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Documento BOE-A-2011-15167

Orden EHA/2551/2011, de 26 de septiembre, por la que se crea un órgano colegiado para el asesoramiento en el proceso de privatización de las acciones de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 27 de septiembre de 2011, páginas 101843 a 101844 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2011-15167
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2011/09/26/eha2551

TEXTO ORIGINAL

Mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de septiembre de 2011, adoptado previo informe favorable del Consejo Consultivo de Privatizaciones, se autorizó al Agente Gestor de la Privatización, Sociedad Estatal para la Venta de Acciones de Loterías y Apuestas del Estado, S. A. (SEVALAE) a formular una oferta pública de venta de hasta el 30% de las acciones de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), para lo que deberá registrar en un breve plazo el preceptivo folleto informativo de la transacción en la Comisión Nacional del Mercado de Valores. La dimensión de la operación, su visibilidad nacional e internacional y su significado estratégico implican que la transacción que se va a llevar a cabo deba insertarse en un marco de referencia que no se limita a los resultados financieros de la OPV sino que debe considerar las implicaciones en la economía nacional y en la confianza y credibilidad que los mercados atribuyen a España.

Las circunstancias mencionadas recomiendan por lo tanto que se formalice un mecanismo de apoyo al Agente gestor de la Privatización personificado en el Administrador Único de SEVALAE, para garantizar una asistencia específica en el proceso de adopción de decisiones que se desencadenen con la formulación de la oferta pública de venta, constituyendo un órgano ad hoc formado por personas cualificadas para prestar este asesoramiento y apoyo, las cuales son miembros del Consejo de Administración de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, por lo que, en su virtud, dispongo:

Artículo 1. Naturaleza jurídica y denominación del órgano colegiado.

Se crea un Comité, de los previstos en el artículo 40.1.b de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Funcionamiento y organización de la Administración General del Estado, que se denominará Comité para el Seguimiento de la Oferta Pública de Venta de las Acciones de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado. El Comité dependerá del Ministerio de Economía y Hacienda.

Artículo 2. Funciones.

1. El Comité analizará las propuestas que le someta el Agente Gestor de la Privatización, valorando las mismas y emitiendo informe sobre su contenido. En particular, el Comité emitirá preceptivamente informes sobre las siguientes propuestas:

– Con carácter previo al registro del folleto informativo, sobre la composición de los tramos y subtramos de la oferta, cuantificación de la opción de compra (green-shoe) y banda indicativa de precios que debe figurar en el folleto.

– Durante la ejecución de la oferta deberá pronunciarse en las decisiones relativas al traspaso de acciones entre tramos, fijación del precio máximo minorista y fijación del precio definitivo de la oferta.

– Deberá pronunciarse igualmente en el caso que estudie el desistimiento, suspensión o aplazamiento de la oferta.

– En todo caso, emitirá informe sobre las cuestiones específicas que el Agente Gestor de la Privatización estime oportuno someter al Comité.

2. Los informes que formule el Comité se elaborarán teniendo en cuenta las directrices que la Comisión Nacional del Mercado de Valores haya trasladado al Agente Gestor de la Privatización sobre los asuntos que se traten.

Artículo 3. Composición.

1. El Comité estará compuesto por la Presidenta y los tres Vocales que se relacionan a continuación, los cuales son miembros del Consejo de Administración de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, que según su Ley de creación está adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda.

Presidenta: Doña M.ª Mercedes Díez Sánchez.

Vocales:

Don Joaquín de Fuentes Bardají.

Don Juan Enrique Gradolph Cadierno.

Don Jesús Gascón Catalán.

2. A todas las sesiones del Comité asistirá el Administrador Único de SEVALAE que podrá estar asesorado por personas de los equipos de asesoramiento jurídico y financiero contratados por SEVALAE.

3. La Presidenta podrá invitar a participar en el Comité a expertos en las materias que deban tratarse, que actuarán con voz pero sin voto.

4. Actuará con voz, pero sin voto, como Secretaria del Comité, la Abogada del Estado-Jefe del Servicio Jurídico del Estado en el Ministerio de Economía y Hacienda.

Artículo 4. Convocatoria.

El Comité se reunirá previa convocatoria de la Presidenta, realizada a propuesta del Administrador Único de SEVALAE, que podrá cursarse por vía electrónica con una hora de antelación a la reunión, en la que constarán los asuntos a tratar.

Artículo 5. Duración.

El Comité iniciará el ejercicio de sus funciones el día 26 de septiembre de 2011 y quedará extinguido transcurridos 30 días desde la finalización de la operación.

Artículo 6. Cláusula de no incremento de gasto.

La creación del Comité no supondrá incremento del gasto público.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden Ministerial entrará en vigor el 26 de septiembre de 2011.

Madrid, 26 de septiembre de 2011.–La Vicepresidenta del Gobierno de Asuntos Económicos y Ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado Méndez.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/09/2011
  • Fecha de publicación: 27/09/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 26/09/2011
  • Efectos hasta el 26 de octubre de 2011.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 40 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
Materias
  • Comités consultivos
  • Loterías y Apuestas del Estado
  • Mercado de Valores
  • Organización de la Administración del Estado

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