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Documento BOE-A-2011-15756

Resolución de 6 de junio de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, sección novena, de 17 de mayo de 2010, que ha devenido firme.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 7 de octubre de 2011, páginas 105704 a 105704 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2011-15756

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado el fallo de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Novena, de 17 de mayo de 2010, que ha devenido firme, por la que se declara la nulidad de la Resolución de 6 de junio de 2007 por haberse dictado extemporáneamente.

En el recurso de apelación número 184/2009, seguido ante la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Novena, interpuesto por doña María Luisa Irurzun Ipiens, registradora de la Propiedad de Madrid número 42, contra la sentencia de fecha 1 de diciembre de 2008, dictada en autos de juicio verbal número 712/2007 del Juzgado de Primera Instancia número 31 de Madrid que desestimó la demanda formulada por el procurador don Agustín Sanz Arroyo, en nombre y representación de aquélla, contra la Dirección General de los Registros y del Notariado,

FALLAMOS

Estimamos el recurso de apelación deducido por la representación procesal de la demandante doña María Luisa Irurzun Ipiens contra la sentencia dictada en fecha uno de diciembre de dos mil ocho, por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 31 de los de Madrid en los autos de juicio verbal allí seguidos con el número 712/2007, debemos revocar la indicada resolución declarando la nulidad de la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de seis de junio de dos mil siete en el recurso interpuesto por el notario de Madrid, don Juan Carlos Caballería, contra la negativa de la registradora de la Propiedad número 42 de Madrid, doña María Luisa Irúrzun Ipiens, a inscribir una escritura de extinción de Comunidad.

Todo ello sin hacer imposición de las costas de la instancia ni de las de esta alzada.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos, don José Luis Durán Berrocal, don Juan Luis Gordillo Álvarez-Valdés y don José María Pereda Laredo, Magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Novena.

Madrid, 6 de junio de 2011.–La Directora General de los Registros y del Notariado, M.ª Ángeles Alcalá Díaz.

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