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Documento BOE-A-2011-14671

Resolución 34C/38212/2011, de 1 de septiembre, del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, por la que se publican las cuentas anuales del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, correspondientes al ejercicio 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 14 de septiembre de 2011, páginas 98049 a 98069 (21 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2011-14671

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado tercero de la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para las entidades estatales de derecho público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas correspondientes al ejercicio 2010 que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 1 de septiembre de 2011.–El Director Gerente del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, Miguel Ángel Rodríguez Villanueva.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

MEMORIA 2010

V. RESUMEN DE LA MEMORIA

IV.1 Organización y Actividad

El Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (Invied) ha sido creado por la disposición adicional quincuagésima primera de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, y por el Real Decreto 1286/2010, de 15 de octubre, se aprueba su Estatuto.

El Invied se configura como organismo autónomo, dependiente del Ministerio de Defensa, integrado en la Secretaría de Estado de Defensa, adscrito a la Dirección General de Infraestructura, y sometido al régimen previsto para los Organismos públicos en el título III de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión y plena capacidad de obrar, dentro de su esfera de competencia.

La citada disposición adicional aprobó la refundición de los organismos autónomos Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas (INVIFAS) y Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (GIED), estableciendo que el nuevo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa como organismo resultante de la citada refundición asumiría las funciones, derechos y obligaciones de los dos organismos, remitiendo a un desarrollo posterior para la plena asunción y ejecución de sus competencias.

La Disposición Transitoria Sexta del Real Decreto 1286/2010, de 15 de octubre, establece que el INVIED asumirá como propios, desde la entrada en vigor de este real decreto y hasta la terminación del ejercicio económico 2010, los presupuestos de los organismos refundidos, con cargo a cuyas dotaciones se contraerán indistintamente las nuevas obligaciones, en los términos previstos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 y en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Como consecuencia de lo anterior, el Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa rendirá dos cuentas anuales en el ejercicio 2010, correspondientes a cada uno de los organismos refundidos.

Esta Memoria y la Cuenta corresponde, al extinto Organismo Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.

Memoria del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas

La actividad principal de la entidad, régimen jurídico, económico-financiero y contratación:

Normas de creación de la entidad:

El Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas se crea por el Real Decreto 1751/1990, de 20 de diciembre y se regula en la actualidad por la normativa establecida en la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas y por el Real Decreto 991/2000, de 2 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/1999, de 9 de julio.

La actividad principal de la entidad, régimen jurídico, económico-financiero y contratación:

El Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas es un organismo autónomo de los previstos en el capitulo II del Titulo III de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Defensa a través de la Subsecretaría del Departamento.

Como organismo autónomo tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión, rigiéndose por lo establecido en la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, en la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria y en las demás disposiciones aplicables a los organismos autónomos de la Administración General del Estado, con las excepciones establecidas en la Ley 26/1999, de 9 de julio, respecto a su régimen patrimonial.

Corresponde al Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas la gestión de las medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas y tiene como funciones principales las siguientes:

Facilitar una compensación económica para atender las necesidades de vivienda originadas por cambio de destino que suponga cambio de localidad.

Asignar en régimen de arrendamiento especial las viviendas militares en los casos singulares regulados en la ley 26/1999, de 9 de julio.

Conceder ayudas para la adquisición de viviendas en propiedad al personal militar.

Enajenar las viviendas militares y demás inmuebles que no sean de interés para estos fines.

Mantener, conservar y gestionar las viviendas militares.

Ejecutar programas y proyectos de inversión en el marco de proceso de profesionalización y modernización de las Fuerzas Armadas.

Descripción de las principales fuentes de ingresos en el ejercicio 2010 del INVIFAS:

Los recursos económicos del Instituto provienen de los bienes y derechos que integran su patrimonio y los productos de dicho patrimonio así como de los bienes que en su caso tenga adscritos.

Asimismo, pasan a formar parte del patrimonio del Instituto para el cumplimiento de los fines señalados en el Real Decreto 991/2000, de 2 de junio, los recursos económicos obtenidos como consecuencia de las enajenaciones de viviendas militares, locales comerciales y demás inmuebles.

La principal fuente de financiación es la enajenación de las viviendas militares y los ingresos por cánones por uso de viviendas militares, que tienen la consideración de precio público.

Consideración fiscal de la entidad:

El Organismo esta exento del Impuesto sobre sociedades y esta sujeto a IVA el alquiler de locales comerciales y las enajenaciones de solares y determinados inmuebles.

Estructura organizativa:

Los órganos de gobierno del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas son el Consejo Rector y el Director Gerente.

El Consejo Rector, como órgano de gobierno, tiene como funciones principales dirigir, orientar, fomentar y facilitar las actividades propias del Instituto.

Está integrado por:

Presidente, que será el Subsecretario de Defensa.

Vicepresidente, que será el Director Gerente del Instituto.

Director General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa.

Director General de Infraestructura del Ministerio de Defensa.

Director General de Personal del Ministerio de Defensa.

Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa.

Interventor General del Ministerio de Defensa.

Los Jefes de los Mandos o Jefatura de Personal de los tres Ejércitos.

Director General de Presupuestos del Ministerio de Economía y Hacienda.

Secretario General técnico del Ministerio de Administraciones Públicas.

Secretario, que será el Secretario General del Instituto, con voz pero sin voto.

El Director Gerente es nombrado por Real Decreto, a propuesta del Ministro de Defensa, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 6/1997, de 14 de abril, y asumirá la dirección y gestión del Instituto.

Con nivel orgánico de subdirector general y dependiendo del Director Gerente figuran las siguientes unidades:

Secretaría General.

Subdirección General Económico-Financiera.

Subdirección General de Gestión.

Subdirección General de Asuntos Patrimoniales.

Corresponde a la Secretaría General:

a) Gestionar el régimen interior, seguridad, registro, archivo y servicios generales, así como la planificación general y la gestión de los medios informáticos.

b) Tramitar y gestionar los asuntos relativos al personal y las relaciones con otras unidades y órganos de representación competentes en la materia.

c) Mantener las oportunas relaciones con las Delegaciones de Defensa, a fin de coordinar el funcionamiento de las áreas de vivienda integradas en las mismas, así como cualquier otra función no atribuida a las unidades del Instituto.

Corresponde a la Subdirección General Económico-Financiera:

a) Gestionar los ingresos y gastos, realizar cobros y pagos y gestionar la tesorería y, en general, todos los asuntos económicos que afectan al Organismo.

b) Preparar y elaborar los anteproyectos de presupuestos y realizar la gestión contable.

c) Tramitar y gestionar los expedientes de contratación.

Corresponde a la Subdirección General de Gestión:

a) Gestionar los asuntos relacionados con la asignación a los beneficiarios de la compensación económica, las viviendas militares en régimen de arrendamiento especial y los locales comerciales arrendados.

b) Realizar las actividades de gestión necesarias para otorgar ayudas y subvenciones para el acceso a la propiedad de vivienda.

c) Elaborar y ejecutar los programas de obras en las viviendas militares, locales comerciales y demás inmuebles, así como los necesarios para su mantenimiento, conservación y reposición.

Corresponde a la Subdirección General de Asuntos Patrimoniales:

a) Llevar el inventario actualizado de los bienes inmuebles y realizar las actividades necesarias para su deslinde, depuración e inscripción registral.

b) Preparar, tramitar y ejecutar los expedientes de enajenación de viviendas militares y demás inmuebles, así como los derechos constituidos sobre estos.

c) Estudiar los planes de ordenación urbana y elaborar los convenios de colaboración con entidades públicas en materia patrimonial.

Principales responsables del Organismo a 31 de diciembre de 2010.

Director Gerente: D. Miguel Ángel Rodríguez Villanueva.

Secretaria General: D.ª Isabel Martínez Bénitez.

Subdirectora General de Gestión: D.ª Isabel Truyol Wintrich.

Subdirector General Económico-Financiero: D. José Antonio Gómez San Román.

Subdirector General Técnica y de Enajenaciones: D. Juan Carlos Moliner Loriente.

Número medio de empleados a 31 de diciembre de 2010 correspondientes al INVIFAS:

El número medio de empleados durante el ejercicio ha sido de 47 militares, 101 funcionarios y 102 personal laboral.

El número de empleados a 31 de diciembre de 2010 por categorías:

Personal funcionario

N.º

Personal Militar

N.º

Personal laboral

N.º

Grupo A1

13

Grupo A

36

Grupo 1

2

Grupo A2

24

Grupo B

11

Grupo 2

1

Grupo C1

38

Total efectivos

47

Grupo 3

26

Grupo C2

32

Grupo 4

21

Grupo E

1

Grupo 5

43

Total efectivos

108

Total efectivos

93

IV.2 Bases de presentación de las cuentas

a) Principios contables: De acuerdo con la Resolución de la Intervención General del Estado de 17 de julio de 2008 y la Orden EHA/3371/2008, de 17 de noviembre, por la que se modifica la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo que regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de la Cuenta, la Cuenta Anual se confecciona con los registros contables de la entidad, se expresan en euros y se presentan de acuerdo con lo establecido en el Art. 128 de la Ley General Presupuestaria y en la Instrucción de Contabilidad de la Administración Institucional del Estado y con los principios contables públicos establecidos en la Ley General Presupuestaria y en el Plan General de Contabilidad Pública, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución del presupuesto.

b) Comparación de la información: La información suministrada en el Balance de Situación y en la Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial se presenta en comparación con las cifras del ejercicio 2009. Lo mismo ocurre en la presentación del cuadro de Remanente de Tesorería.

c) Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización:

No se ha producido ningún cambio significativo durante el ejercicio 2010 respecto a los criterios de contabilización de las operaciones.

IV.3 Normas de valoración

a) Inmovilizado inmaterial: El inmovilizado inmaterial figura contabilizado por su precio de adquisición. La amortización en las aplicaciones informáticas se ha tomado como vida útil cuatro años.

b) Inmovilizado material, inversiones destinadas al uso general e inversiones gestionadas: El inmovilizado material se ha registrado por su valor de adquisición. La amortización se ha realizado de acuerdo con la resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones a realizar a fin de ejercicio.

Se toma como vida útil los siguientes periodos:

Mobiliario y enseres: 10 años.

Equipos informáticos: 4 años.

Elementos de transporte: 5 años.

Edificios: 50 años.

c) Inversiones financieras: Las inversiones financieras se valoran por el valor entregado.

d) Existencias: Sin contenido.

e) Provisiones para riesgos y gastos: Sin contenido.

f) Deudas: Las deudas figuran en el balance por su valor de reembolso, corresponden fundamentalmente a deudas de canon de uso de viviendas militares y alquiler de locales comerciales.

g) Provisión dudoso cobro: La deuda total acumulada hasta diciembre de 2010, correspondiente a viviendas, garajes, locales y servicios repercutirles, ascienden a 4.477.934,31€, siendo de cobro dudoso la cantidad de 3.023.799,86€, cuyo desglose se detalla en la información adicional a la memoria.

h) Ingresos y gastos: Los ingresos y gastos se imputan a la cuenta de resultado económico patrimonial del ejercicio, siguiendo el criterio del devengo.

i) Transacciones en moneda distinta del euro: Sin contenido.

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