Está Vd. en

Documento BOE-A-2011-15158

Resolución de 8 de septiembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Investigación, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión suscrito con la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 26 de septiembre de 2011, páginas 101828 a 101832 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2011-15158

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Ciencia e Innovación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas han suscrito con fecha 27 de junio de 2011 un acuerdo de encomienda de gestión para llevar a cabo la ejecución de parte de las actividades que conlleva la evaluación y seguimiento durante el año 2011 de los proyectos del Subprograma de Proyectos de Investigación Fundamental no Orientada.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación del referido Acuerdo como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 8 de septiembre de 2011.–El Secretario de Estado de Investigación, P.D. (Orden CIN/1179/2009, de 8 de mayo), la Directora General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, Montserrat Torné i Escasany.

ANEXO
Acuerdo de encomienda de gestión del Ministerio de Ciencia e Innovación a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas a través del Centro de Ciencias Humanas y Sociales, para la ejecución de parte de las actividades de gestión que conllevan la evaluación y seguimiento durante el año 2011 de los proyectos del subprograma de proyectos de investigación fundamental no orientada

En Madrid, a 27 de junio de 2011.

REUNIDOS

De una parte, Dña. Montserrat Torné i Escasany, actuando en nombre y representación del Ministerio de Ciencia e Innovación (en adelante, MICINN), en su calidad de Directora General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 1418/2010, de 29 de octubre, actuando en virtud del artículo 5.1 de la Orden CIN/1179/2009, de 8 de mayo, por la que se delegan competencias del titular del Ministerio de Ciencia e Innovación y se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra parte, D. Francisco Montero de Espinosa Freijo, Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (en adelante, CSIC), en nombre y representación de este Organismo en virtud de su nombramiento por Resolución del Consejo Rector del CSIC de 24 de marzo de 2009 (publicada por Resolución de la Presidencia del CSIC de 27 de marzo de 2009, BOE de 9 de abril), actuando en ejercicio de las competencias que tiene delegadas por Resolución de la Presidencia del CSIC de 20 de febrero de 2008 (BOE de 21 de febrero), organismo con sede en Madrid, calle de Serrano n.º 117, 28006-Madrid, y provisto de NIF: Q-2818002-D.

Ambas partes se reconocen la capacidad y competencias suficientes para formalizar el presente Acuerdo y, a tal efecto

EXPONEN

I. Que, en virtud del Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, corresponden al MICINN la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, así como la coordinación de los organismos públicos de investigación de titularidad estatal. Por su parte, el Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, por el que se desarrolla el Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, atribuye a la Secretaría de Estado de Investigación, a través de la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros Departamentos, la elaboración y gestión del Plan Nacional de I+D+i.

II. Que el CSIC es un Organismo Público de Investigación adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación a través de la Secretaría de Estado de Investigación que tiene por objeto el fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en estas materias.

Entre sus funciones, el CSIC tiene la condición de medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado, pudiendo asumir encomiendas de gestión para la realización de actos de gestión relativos a programas de ayudas o actuaciones referidas a la promoción de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, por parte de los departamentos ministeriales con competencias en la materia.

El CSIC actúa de acuerdo con lo establecido en la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos; así como según lo previsto en su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre.

III. Que la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, adscrita a la Secretaría de Estado de Investigación, tiene asignada la gestión del Subprograma de Proyectos de Investigación Fundamental no Orientada (Programa de Investigación Fundamental) del Plan Nacional de I+D+i 2008/2011.

La convocatoria de ayudas dentro de este Subprograma correspondiente al año 2011 se efectuó mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Investigación de fecha 20 de diciembre de 2010 (BOE de 21 de diciembre).

La instrucción del procedimiento de concesión de estas ayudas es competencia de la Subdirección General de Proyectos de Investigación de la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i. Dentro de las actuaciones de instrucción, esta Subdirección General coordina la evaluación de las solicitudes presentadas, que es efectuada por la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP) y por las comisiones de evaluación que se constituyen dentro de la propia Subdirección General.

Igualmente, la Subdirección General de Proyectos de Investigación efectúa el seguimiento científico-técnico de los proyectos concedidos en convocatorias anteriores, mediante comisiones de seguimiento que se constituyen dentro de la propia Subdirección General.

La constitución, funcionamiento y coordinación de las comisiones de evaluación y de las comisiones de seguimiento son un proceso muy complejo, por el número de comisiones, evaluadores y proyectos a evaluar (en 2011 está prevista la constitución de 79 comisiones de selección y 52 de seguimiento, que reunirán a 1.940 evaluadores, con un total de 7.890 proyectos a evaluar) y por la ingente demanda de infraestructura de apoyo que genera (personal de apoyo administrativo, informático, salas de reuniones, servicios de catering, equipos informáticos y audiovisuales, etc).

IV. El CSIC, a través del Centro de Ciencias Humanas y Sociales (en adelante CCHS), Centro Propio del CSIC, encuadrado en el Área de Humanidades y Ciencias Sociales, sito en la calle Albasanz, 26-28, de Madrid, cuenta con el personal, la infraestructura y el equipo material necesarios para realizar eficazmente parte de las labores que se requieren en el proceso de evaluación y seguimiento de los proyectos del Subprograma de Investigación Fundamental no Orientada.

V. Que al no disponer el MICINN de la infraestructura necesaria para llevar a la práctica la totalidad de las actuaciones que conlleva el proceso de evaluación y seguimiento de los proyectos del Subprograma de Proyectos de Investigación Fundamental no Orientada y contar la del CSIC con los medios humanos, instalaciones y equipos necesarios, se considera lo más conveniente que la organización de parte de las actuaciones, que se describen más adelante, se lleve a cabo mediante una encomienda de gestión al CSIC, de conformidad con lo establecido en los artículos 4.1.n) y 24.6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir la presente encomienda de gestión, que se regirá por las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.

El MICINN, a través de la Secretaría de Estado de Investigación, y el CSIC acuerdan, en el marco del artículo 4.1.n) y 24.6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, que el citado organismo lleve a cabo, mediante una encomienda de gestión, por razones de eficacia y en atención a los medios de que dispone, parte de las actividades de gestión que conlleva el proceso de evaluación y seguimiento durante el año 2011 de los proyectos del subprograma de Proyectos de Investigación Fundamental no Orientada.

Segunda.

El CSIC, a través del CCHS, ejecutará las siguientes actuaciones de gestión:

a) Tareas de secretaría y organización in situ de las reuniones de las comisiones de selección y seguimiento:

1) Asignación y reserva de salas de reunión y coordinación del personal de servicios e informático para el correcto desarrollo de las reuniones.

2) Contratación de servicios de catering.

3) Coordinación con los responsables de la Subdirección General de Proyectos de Investigación para el establecimiento del calendario de reuniones, acreditación de los evaluadores, celebración de actos específicos, etc.

b) Tareas de apoyo informático y asistencia en la resolución de incidencias y uso de medios audiovisuales.

El CSIC, a través del CCHS pondrá a disposición para el desarrollo del proceso de evaluación y seguimiento su infraestructura general y los medios técnicos y humanos necesarios para su organización y realización.

Estos medios se concretarán en:

a) Un/a secretario/a a tiempo parcial.

b) El personal de servicios generales imprescindible para la correcta adecuación de las salas de reuniones.

c) El personal informático imprescindible para la adecuación, puesta a punto y resolución de incidencias en equipos informáticos y audiovisuales.

d) Cuatro salas de reuniones con una capacidad de entre 30 y 40 personas, dotadas de medios audiovisuales y conexión a Internet, sin perjuicio de la habilitación de salas de mayor cabida para actos puntuales.

Tercera.

De acuerdo con lo establecido en la Resolución de fecha 26 de mayo de 2011 del Presidente del CSIC, por la que se aprueba la tarifa para la realización de la presente encomienda de gestión, el MICINN aportará al CSIC la cantidad de CINCUENTA MIL EUROS (50.000 €), con cargo al presupuesto de gastos de 2011, aplicación presupuestaria 21.04.463B.226.06, en un único pago, que se efectuará una vez finalizada la evaluación y previa presentación al MICINN, por parte del CCHS, de la certificación y liquidación del presupuesto junto con la correspondiente documentación justificativa del gasto efectuado.

En esta cantidad se incluyen 9.350 euros en concepto de costes indirectos.

A la aportación económica del MICINN no se le aplicará el IVA correspondiente, por no estar sujetas a la aplicación de este impuesto las encomiendas de gestión.

El pago de esta cantidad se hará, mediante transferencia, a la cuenta n.º 0049.5134.35.2317224221, abierta a nombre de CSIC-CCHS en el Banco de Santander.

En el anexo a este Acuerdo se especifica la distribución del presupuesto.

Cuarta.

El CSIC, a través del CCHS, una vez recibido el ingreso, remitirá al MICINN una certificación de recepción de los fondos y de haberlos incorporado a su presupuesto y destinado a la financiación de las actividades objeto de este Acuerdo.

Quinta.

La fijación de directrices y criterios para el desarrollo de las actividades objeto de la encomienda corresponderá al MICINN.

La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidos al MICINN.

Es responsabilidad del MICINN dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Sexta.

Este Acuerdo es de carácter administrativo y conforme a lo dispuesto en el artículo 4.1.n) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, está excluido de su ámbito de aplicación, por lo que se regirá por sus propios términos y condiciones.

Las cuestiones litigiosas a que puedan dar lugar la interpretación y ejecución del presente Acuerdo deberán resolverse de conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.

Séptima.

El plazo de vigencia del presente Acuerdo se iniciará el día de su firma y finalizará una vez cumplidos por las partes los compromisos adquiridos y en todo caso el 31 de diciembre de 2011.

No obstante, esta fecha se podrá modificar para ampliar los períodos de ejecución por moratoria en el cumplimiento de las obligaciones de cualquiera de las partes, de mutuo acuerdo.

Octava.

La presente encomienda de gestión se extinguirá, además de por el cumplimiento de su periodo de vigencia, por el acuerdo de las partes, formalizado por escrito; la imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas en el Acuerdo; y por la resolución instada por una de las partes ante el incumplimiento de las obligaciones de la otra.

El incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes será notificado a la parte que haya incumplido, a la que se ofrecerá un plazo de 15 días para subsanar el incumplimiento o alegar las causas y razones que impiden el correcto cumplimiento.

En caso de resolución anticipada del Acuerdo, las partes quedarán obligadas al cumplimiento de sus respectivos compromisos hasta la fecha en que esta se produzca.

Y, en prueba de conformidad, se firma el presente Acuerdo, en tres ejemplares iguales, en el lugar y en la fecha indicados en el encabezamiento. Por el Ministerio de Ciencia e Innovación, Montserrat Torné i Escasany.–Por la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Francisco Montero de Espinosa.

ANEXO
Presupuesto

Concepto

Importe

Costes directos:

 

Gastos de personal; Gastos de material inventariable y fungible: Consumibles de oficina, material informático, equipo informático y audiovisual, etc; organización de reuniones de trabajo: Adecuación de salas, vigilancia, catering, señalización, etc.

40.650

Costes indirectos

9.350

Total

50.000

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid