gasto de personal se divide de la siguiente forma:

– Personal de estructura: 2.348.082,02 euros, del que 2.179.190,96 euros corresponde a sueldos y seguridad social de la empresa con un descenso del 29,37% sobre el ejercicio anterior, y 168.891,06 a otras cargas sociales. Este descenso se debe al efecto de las bajas por las rotaciones que se han producido en el ejercicio, y de la aplicación del decreto del Real Decreto-Ley 8/2010, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

– Personal de proyectos: 4.855.842,63 euros, con un crecimiento del 1,20% sobre el ejercicio anterior. Este incremento se debe al incremento del personal contratado para poder realizar las actividades del ejercicio 2010.

FIIAPP solicitó el 15 de junio de 2010 informe sobre el alcance de la aplicación del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo.

La Abogacía del Estado evacuó informe de fecha 3 de diciembre de 2010, según el cual el citado Decreto Ley entra en vigor con efectos 1 de junio de 2010, y a efectos salariales, significa que hay que reducir el salario el 5% tanto al personal que se financia con cargo a Presupuestos Generales del Estado como de Comisión Europea u otros financiadores, dado que el Real Decreto no establece ningún criterio distintivo.

En base a este informe se ha procedido a reducir el salario del personal de FIIAPP un 5 y un 8%, según los criterios establecidos en la nota interna de fecha 14 de diciembre de 2010.

16. Compromisos y garantías

La Fundación posee una línea de avales cuyo límite es de: 3.000.000,00 euros, habiendo sido utilizada por valor de: 1.292.666,20 euros, a 31 de diciembre de 2010.

Además ha solicitado fuera de esa línea de avales 1.000 euros para poder hacer uso de una tarjeta bancaria.

17. Información sobre medio ambiente

Dada la actividad a la que se dedica la Fundación, la misma no tiene responsabilidades, gastos, activos, ni provisiones y contingencias de naturaleza medioambiental que pudieran ser significativos en relación con el patrimonio, la situación financiera y los resultados de la misma. Por este motivo, no se incluyen desgloses específicos en la presente Memoria respecto a información sobre cuestiones medioambientales.

18. Hechos posteriores al cierre

En los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2011 dentro de la partida «Administración General del Estado» se recogen varias subvenciones nominativas para la Fundación por importe total de:13.549 (miles de euros).

19. Aplicación de los elementos patrimoniales a fines propios

Las aportaciones a la dotación fundacional recibidas por la Fundación han sido las realizadas en el momento de su constitución y la ampliación realizada por la fusión:

 

Aportaciones (en euros)

Dotación de la AECID (1998).

Dotación del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (1998).

Ampliación por fusión (2000).

– AECID.

– INAP.

– Ampliación por excedente positivo 1998.

24.040,48

6.010,12

90.151,81

60.101,21

9.335,25

 

189.638,87

El destino de rentas e ingresos a que se refiere el artículo 3.2 de la Ley 49/2002, es el siguiente, expresado en euros:

– Determinación base de cálculo:

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– Ajustes positivos:

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20. Operaciones con partes vinculadas

Los miembros del Patronato no han percibido ningún tipo de remuneración o dieta durante el ejercicio, así mismo, tampoco se han asumido seguros de vida o pensiones, créditos o anticipos con ningún miembro del Patronato y no se tienen asumidas obligaciones de ningún tipo por cuenta de los miembros del Patronato ni de la plantilla de alta dirección. En cuanto a la remuneración del personal Directivo, los costes laborales brutos a 31 diciembre de 2010 habían ascendido en su conjunto a 445.488,68 euros, así mismo, tampoco se han asumido seguros de vida o pensiones, créditos o anticipos con ningún miembro del personal Directivo.

21. Otra información relevante

La Fundación está sometida al Protectorado de Fundaciones docentes del Ministerio de Educación.

La Fundación recoge en el artículo 44 de sus estatutos el destino del patrimonio en caso de disolución. Así este artículo establece en su apartado 2 que «Al amparo de lo establecido en el artículo 33.3 de la Ley, los bienes y derechos resultantes de la liquidación serán destinados a las Instituciones públicas fundadoras o entes análogos que se subroguen en sus funciones».

La composición del Patronato según lo establecido en el artículo 17 de los Estatutos de FIIAPP, modificados en sesión de Patronato de 29 de septiembre de 2009, es la siguiente es la siguiente:

a) Presidenta: La Vicepresidenta Primera del Gobierno

b) Vocales:

– El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

– El Ministro de Justicia.

– La Ministra de la Presidencia.

– La Ministra de Igualdad.

– La Secretaria de Estado de Cooperación Internacional.

– El Secretario de Estado de Justicia.

– El Secretario de Estado para la Unión Europea.

– El Secretario de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios.

– La Secretaria de Estado para la Función Pública.

– El Director Adjunto del Gabinete de la Presidencia de Gobierno.

– La Subsecretaria de Justicia.

– La Subsecretaria de Economía y Hacienda.

– La Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

– La Directora de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental.

– La Directora de Cooperación con América Latina y el Caribe.

– La Directora del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

– La Directora del Instituto Nacional de Administración Pública

c) Secretario: Este cargo recaerá en el Director de la Fundación, que actuará con voz pero sin voto.

Durante el ejercicio 2010 se han producido cambios en las personas que ostentan los altos cargos que componen el Patronato de la FIIAPP y, por tanto, en la composición del Patronato.

Durante el año 2010 se han producido los siguientes cambios:

a) Vicepresidencia Primera del Gobierno y Presidente del Patronato.

Cese: Dña. María Teresa Fernández de la Vega Sanz, por Real Decreto 1314/2010, de 20 de octubre.

b) Ministra de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Cese: D. Miguel Ángel Moratinos Cuyaubé, por Real Decreto 1315/2010, de 20 de octubre.

c) Ministro de la Presidencia.

Cese: Dña. María Teresa Fernández de la Vega Sanz, por Real Decreto 1318/2010, de 20 de octubre.

d) Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).

Cese: Elena Madrazo Hegewisch, por Orden AEC/2966/2010, de 12 de noviembre. BOE de 20 de noviembre.

e) Directora del Instituto Nacional de Administración Pública.

Cese: Dña. Pilar Arranz Notario, por Real Decreto 579/2010, de 7 de mayo.

La composición de la Comisión Permanente según lo establecido en el artículo 19 de los Estatutos, es la siguiente:

Presidente: La Secretaria de Estado de Cooperación Internacional.

Vicepresidentes:

El Secretario de Estado de Justicia.

El Secretario de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios.

Vocales:

La Secretaria de Estado para la Función Pública.

La Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

La Directora de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental.

La Directora de Cooperación con América Latina y el Caribe.

La Directora del Instituto Nacional de Administración Pública.

Secretario: El Secretario del Pleno del Patronato, que actuará con voz pero sin voto.

La Fundación desde el ejercicio 2006 pertenece a un Grupo Europeo de Interés Económico: European Network of Implementing Development Agencies (EUNIDA). Dicho grupo lo forman en la misma proporción los siguientes miembros:

1. Agence luxembourgeoise pour la Coopération au Développement (Lux-Development).

2. Agentur für Europäische Integration und wirtschaftliche Entwicklung – Agency for European integration and economic development (AEI)

3. Belgisch Technische Cooperatie- Coopération Technique Belge (BTC/CTB).

4. Crown Agents for Oversea Governments and Administrations Limited (Crown Agents)

5. Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit GmbH (GTZ)

6. European Public Law Center (EPLC)

7. France Coopération Internationale (FCI).

8. Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas (FIIAPP).

9. Stichting Nederlandse Vrijwilligers (SNV), commonly known as SNV Nederlandse ontwikkelingsorganisatie – SNV Netherlands Development Organisation

Dicho grupo se constituye sin capital inicial. Las cuentas del ejercicio 2006 que se aprobaron el 29 de junio de 2007 en la Asamblea General, con unos ingresos ordinarios de 64.750 euros, de gastos de 29.312,74 euros y de unos intereses de 53,20 euros generando un beneficio de 35.490,46 €. En dicha Asamblea se decidió no repartir ningún importe entre los miembros del mencionado grupo. En el ejercicio 2007 el resultado ha sido de 14.108,90 euros. En la Asamblea General del 29 de junio de 2008, no se repartió ningún dividendo entre los miembros, y el informe de auditoría de fecha 12 de junio de 2008, fue con opinión favorable.

Las cuentas anuales del ejercicio 2008 presentan unas pérdidas de 33.039,11 euros, siendo estas compensadas con los beneficios de ejercicios anteriores, ya que los mismos no se repartieron entre los distintos miembros de EUNIDA. Para la Asamblea General que se realizará el 26 de marzo de 2008, se espera aprobar la anterior compensación entre cuentas. Las cuentas anuales del ejercicio 2008, están pendientes de informe de auditoría.

Las cuentas anuales del ejercicio 2009 presentan unos beneficios de 66.799,60 euros, para la Asamblea General que se realizará el 31 de mayo de 2010, se espera aprobar los anteriores resultados. Las cuentas anuales del ejercicio 2009, están pendientes de informe de auditoría.

Las cuentas anuales del ejercicio 2010 presentan unas pérdidas de 37.696 euros, para la Asamblea General que se realizará el 31 de mayo de 2011, se espera aprobar los anteriores resultados. Las cuentas anuales del ejercicio 2010, están pendientes de informe de auditoría.

La Fundación por pertenecer al sector público estatal está sometida a auditoria por parte de la Intervención General del Estado y sus cuentas se rinden ante el Tribunal de Cuentas. Además los auditores no han percibido ninguna remuneración por la realización de la auditoría.

Dada la actividad de la Fundación, la misma no tiene responsabilidades, gastos, activos, ni provisiones o contingencias de naturaleza medioambiental que pudieran ser significativos en relación con el patrimonio, la situación financiera o los resultados de la misma. Por este motivo no se incluyen desgloses específicos en la presente memoria de cuentas anuales respecto a información de cuestiones medioambientales.

22. Información relativa a aplazamientos de pago con proveedores

En relación con la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, se informa que a 31 de diciembre de 2010 no hay saldos pendientes de pago a proveedores y acreedores que excedan del plazo legal de pago (55 días).

23. Liquidación de presupuesto

La Fundación, al ser una fundación del sector público estatal según lo que establece la Ley 50/02, de 26 de diciembre, en materia de presupuestos se rige por las disposiciones que le son aplicables de la Ley General Presupuestaria, dado que sus presupuestos forman parte de los Presupuestos Generales del Estado.

La información sobre la liquidación del presupuesto del ejercicio 2010 se adjunta en el contenido del Informe del artículo 129.3 de la Ley General Presupuestaria que se acompaña a las Cuentas Anuales del ejercicio conforme a lo establecido por la Orden EHA/1006/2005, de 6 de abril de desarrollo del mencionado precepto.

Con el objeto de completar, ampliar y comentar la información contenida en los documentos que integran las cuentas anuales, en cumplimiento de las obligaciones establecidas en el RD 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, se formula la presenta memoria en modelo normal.

Madrid, 7 de junio de 2011.–El Gerente, Francisco Javier Baigorri Navarro.

ANEXO I
INFORME ARTÍCULO 129.3 LEY GENERAL PRESUPUESTARIA EJERCICIO 2010

Informe del artículo 129.3 de la Ley General Presupuestaria

1. Información de carácter presupuestario

a. Información relativa al Programas de Actuación Plurianual.

En virtud de lo establecido en el apartado segundo del artículo 66 de la ley 47/2003 de 26 de noviembre General Presupuestaria, Las Fundaciones del Sector Público Estatal no están obligadas a presentar el Programa de Actuación Plurianual.

b. Información sobre la liquidación de los presupuestos de explotación y capital.

La liquidación del presupuesto de ingresos y gastos según lo establecido por la Orden EHA/614/2009 es la siguiente:

Apartado 1. Presupuesto aprobado.

Apartado 2. Ejecución del Presupuesto.

c. Información regionalizada del importe de los pagos por actuaciones de inversión real (inmovilizado intangible, inmovilizado material e inversiones inmobiliarias).

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

2. Información relativa a la ejecución de los contratos-programa previstos en el artículo 68 de la Ley General Presupuestaria y su grado de cumplimiento.

Este punto no es de aplicación para la Fundación.

3. Información relativa al cumplimiento de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y otra normativa en materia de procedimientos de contratación.

Los contratos de suministros, servicios y de consultoría y asistencia que realice la FIIAPP, deberán desarrollarse conforme a lo dispuesto en un manual interno que establece diferentes procedimientos en función del importe de la contratación y los órganos designados para proceder a la misma.

ANEXO III

DENOMINACIÓN ENTIDAD: Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas (FIIAPP).

CÓDIGO

ENTIDAD:

Poder adjudicador

SI

X

NO

 

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NOTA ACLARATORIA AL ANEXO III SOBRE LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS EN APLICACIÓN DE LA LCSP

El objeto de las presentes instrucciones es regularizar y clarificar el régimen jurídico aplicable a la contratación celebrada por la FIIAPP cumpliendo con la LCSP en su artículo 175.

La Fundación realiza diferentes tipos de contratación, siempre de carácter privada, por ello existen sendos manuales uno sobre contratos de Obra, Suministro y Servicios, y otro para Contratos de Expertos a corto, medio y largo plazo.

I. Contratos de Obra, Suministros y Servicios.

Clasificación de contratos.

En este ámbito diferenciamos las siguientes categorías:

A. Contratos sujetos a regulación armonizada.

Son aquellos que se encuentras sometidos a la normativa comunitaria y, por tanto tienen un procedimiento de adjudicación específico.

– Serán considerados de este tipo los contratos que FIIAPP celebre siempre que estén en estas categorías:

1. Suministros de valor igual o mayor a 193.000 euros(IVA excluido).

2. Servicios de valor igual o mayor a 193.000 euros(IVA excluido).

3. Obra de valor igual o mayor a 4.845.000 euros(IVA excluido).

– La preparación de estos contratos se observarán las reglas contempladas de los artículos 101 a 104 de LCSP.

B. Contratos de servicios comprendidos en las categorías del Anexo II de La LCSP de valor igual o mayor a 193.000 euros (IVA excluido).

Pese a no tener consideración de contratos de regulación armonizada, quedan sujetos a lo previsto en dicha materia.

C. Contratos no sujetos a regulación armonizada.

Estos contratos se clasifican de acuerdo con la naturaleza o el bien a contratar. Son de Obra, Servicios y Suministros. El procedimiento varía en función de la cuantía de cada contrato (excluidos los impuesto).

1. Contratos por cuantía inferior a 18.000 euros.

– Elaborará un documento con la orden de compra o suministro, con los datos básicos de los bienes o servicios.

– Se seleccionará directamente al proveedor más adecuado, pudiendo prescindir de la publicidad.

– Será suficiente la aprobación del gasto e incorporar la factura a la oferta.

– El contrato no podrá ser superior a un año y no son prorrogables.

2. Contratos de obras, suministros y servicios por cuantía igual o superior a 18.000 euros e inferior a 50.000 euros.

– FIIAPP publicará la oferta en su página web.

– Se elaborará un documento en el que se recojan los requisitos y condiciones para la oferta (Anexo I).

– Podrán incluirse otras condiciones y requisitos.

– Por cada oferta deberá garantizarse, al menos, tres proveedores capacitados, siempre que ello sea posible.

– Recibidas las ofertas en modo oportuno, se procede a su valoración y el resultado se notificará a todos los proveedores.

3. Contratos de suministros y servicios por cuantía superior o igual a 50.000 euros e inferior a 100.000 euros y de obra inferior a 1.000.000 euros.

– FIIAPP publicará la oferta en su página web.

– Se elaborará un documento en el que se recojan los requisitos y condiciones para la oferta (Anexo I).

– Podrán incluirse otras condiciones y requisitos.

– No será necesaria la publicación del anuncio, siendo negociado sin publicidad en los supuestos contemplados en los artículos 154 a 159 de la LCSP (proposiciones u ofertas económicas sean irregulares por incumplimientos legales, contratos en los que, por razón de los riesgos que entrañen, no pueda determinarse previamente el precio global, etc.).

– Invitación a presentarse al menos tres ofertas.

– Podrá optar el órgano de contratación por nombrar un «órgano de valoración» (Anexo II).

4. Contratos de suministros y servicios por cuantía superior o igual a 100.000 euros y 1.000.000 euros en el caso de obras.

– FIIAPP publicará la oferta en su página web junto con el Pliego correspondiente.

– No será necesaria la publicación del anuncio, siendo negociado sin publicidad en los supuestos contemplados en los artículos 154 a 159 de la LCSP (proposiciones u ofertas económicas sean irregulares por incumplimientos legales, contratos en los que, por razón de los riesgos que entrañen, no pueda determinarse previamente el precio global, etc.)

– Procedimiento negociado con publicidad con un mínimo de 3 ofertas y máximo 10.

– Órgano de contratación podrá nombrar Mesa de contratación.

– Se adjudicará a la oferta más ventajosa y se notificará a todos los proveedores.

II. Contratación de expertos.

A. Expertos con proceso de selección:

Para la contratación de un experto se sigue un proceso de selección, detallado a continuación:

● 1. Obtención de CVs.

● 2. Evaluación de candidatos por un Tribunal.

● 3. Propuesta jerárquica.

● 4. Ofrecimiento al experto.

● 5. Remisión Dirección/Gerencia.

● 6. Realización del contrato.

● 7. Publicación en la web (Si se licita).

B. Expertos con carta de designación:

Aquellos Expertos contratados por la FIIAPP que siendo funcionarios, han sido designados por su correspondiente Administración para la participación en determinados proyectos. La FIIAPP no interviene en ningún modo para la contratación de los mismos, por lo que únicamente facilitamos el dato a título informativo.

4. Información relativa al cumplimiento de los principios que en materia de personal y disposición de fondos han de cumplir las entidades del sector público fundacional.

La FIIAPP como Fundación del sector público, de acuerdo con la Ley de Fundaciones, Ley 50/2002, de 26 de diciembre, en la selección de su personal respeta los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de la correspondiente convocatoria y su contratación se ajustará a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, salvo que la naturaleza de la operación a realizar sea incompatible con estos principios. Las herramientas que recogen los procedimientos a seguir en esta materia son el Manual de Contratación Laboral y el Manual de Contratación de Expertos, de los que se aportan copias, ambos regulan los principios y normas que regulan la contratación laboral en la Fundación.

El manual de contratación laboral establece las pautas a seguir en un proceso general de selección de personal. En primer lugar hay que publicitar la oferta de trabajo concreta en algún medio que garantice su difusión y que habitualmente es la página Web de la Fundación y sobre los curriculums recibidos se hace una selección de los que se ajustan al perfil requerido, realizándose las pruebas que se consideren necesarias, en todo caso una entrevista personal. Terminadas las pruebas se proponen las candidaturas más idóneas en función de méritos y capacidad y de acuerdo con los principios de objetividad y concurrencia se selecciona al candidato más idóneo. De todo este proceso se deja constancia documental a través de los expedientes de selección que se realizan de acuerdo con el modelo que aparece en el manual de contratación.

Por otro lado, existe un manual de contratación de expertos que establece el procedimiento de selección y contratación de los Expertos a corto, medio o largo plazo que, dentro del marco de los proyectos ejecutados y/o gestionados por la Fundación, desarrollan sus actividades en el extranjero ligándose a ésta a través de un contrato de arrendamiento de servicios profesionales o de una contratación laboral por obra o servicio determinado. En la web de la Fundación se publicarán los anuncios correspondientes invitando a todos los funcionarios o profesionales que deseen participar en los proyectos de la Fundación, a incluir su curriculum vitae en el Banco de Expertos rellenando la ficha que, a tales efectos, se recoge en la página web de la Fundación. Atendiendo al proyecto concreto de que se trate, de todos los curriculums vitae existentes se realiza una preselección de los que se ajusten al perfil concreto, definido con carácter previo al inicio del proceso, y se propondrá aquella que se considere más adecuada por méritos y capacidad. De todo ello se dejará también constancia documental.

Respecto de la contratación de expertos existe también la posibilidad de que no se publique oferta en la web sino que exista una carta de designación de la institución de la que procede la persona. Ello ocurre en el caso de los RTAs y otros expertos nombrados por sus instituciones. Sobre ellos la FIIAPP no efectúa proceso de selección alguno.

5. Información sobre garantías recibidas o concedidas a otras entidades del sector público estatal.

Este punto no es de aplicación para la Fundación.

6. Información sobre personal.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

8. DISTRIBUCIÓN REGIONALIZADA DEL PERSONAL: DETALLE POR ENTIDADES, COMUNIDADES AUTÓNOMAS

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7. Información sobre la Comisión de Auditoría y Control

En relación a las obligaciones de carácter económico-financiero relativas al artículo 180.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, la Fundación no considera aplicable la constitución de una Comisión de Auditoría y Control, puesto que corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) la realización de auditorías externas.

8. Otra información

Este punto no es de aplicación para la Fundación.

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