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Documento BOE-A-2011-16099

Orden ITC/2729/2011, de 10 de octubre, por la que se modifica la Orden ITC/362/2011, de 21 de febrero, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Avanza2, en el marco de la acción estratégica de telecomunicaciones y sociedad de la información, dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 13 de octubre de 2011, páginas 107525 a 107526 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-16099
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2011/10/10/itc2729

TEXTO ORIGINAL

La Orden ITC/362/2011, de 21 de febrero, regula las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Avanza2, en el marco de la acción estratégica de telecomunicaciones y sociedad de la información, dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.

En el apartado decimocuarto de la Orden se establecen los órganos competentes para convocar, instruir y resolver el procedimiento. En dicho apartado se atribuye a la Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información la competencia para instruir el procedimiento y llevar a cabo las actuaciones necesarias para el seguimiento de las ayudas.

El Real Decreto 1152/2011, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1226/2010, de 1 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, ha modificado la estructura de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

En concreto, tras la modificación operada en el artículo 4.3 del Real Decreto 1226/2010, la Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información ha dejado de tener competencias en materia de sociedad de la información, pasando a depender directamente del Secretario de Estado la Subdirecciones Generales encargadas del ejercicio de las funciones en la citada materia.

Por ello, con el fin de adaptar la convocatoria del régimen de ayudas del Plan Avanza2 a la nueva estructura de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información y a los efectos de garantizar la debida separación entre la fase instructora y la de resolución de la concesión de ayudas, se hace necesario modificar el apartado decimocuarto de la Orden ITC/362/2011, de 21 de febrero.

La presente Orden se dicta al amparo de la competencia estatal en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica y en materia de telecomunicaciones, atribuidas por el artículo 149.1.15.ª y 149.1.21.ª de la Constitución Española. En este marco, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio es el Departamento de la Administración General del Estado encargado, entre otras, de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de telecomunicaciones, medios audiovisuales y de desarrollo de la Sociedad de la Información.

En su virtud, dispongo:

Único. Modificación de la Orden ITC/362/2011 de 21 de febrero por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Avanza2, en el marco de la acción estratégica de telecomunicaciones y sociedad de la información, dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.

Se modifica el apartado decimocuarto de la Orden ICT/362/2011, de 21 de febrero, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Avanza2, en el marco de la acción estratégica de telecomunicaciones y sociedad de la información, dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, en los siguientes términos:

Decimocuarto. Órganos competentes para convocar, instruir y resolver el procedimiento y rango de la convocatoria.

1. El órgano competente para convocar las ayudas a las que se refiere el apartado segundo de esta orden, será el Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

2. El órgano competente para instruir el procedimiento será la Subdirección General de Fomento de la Sociedad de la Información.

3. El órgano competente para resolver será el Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información y órgano directivo en quien delegue.

4. La Subdirección General de Fomento de la Sociedad de la Información será el órgano encargado del seguimiento de las ayudas.

Disposición final primera. Título competencial.

Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en las reglas 15.ª y 21.ª del artículo 149.1 de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica y en materia de telecomunicaciones, respectivamente.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de octubre de 2011.–El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián Gascón.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 10/10/2011
  • Fecha de publicación: 13/10/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 14/10/2011
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 14 de la Orden ITC/362/2011, de 21 de febrero (Ref. BOE-A-2011-3647).
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 1226/2010, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2010-15167).
Materias
  • Ayudas
  • Desarrollo industrial
  • Desarrollo tecnológico
  • Investigación industrial
  • Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información
  • Subvenciones

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