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Documento BOE-A-2011-14300

Orden EDU/2344/2011, de 16 de julio, por la que se publica la convocatoria para la subvención de acciones con cargo al programa de Estudios y Análisis, destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario en el año 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 210, de 1 de septiembre de 2011, páginas 95256 a 95272 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-14300

TEXTO ORIGINAL

El programa de Estudios y Análisis es una iniciativa del Ministerio de Educación para apoyar la evaluación, diagnóstico y mejora de determinados aspectos del sistema español de enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario. Su financiación y gestión están encomendadas a la Dirección General de Política Universitaria de la Secretaría General de Universidades.

El Real Decreto 189/2011, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y se modifica el Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, en su artículo 6.1.m) y n), asigna a la Dirección General de Política Universitaria, entre otras competencias, «el fomento y promoción de la calidad de la actividad docente» y «la realización de actividades de evaluación, análisis y estudio, así como aquellas relativas a la innovación y mejora de la calidad de la educación universitaria y, en particular, la formulación de los criterios necesarios en este ámbito». Para dar cumplimiento a lo anteriormente indicado e iniciar diversas acciones encaminadas a la innovación y la excelencia universitarias, se hace pública la presente convocatoria de subvenciones para el año 2011. Con esta iniciativa se ofrece un marco para la realización de estudios que contribuyan a la mejora de la calidad de la educación superior y al incremento de la competitividad y perfeccionamiento de los recursos humanos del sistema español de enseñanza superior.

En la presente convocatoria se han priorizado tres ejes estratégicos de reflexión que enmarcan los distintos análisis y estudios específicos. En primer lugar, es necesario reflexionar sobre los aspectos estructurales y organizativos del sistema universitario español, inmerso como está en un profundo proceso de modernización en el marco de la Estrategia Universidad 2015. A tal efecto, se proponen líneas de análisis relativas a movilidad, buenas prácticas en materia de gestión y administración universitaria o escuelas de doctorado. Asimismo, se proponen cuatro estudios específicos relativos a la capacidad emprendedora en el ámbito universitario, análisis de impacto y seguimiento del programa Campus de Excelencia Internacional, indicadores relativos a la situación económico-financiera del sistema universitario o el desarrollo de aplicaciones que permitan obtener información universitaria.

El segundo eje de reflexión gira en torno a los nuevos avances y determinación de impacto en las misiones universitarias, esto es, docencia, investigación, transferencia e innovación y responsabilidad social; en estos momentos de cambio, es preciso conocer nuevas tendencias avanzadas e innovadoras en el ejercicio de las distintas misiones de la universidad, dando cabida a estrategias de innovación docente, mejora de las capacidades básicas o transversales de los estudiantes, nuevas fórmulas para abordar el análisis de la investigación y el desarrollo tecnológico en la universidad, el significativo papel de la transferencia o la responsabilidad social universitaria. Asimismo, se proponen trabajos específicos relativos a indicadores cuantitativos y cualitativos del ámbito de becas y ayudas universitarias; el desarrollo de un sistema de gestión de conocimiento para facilitar la aplicación, en contextos formativos, de las mejores prácticas sobre innovación docente, o un análisis de variables e indicadores en el ámbito de la I+D de las universidades y desarrollo de una herramienta de extracción de información de I+D.

El tercer eje se centra en la relación de la universidad con el entorno y su internacionalización. La universidad está obligada a una reflexión permanente sobre sus relaciones con los actores del sistema en su entorno administrativo, social y cultural, con el fin de mejorar dicha imbricación y mejorar la capacidad del sistema para dialogar con la sociedad; necesita, asimismo, compararse a la vez que colaborar con instituciones internacionales en todas sus misiones. Así, debe profundizarse en los análisis sobre el surgimiento de la Universidad española y su difusión a la ciudadanía, el valor social de becas de posgrado en universidades españolas para ciudadanos de otros países y, especialmente, de los países latinoamericanos; la relación de la universidad con su entorno productivo, sobre todo como factor de desarrollo regional, y su vertiente internacionalizadora, o el fortalecimiento de aspectos transversales relacionados con un modelo de universidad saludable, sostenible y solidaria. En este ámbito, se proponen estudios específicos relacionados con la identificación y clasificación de titulaciones de educación superior expedidas por universidades o instituciones de educación superior oficiales establecidas en países del continente americano y del continente asiático; con la verificación de las equivalencias de las notas medias de los estudios cursados en el extranjero y actualización de las escalas por países; con la fundamentación conceptual y metodologías de implantación de acciones encaminadas a la transformación cualitativa de los recintos universitarios (campus), así como al incremento de las sinergias universitario-ciudadanas, en los planos social, formativo, urbanístico y patrimonial; y, finalmente, con el perfil y condiciones académicas y sociales de la vida de los estudiantes universitarios españoles.

La presente orden se dicta al amparo de la competencia exclusiva que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, sobre la regulación de las normas básicas para el desarrollo artículo 27 de la Constitución.

En su virtud, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, dispongo:

Artículo 1. Objeto y plazo de ejecución.

El objeto de esta orden es hacer pública la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo al programa de Estudios y Análisis de la Dirección General de Política Universitaria, para la realización de trabajos en alguna de las dos modalidades que esta convocatoria determina, trabajos de análisis (A) y propuestas de estudio sobre temas específicos (E), enmarcados en tres ejes estratégicos de reflexión. Algunos detalles concretos orientativos de los trabajos propuestos pueden encontrarse en el anexo.

Eje I. Aspectos estructurales y organizativos del Sistema Universitario Español.

La Universidad española se encuentra inmersa en una activa tarea de modernización de sus estructuras para adaptarse a las exigencias del Espacio Europeo de Educación Superior, el Espacio Europeo de Investigación y la Agenda europea de modernización de la universidad, y en la búsqueda de la excelencia internacional, todo ello enmarcado en el entorno de la Estrategia Universidad 2015. En este contexto, se hace preciso analizar y estudiar una serie de temas que afectan a la organización y la estructura del sistema universitario, con el fin de obtener pautas, indicadores, ideas y, en general, conocimiento del estado de la reflexión al respecto, en el marco de un proceso abierto para el debate.

A.I. Trabajos de análisis.

Se esperan análisis que permitan examinar, estructurar y proponer mejoras en la estructura y organización de aspectos singulares y fundamentales del Sistema Universitario Español. Entre otros temas posibles, se consideran decisivos los análisis relativos a la movilidad como factor de modernización del sistema universitario, las buenas prácticas en la mejora de la gestión y administración y la implantación del nuevo Real Decreto que regula los estudios de doctorado y las Escuelas de Doctorado.

E.I. Estudios sobre temas específicos.

Los estudios deberán versar sobre los siguientes temas:

E.I.1. Análisis de indicadores en el ámbito de la capacidad emprendedora en la universidad como vía para la promoción del empleo universitario.

E.I.2. Análisis de impacto y seguimiento del programa Campus de Excelencia Internacional.

E.I.3. Cálculo empírico de indicadores relativos a la situación económico-financiera del Sistema Universitario Español.

E.I.4. Desarrollo de una aplicación que permita la obtención y el proceso de la información universitaria.

Eje II. Nuevos avances y determinación de impacto en las misiones universitarias.

Las misiones universitarias, docencia, investigación, transferencia e innovación y responsabilidad social, marcan los compromisos que las universidades adquieren con su entorno, que tienen especial relevancia en estos momentos de cambio de modelo, modernización del sistema universitario español y plasmación de estrategias nacionales e internacionales en cada uno de estos aspectos. En este eje se trata de conocer nuevas tendencias avanzadas e innovadoras en el ejercicio de las distintas misiones de la universidad, dando cabida a estrategias de innovación docente, mejora de las capacidades básicas o transversales de los estudiantes, nuevas fórmulas para abordar el análisis de la investigación y el desarrollo tecnológico en la universidad, el significativo papel de la transferencia o la responsabilidad social universitaria.

A.II. Trabajos de análisis.

Se esperan análisis en profundidad en los aspectos anteriores y, en particular, en temas inherentemente relacionados con la excelencia en la innovación docente, especialmente por medio de herramientas, y sus posibilidades de evaluación. La mejora de las herramientas que inciden en la innovación formativa, la calidad de la actividad docente y su evaluación se revela como un elemento fundamental, así como las prácticas globales en el dominio de competencias, como pueden ser las de lectura y escritura en los entornos académicos, profesionales y sociales específicos de la universidad y que aporten criterios que permitan la puesta en marcha de políticas coordinadas de actuación, la optimización de recursos y la elaboración de catálogos de buenas prácticas. Por otra parte, se hace necesario contar con estándares de excelencia docente universitaria medidos de acuerdo con mecanismos de evaluación aceptados internacionalmente.

E.II. Estudios sobre temas específicos.

Los estudios deberán versar sobre los siguientes temas:

E.II.1. Indicadores cuantitativos y cualitativos referidos al ámbito de becas y ayudas universitarias.

E.II.2. Desarrollo de un sistema de gestión de conocimiento para facilitar la aplicación, en contextos formativos, de las mejores prácticas sobre innovación docente.

E.II.3. Análisis de variables e indicadores en el ámbito de la I+D de las universidades. Desarrollo de una herramienta de extracción de información de I+D.

Eje III. La relación de la universidad con el entorno y su internacionalización.

La responsabilidad de la propia universidad le obliga ineludiblemente a una reflexión permanente sobre sus relaciones con los actores del sistema en su entorno administrativo, social y cultural, con el fin de mejorar dicha imbricación y mejorar la capacidad del sistema para dialogar con la sociedad a la que sirve para contribuir a la satisfacción de sus necesidades. A la vez, y sin caer en contradicción alguna, las universidades necesitan compararse a la vez que colaborar con instituciones internacionales en todas sus misiones: docencia, investigación y difusión y transferencia del conocimiento, como propone el marco la agenda europea de modernización e internacionalización universitaria.

A.III. Trabajos de análisis.

En todos estos aspectos se hacen necesarios análisis rigurosos. Dentro del contexto de cooperación con el entorno es imposible eludir el análisis histórico de relación de la universidad con la sociedad, en particular con reflexiones en profundidad sobre el surgimiento de la Universidad española y su difusión a la ciudadanía. En cuanto a la internacionalización, que incluye múltiples aspectos, se hace preciso analizar el valor social de becas de posgrado en universidades españolas para ciudadanos de otros países y, especialmente, aquellos que por razones culturales, idiomáticas e históricas son más frecuentes, como son los países latinoamericanos. Asimismo, procede analizar la relación de la universidad con su entorno productivo, sobre todo como factor de desarrollo regional, y su vertiente internacionalizadora y fortalecer aspectos transversales relacionados con un modelo de universidad saludable, sostenible y solidaria.

E.III. Estudios sobre temas específicos.

Los estudios deberán versar sobre los siguientes temas:

E.III.1. Estudio, identificación y clasificación de titulaciones de educación superior expedidas por universidades o instituciones de educación superior oficiales establecidas en países del continente americano y del continente asiático.

E.III.2. Verificación de las equivalencias de las notas medias de los estudios cursados en el extranjero y actualización de las escalas por países.

E.III.3. Fundamentación conceptual y metodologías de implantación de acciones encaminadas a la transformación cualitativa de los recintos universitarios (campus), así como al incremento de las sinergias universitario-ciudadanas, en los planos social, formativo, urbanístico y patrimonial.

E.III.4. Perfil y condiciones académicas y sociales de la vida de los estudiantes universitarios españoles.

El plazo de ejecución para todos los trabajos subvencionados será el 31 de octubre de 2012. El resultado del estudio deberá remitirse en soporte informático, con el estudio en un formato no propietario (pdf editable no protegido, rtf, etc.), y acompañado de los archivos de datos necesarios (un archivo guía en texto y el resto en formatos habituales procesables con herramientas de uso común). En caso de que estos sean dinámicos, se proporcionará la url donde pueden encontrarse actualizados.

Además, tras la evaluación positiva final de la Dirección General de Política Universitaria, los resultados serán accesibles por vía electrónica en la página web del Ministerio de Educación (buscador EA-WEB Memorias: http://www.ea-web.es/) así como en el repositorio institucional de la universidad.

Artículo 2. Requisitos de las solicitudes, formalización y plazo de presentación.

1. Podrán presentar solicitudes las universidades públicas, los centros públicos de investigación y las entidades públicas en los que presten servicios los profesores o investigadores responsables de las propuestas, siempre que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para la contratación con el Estado u otros entes públicos.

2. No se aceptará más de una solicitud por investigador responsable.

3. Las propuestas de análisis que se presenten a la modalidad A deberán encuadrarse solamente en una de las líneas especificadas para dicha modalidad. Los evaluadores podrán proponer a la Comisión de Selección el traslado de una propuesta a otra línea distinta de la originalmente señalada cuando lo consideren apropiado. Las propuestas de estudios presentadas a la modalidad E deberán ajustarse a las orientaciones especificadas en cada caso.

4. No se tendrán en consideración las propuestas que carezcan de interés general para el sistema universitario, ni los estudios restringidos a asignaturas, departamentos, centros o universidades específicos.

5. En virtud de los supuestos previstos en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, la presentación de solicitudes y la documentación correspondiente, así como la práctica de todas las notificaciones administrativas, se realizará obligatoriamente por vía electrónica.

La solicitud se cumplimentará en el formulario accesible a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación en la dirección https://sede.educacion.gob.es y contendrá los datos básicos de la entidad solicitante y del responsable/coordinador que presenta la solicitud.

Una vez debidamente cumplimentado el formulario en todos sus apartados a través de los medios telemáticos habilitados para ello en la citada Sede, se deberán confirmar y adjuntar los siguientes archivos en formato electrónico:

a) Un plan de trabajo en el que se especifiquen:

1.º Objetivos de la propuesta.

2.º Composición del grupo de trabajo, que no podrá ser modificado salvo por causas de fuerza mayor y previa autorización de la Subdirección General del Profesorado e Innovación Docente.

3.º Calendario de actividades y fechas previstas de conclusión y entrega del trabajo (fecha límite: 31 de octubre de 2012).

4.º Memoria económica en la que se especifique y justifique el presupuesto solicitado, desglosado según los conceptos establecidos en el artículo 4.2 de esta Orden, sin que se admitan otros conceptos que los establecidos en dicho artículo, y para cuya confección deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 4.3.

5.º Cualquier otra información que pudiera ser relevante para la correcta evaluación de la solicitud.

En el caso de las propuestas de estudios presentadas a la modalidad E, deberán adjuntar el desarrollo ajustado a lo señalado en el anexo.

b) Un currículo abreviado del responsable y de los demás miembros del grupo de trabajo (con un máximo de cinco páginas por currículo), con indicación de las contribuciones más relevantes en relación con la propuesta.

6. Una vez correctamente cumplimentada la solicitud electrónica, el peticionario procederá al registro electrónico mediante el uso obligatorio de certificado digital.

Una vez registrada la propuesta y cerrado el plazo señalado en el artículo 2.7, el representante legal de la entidad solicitante, mediante uso obligatorio de certificado digital de persona jurídica, deberá proceder a validar la solicitud mediante acceso a la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, conforme a las instrucciones que aparecerán en la web www.educacion.es.

El plazo para la realización de este trámite será de 10 días naturales, pasado el cual se dará por desestimada la solicitud.

7. El plazo de presentación de solicitudes será desde la fecha de publicación hasta el 22 de septiembre de 2011.

8. De conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si se advirtiesen defectos formales u omisiones en la solicitud o en la información que debe acompañarla, se le comunicará al responsable del programa firmante de la solicitud, quien deberá acceder a la Sede Electrónica para ser notificado por comparecencia de los defectos que deba subsanar, en un plazo máximo de 10 días. Esta subsanación deberá igualmente hacerse de forma electrónica.

9. El órgano instructor efectuará la práctica de notificaciones por medios electrónicos mediante comparecencia electrónica en la Sede Electrónica en la forma regulada por el artículo 40 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, por lo que el solicitante deberá acceder a la dirección electrónica «https://sede.educacion.gob.es» para ser notificado. Si no accediera al contenido de la notificación en el plazo de diez días naturales, se entenderá que la notificación ha sido rechazada con los efectos previstos en la normativa vigente (artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 68 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social).

10. Todos los procedimientos de comunicación sobre el estado de la tramitación de la solicitud serán realizados en su totalidad por vía electrónica, en la Sede Electrónica «https://sede.educacion.gob.es». Los interesados, de conformidad con el artículo 37 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, podrán consultar el estado de tramitación de los procedimientos administrativos respecto de los cuales tengan interés legítimo o representación bastante.

11. La entidad solicitante se comprometerá a apoyar la correcta realización de la acción en el caso de que ésta sea financiada, así como a delegar en el responsable de la propuesta los trámites que puedan derivarse de la aplicación del apartado 8 de este artículo y de los apartados 3 y 6 del artículo 5 de esta Orden.

12. Las solicitudes que no reúnan los requisitos exigidos en esta Orden serán desestimadas.

Artículo 3. Cuantía de las ayudas.

1. En el caso de la modalidad A, las ayudas previstas en esta convocatoria podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado hasta un máximo de 30.000 euros, incluidos los costes indirectos a los que se refiere el artículo 4.2.e). En la modalidad E, no se establecen límites en el presupuesto. En ambos casos, el presupuesto de las ayudas solicitadas deberá estar plenamente justificado. En todo caso, la cuantía de la subvención para los proyectos seleccionados se determinará en función de los criterios de evaluación y de las disponibilidades presupuestarias.

2. Las ayudas concedidas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre que conjuntamente no superen el coste total de la acción. El solicitante deberá declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para la misma acción, tanto al iniciarse el expediente como en cualquier momento en que ello se produzca, y aceptará las eventuales minoraciones aplicables para el cumplimiento de lo anteriormente indicado.

3. El presupuesto total de esta convocatoria será de 1.021.720,00 euros, que se imputará a la aplicación presupuestaria 18.07.322C.448 del presupuesto de gastos del Ministerio de Educación para el año 2011.

Artículo 4. Conceptos susceptibles de ayuda.

1. Las ayudas previstas en esta orden se destinarán únicamente a cubrir gastos relacionados directamente con la realización de la acción para la que se han concedido.

2. Las ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:

a) Gastos de personal becario o contratado con carácter temporal para la realización del proyecto. Corresponden a los gastos ocasionados por la participación en la investigación de personal becado o contratado temporal, ajeno al vínculo estatutario o contractual de forma permanente con el organismo beneficiario.

b) Gastos derivados de la celebración de seminarios y reuniones de seguimiento.

c) Gastos de material fungible.

d) Otros gastos que puedan ser debidamente justificados.

e) Costes indirectos de la entidad solicitante.

3. No serán susceptibles de subvención los gastos correspondientes a la adquisición de mobiliario, la realización de obras o cualesquiera otros que no tengan relación directa con la realización de la acción. Todos los conceptos presupuestarios, especialmente las retribuciones de personal, deberán estar claramente justificados y directamente relacionados con la ejecución del proyecto. En el caso del personal becario o contratado temporalmente con cargo al proyecto, deberán indicarse con claridad cuáles serán sus funciones dentro del proyecto. Igualmente, si se solicita financiación para viajes, deberán razonarse con toda claridad las distintas partidas y su necesidad para la ejecución directa del proyecto.

Artículo 5. Evaluación y selección.

1. El proceso de evaluación y selección se desarrollará de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Adecuación de la propuesta exclusivamente a una de las líneas de análisis establecidas en la modalidad A o a las propuestas de estudios concretas especificadas para la modalidad E de esta convocatoria.

b) Oportunidad, interés y viabilidad de la propuesta, teniendo en cuenta sus objetivos, la metodología, el calendario previsto y los resultados que se persiguen.

c) Originalidad del proyecto, que debe ser inédito y no haber sido realizado en esta u otras convocatorias.

d) Adecuación del currículo del responsable y de los integrantes del grupo de trabajo a la propuesta presentada.

e) Adecuación del presupuesto presentado a los objetivos que se pretende alcanzar. Se valorará muy positivamente que los conceptos presupuestarios se ajusten claramente a necesidades bien determinadas para poder llevar a cabo la propuesta y que el presupuesto presentado se encuentre debidamente documentado.

f) Actuaciones que puedan derivarse del desarrollo de la propuesta. Se valorará muy favorablemente la aplicación previsible de los resultados cuando se plasme en actuaciones concretas inmediatas, que puedan favorecer la innovación y excelencia del conjunto del sistema universitario español.

g) Generación de datos y posibilidad de hacer análisis comparativos. Se valorará especialmente la disposición de los equipos proponentes a aportar fuentes y datos que puedan ser compartidos con la comunidad universitaria para la realización de comparaciones y la continuación de los trabajos en estudios más globales.

h) Una evaluación desfavorable atendiendo al criterio a) o al criterio b) motivará la denegación de la propuesta. A este respecto, se valorará negativamente el carácter parcial de una propuesta por estar restringida a una asignatura, rama de conocimiento o titulación, o también por referirse a un determinado departamento, universidad o comunidad autónoma, salvo que sus resultados puedan ser claramente susceptibles de aplicación al conjunto del sistema universitario español, lo que deberá ser puesto de manifiesto por el solicitante. Asimismo, atendiendo al criterio e), el hecho de que el presupuesto sobrepase el límite establecido en la convocatoria, sea desmesurado o indebidamente justificado podrá ser razón suficiente para la denegación de la propuesta.

2. La evaluación técnica será realizada por una comisión de expertos evaluadores designada por el Director General de Política Universitaria, a propuesta de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP), que aplicará los criterios de evaluación especificados en el apartado anterior.

3. Durante los procesos de evaluación y de selección, se podrá requerir a los solicitantes la presentación de aclaraciones sobre cualquier aspecto relacionado con su propuesta.

4. La propuesta de concesión la realizará una Comisión de Selección nombrada al efecto por el Director General de Política Universitaria e integrada por el Subdirector General del Profesorado e Innovación Docente, unidad encargada de la instrucción y tramitación del procedimiento, que actuará como presidente de la Comisión; la Subdirectora General de Atención al Estudiante, Orientación e Inserción Profesional, que actuará como vicepresidenta; la Consejera Técnica de la Subdirección General del Profesorado e Innovación Docente, un asesor de la Secretaría General de Universidades y tres profesores universitarios o investigadores, que actuarán como vocales. Un funcionario de la Subdirección General del Profesorado e Innovación Docente actuará como secretario de la comisión, con voz pero sin voto.

5. La selección se realizará en concurrencia competitiva, considerando exclusivamente la documentación obrante en el expediente y el informe de evaluación al que se refiere el apartado 2.

6. En el caso de propuestas de concesión, se comunicará dicha circunstancia al solicitante con indicación de la cuantía de la ayuda propuesta y de las condiciones y plazos para la realización de la acción. El solicitante deberá, en el plazo de diez días hábiles, manifestar su aceptación expresa o exponer las alegaciones que estime oportunas.

Artículo 6. Resolución y notificación.

1. La concesión o denegación de las subvenciones se realizará conforme a los criterios establecidos en la esta orden y demás disposiciones concordantes.

2. El incumplimiento de los términos de la convocatoria, así como la ocultación de datos, su alteración o cualquier manipulación fraudulenta de la información solicitada serán causa de desestimación de la propuesta, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. La orden de concesión de subvenciones se dictará por el Secretario General de Universidades, actuando por delegación del Ministro, de conformidad con lo dispuesto en el apartado noveno.1 de la Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo, en el plazo máximo de seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Las solicitudes que no aparezcan en dicha orden deberán considerarse desestimadas. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la orden de concesión legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención, sin perjuicio de la obligación de resolver expresamente.

4. Contra la orden de concesión, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre. Asimismo, podrá interponerse recurso ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998, de 13 de julio.

Artículo 7. Pago, seguimiento y justificación de las ayudas.

1. El importe de las ayudas se librará a las entidades beneficiarias para su inclusión en sus presupuestos. Estas entidades remitirán a la Dirección General de Política Universitaria una certificación de incorporación de los importes de las ayudas a la contabilidad del centro. Igualmente, deberán justificar la ayuda recibida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

La ayuda concedida se librará una vez notificada la orden de concesión. Según lo establecido en el artículo 1, los beneficiarios deberán entregar los resultados del estudio realizado en el plazo allí señalado, para su evaluación y verificación de que los resultados obtenidos se ajustan a lo previsto en la propuesta, así como que se han cumplido el calendario y demás extremos recogidos en ella. El resultado del estudio deberá remitirse en soporte informático, con el estudio en un formato no propietario (pdf editable no protegido, rtf, etc.), y acompañado de los archivos de datos necesarios (un archivo guía en texto y el resto en formatos habituales procesables con herramientas de uso común).

2. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente dará lugar a la revocación de la subvención concedida. Cualquier modificación justificada en las condiciones iniciales de aprobación deberá ser autorizada, previa solicitud, por la Dirección General de Política Universitaria.

3. Por otra parte, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las entidades beneficiarias estarán obligadas a someterse a las actuaciones de control financiero que realice la Intervención General de la Administración del Estado. Asimismo, estarán obligadas a facilitar cuanta información les sea requerida por el Tribunal de Cuentas.

4. Las entidades beneficiarias deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social antes de percibir la ayuda.

5. Para la justificación de las ayudas, las entidades beneficiarias sometidas al control financiero del Tribunal de Cuentas deberán presentar un certificado de la Gerencia o servicio de contabilidad de dicha entidad en el que se especifiquen, detallados por conceptos, los gastos efectuados.

En el caso de que la competencia esté delegada, deberá remitirse un documento acreditativo de la citada delegación.

Junto con el informe, se remitirá, si procede, una fotocopia del reintegro al Tesoro Público de los fondos no utilizados.

En el certificado deberán relacionarse las facturas que se incluyen en cada concepto susceptible de la ayuda, con expresión del nombre y NIF de empresa que la expide, número de factura y su fecha.

En el caso de entidades no sujetas a la jurisdicción del citado Tribunal, la justificación de los gastos se efectuará con los documentos originales, de acuerdo con las normas aplicables a dichas entidades. Sólo se devolverán a la entidad, debidamente sellados, los documentos justificativos del gasto cuyo importe no se impute íntegramente a la subvención.

6. Todos los documentos requeridos en el apartado anterior deberán presentarse en la Dirección General de Política Universitaria antes del 30 de noviembre de 2012.

7. En el caso de que no se justifique el total de la ayuda recibida, procederá el reintegro de la subvención no justificada, según lo dispuesto en el título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

8. El seguimiento de las acciones subvencionadas corresponde a la Dirección General de Política Universitaria, que establecerá los procedimientos adecuados para ello y podrá designar los órganos, comisiones o expertos que estime necesario para realizar las oportunas actuaciones de comprobación e inspección de la aplicación de la subvención. En particular, para las propuestas de estudios seleccionadas en la modalidad E la Dirección General asignará un relator, experto en el ámbito del trabajo, que realizará un seguimiento periódico de los avances en el trabajo y que comprobará su adecuación a los objetivos establecidos.

9. La Dirección General de Política Universitaria, como entidad financiadora de la acción, se reserva, hasta dos años después de su finalización, el derecho de publicar y divulgar, total o parcialmente, y mediante el soporte que en cada caso considere más oportuno, los resultados de los estudios subvencionados. En todo caso, en la difusión de los resultados deberá figurar siempre que el proyecto ha sido financiado con cargo a esta convocatoria.

Artículo 8. Incumplimiento.

El incumplimiento total o parcial de los requisitos establecidos en esta orden y en las demás normas aplicables, así como de las condiciones de ejecución de las ayudas, podrán ser motivo de anulación y de reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, conforme a lo dispuesto en los artículos 37 y 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Los criterios de graduación de incumplimientos serán los que se indican a continuación:

a) El incumplimiento total y manifiesto de los objetivos y de la realización de las actividades para las que se concedió la ayuda será causa del reintegro total de la ayuda recibida durante el período en el que se produjera tal incumplimiento.

b) La realización de modificaciones no autorizadas en las condiciones iniciales de la ayuda supondrá la devolución de la cantidad afectada por la modificación y, en su caso, la revocación de la ayuda.

c) La no presentación de la memoria del trabajo realizado, de acuerdo con lo establecido en los artículos 1 y 7.1 de esta Orden, y previo requerimiento expreso de la Dirección General de Política Universitaria, conllevará la devolución de la cantidad percibida.

d) En ningún caso podrán concederse ayudas a aquellos beneficiarios de anteriores convocatorias que no hubieran cumplido adecuadamente los trámites de justificación de las subvenciones percibidas.

Artículo 9. Normativa aplicable.

La convocatoria para la subvención de acciones con cargo al programa de Estudios y Análisis se regirá por las normas específicas contenidas en esta orden y en sus correspondientes bases; del mismo modo, esta convocatoria se ajustará a lo dispuesto en:

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

El Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

El Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

El Real Decreto 189/2011, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y se modifica el Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, modificada por la Orden ECI/3831/2005, de 24 de noviembre.

Y demás normas vigentes que sean de aplicación.

Artículo 10. Habilitación competencial.

Esta Orden se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución española.

Artículo 11. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1998, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de julio de 2011.–El Ministro de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.

ANEXO
Detalles orientativos de los análisis y estudios demandados en la convocatoria

Análisis.

La movilidad como factor de modernización del sistema universitario.

Se trata de analizar el fenómeno de la movilidad desde distintas perspectivas, en particular, el impacto que la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior ha generado en ella, en el caso español o como fenómeno global, ya sea en los estudios de grado o en los de posgrado; el tratamiento desde la vertiente de su incidencia directa o indirecta sobre la empleabilidad; su inclusión en planes de estudio, o la financiación de los diversos programas.

Mejora de la gestión y administración del sistema universitario español de los procesos decisionales y de los mecanismos de rendición de cuentas.

En tanto que poder público, las universidades deben responder de manera eficaz a los objetivos que tienen encomendados. Por ello, es necesario analizar las buenas prácticas del sistema en la aplicación de nuevos modelos de gestión y administración, la mejora de los procesos decisionales y los mecanismos de rendición de cuentas a la sociedad como elemento esencial de la responsabilidad social de las universidades, que permitan calibrar la aplicación de herramientas avanzadas de gestión, de planificación estratégica, de control de costes o de sistemas de información con indicadores precisos de eficacia y eficiencia para el fortalecimiento y mejora institucional. Se valorarán los análisis comparados, así como los que planteen propuestas basadas en experiencias contrastadas.

Implantación del nuevo Real Decreto de Doctorado.

El nuevo Real Decreto que regula las enseñanzas de doctorado plantea nuevos y ambiciosos retos a las universidades. La invitación a la colaboración y la relación con la sociedad y el tejido productivo y la incorporación a nuestro ordenamiento de las Escuelas de Doctorado ofrecen nuevas oportunidades, pero a la vez muchos modelos y opciones que deben ser analizados en profundidad. La traslación de experiencias internacionales con las que habrá que coordinarse, así como la identificación de aspectos por detallar en la normativa, configuran los elementos fundamentales de la estructura del análisis.

Mejora de las herramientas que inciden en la innovación docente, la calidad de la actividad docente y su evaluación.

Se valorarán aquellos estudios que incidan en la innovación educativa y en cómo guiar el aprendizaje mediante la evaluación de las competencias, así como los métodos innovadores de transmisión del conocimiento, todo ello integrado en la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior. Se valorarán los análisis sobre la mejora de la formación de profesores y estudiantes en competencias lingüísticas, formación en interculturalidad o derechos humanos. Asimismo, se potenciarán los estudios que analicen la incorporación de profesorado novel y qué condiciones formativas, académicas y laborales le acompañan en sus primeros años de ejercicio académico. Se valorarán análisis que propongan mejoras en la acción tutorial de primer año y de titulación, así como aquellos que analicen y propongan acciones que faciliten la transición de los estudiantes de Bachillerato y Formación Profesional en el primer año de estudios universitarios.

Estudio sobre el valor social de becas de posgrado en universidades españolas para ciudadanos latinoamericanos.

La finalidad del análisis es favorecer el conocimiento del valor social –en sus dimensiones teórica y aplicada (sistema de indicadores)– que tienen las becas otorgadas a jóvenes latinoamericanos para desarrollar sus estudios de posgrado en universidades españolas. A partir de la recopilación de fuentes de movilidad y secundarias, se establecerá un modelo metodológico común y homologado para el análisis de las becas como instrumento de cooperación internacional para el desarrollo. Se espera como resultado un sistema de indicadores que permita extraer y comparar datos relativos a los resultados e impactos de las becas en la vida académica y profesional de los beneficiarios, así como en su contribución estimada al desarrollo de los países de origen, todo ello apoyado en una aplicación informática.

Análisis histórico y difusión del surgimiento de la Universidad Española.

Se estudiarán los datos históricos que avalan la creación de la Universidad española. En dicho estudio se hará hincapié en los agentes implicados en la creación de esta institución, su modelo organizativo y su impacto en los modelos sociales de la época. Asimismo, se tratará de comparar y extrapolar dicho modelo en función de la evolución que ha experimentado la sociedad a lo largo de su historia, incluyendo el momento actual. Los resultados se plasmarán en un documento y en un programa de actividades de difusión de los hechos analizados.

Impacto socioeconómico de la función universitaria. Desarrollo regional e internacionalización.

Se valorarán aquellos análisis que incidan en el impacto que la universidad como institución o sus egresados tienen sobre el entorno regional, la imbricación de los distintos actores para la explotación de las potencialidades endógenas del territorio y la capacidad de expansión internacional de dicho entorno gracias a la presencia de aquellos. Se valorarán estudios comparados.

Mejora de las herramientas que inciden en la promoción y fortalecimiento de los aspectos transversales relacionados con un modelo de universidad saludable, sostenible y solidaria.

Se trata de analizar aspectos transversales de la responsabilidad social de las universidades que implican a estas instituciones en el compromiso de difundir y ejemplarizar valores como la promoción de la salud, la sostenibilidad y la solidaridad a través de los procesos que le son propios de formación, gestión, investigación, expansión y transferencia.

Estudios.

E.I.1. Análisis de indicadores en el ámbito de la capacidad emprendedora en la universidad como vía para la promoción del empleo universitario.

Objetivo:

El objeto del estudio consiste en desarrollar un sistema de indicadores que permitan conocer la capacidad emprendedora dentro del Sistema Universitario Español y que ayude a la toma de decisiones en el ámbito del autoempleo de los estudiantes universitarios. Adicionalmente, dicho sistema deberá contemplar la existencia de una herramienta informática que permita la carga de la información y su explotación.

Análisis:

Los indicadores deberán medir: a) la capacidad emprendedora de los estudiantes universitarios, y b) la capacidad de las universidades para promover y facilitar dicha capacidad.

Resultado:

Se dispondrá de un sistema de información relativo a la capacidad emprendedora de las universidades como vía para la promoción del autoempleo.

E.I.2. Análisis de impacto y seguimiento del programa Campus de Excelencia Internacional.

Objetivo:

Las convocatorias del Programa Campus de Excelencia Internacional (CEI), en los años 2009, 2010 y 2011, han producido un número importante de solicitudes de proyectos presentados por agregaciones de universidades españolas, habiendo obtenido algunos de ellos la calificación de Campus de Excelencia Internacional. Asimismo, los distintos proyectos han recibido ayudas por diferentes conceptos: Subprograma de Excelencia, Subprograma de Fortalecimiento, Menciones de calidad, etc.

El objeto del estudio consiste en analizar los proyectos presentados en las tres convocatorias del programa CEI, estudiando su aportación a la mejora de la calidad de nuestras universidades y la evolución de los campus en beneficio del conjunto de la sociedad.

Análisis:

Por su valor estratégico para la mejora de los campus se analizarán los siguientes aspectos en cada uno de los proyectos de campus de excelencia: internacionalización, excelencia académica, coordinación en el ámbito de la Educación Superior, gobernanza y gestión de los CEI, emprendimiento y desarrollo tecnológico, creatividad y excelencia dirigida al entorno. Asimismo, se estudiarán las agregaciones estratégicas como medio para conseguir la excelencia y relevancia internacional, la política de atracción e incentivación del talento emprendida por las universidades, las Escuelas de Doctorado en las que se formará a jóvenes seleccionados entre todos los campus españoles, o a la participación del sistema universitario en un nuevo modelo de economía sostenible.

Resultados:

Se dispondrá de un documento que recoja un análisis cuantitativo y cualitativo de las mejoras en los campus universitarios españoles, en el marco del programa Campus de Excelencia Internacional.

E.I.3. Cálculo empírico de indicadores relativos a la situación económico-financiera del Sistema Universitario Español.

Objetivo:

Cálculo práctico de un sistema de indicadores relacionados con la situación económica del Sistema Universitario Español.

Análisis:

Para el cálculo de los indicadores se utilizarán datos procedentes de la contabilidad presupuestaria y la contabilidad financiera.

Resultados:

Se dispondrá de un conjunto de indicadores y se analizará la situación económica en función de estos indicadores.

E.I.4. Desarrollo de una aplicación que permita la obtención y el proceso de la información universitaria.

Objetivo:

El objeto es el desarrollo de una aplicación informática que se integre en el sistema de información de la SGU y que permita la extracción de la información, su tratamiento estadístico y su explotación en función de cuadros de mando con diferentes niveles de agregación.

Análisis:

Para el desarrollo de la aplicación se utilizarán las herramientas disponibles en el Ministerio de Educación.

Resultado:

Se dispondrá de una aplicación plenamente compatible con el Sistema Integrado de Información del SGU y con las bases de datos del Ministerio que ofrecerá los servicios descritos anteriormente.

E.II.1. Indicadores cuantitativos y cualitativos referidos al ámbito de becas y ayudas universitarias.

Objetivo:

El objeto de estudio consiste en realizar una propuesta teórica de variables e indicadores que permitan conocer en profundidad el sistema público de becas y ayudas al estudio, en los tres niveles universitarios (grado, máster y doctorado), tanto si son concedidas por la Administración General del Estado, como por las Comunidades Autónomas y las propias universidades. Asimismo, se realizará un diseño de cuadro de mando que permita a las unidades directivas y a las unidades gestoras la toma de decisiones.

Análisis:

Se realizará un estudio detallado de objetivos, funciones, subfunciones y actividades que se han de analizar y se acompañarán los indicadores apropiados para cada una de ellas. Para ello será necesario realizar un análisis detallado de las diversas fuentes de información y estudios comparados de sistemas de becas de otros países del entorno europeo.

Resultado:

El informe contemplará dos niveles diferenciados: a) el desarrollo teórico de las variables y los indicadores y su justificación; b) la aplicabilidad y el desarrollo matemático de cálculo de esos indicadores.

E.II.2. Desarrollo de un sistema de gestión de conocimiento para facilitar la aplicación, en contextos formativos, de las mejores prácticas sobre innovación docente.

Objetivo:

Con este estudio se pretende desarrollar un sistema de gestión de conocimiento que permita clasificar, organizar, buscar y generar informes sobre las mejores prácticas en innovación docente. La clasificación y organización se debe realizar a partir de etiquetas y categorías. El buscador debe ser capaz de utilizar criterios de búsqueda dinámicos, tanto los predefinidos como los establecidos por los propios usuarios de la aplicación de forma individual. Así mismo, debe ser capaz de generar informes a partir de la gestión de los resultados de la búsqueda.

Análisis:

Para el desarrollo del sistema de gestión de conocimiento se debe realizar un análisis sobre mejores prácticas en innovación docente, de tal forma que se genere una estructura de datos a partir tanto de la información propia de las mejores prácticas como de su clasificación en los entornos formativos. Así mismo, se deben elaborar indicadores sobre innovación docente que permitan su categorización tanto desde el punto de vista conceptual como de aplicación.

Resultados:

Se dispondrá de una aplicación compatible con el sistema de búsqueda de memorias del programa de Estudios y Análisis, pudiendo integrarse la información de ambos sistemas. La aplicación será adaptativa; por tanto, la aplicación permitirá la gestión, por parte del programa de Estudios y Análisis, de nuevas prácticas, nuevos criterios de búsqueda y nuevos sistemas de clasificación.

E.II.3. Análisis avanzado de variables e indicadores en el ámbito de la I+D de las universidades. Desarrollo de una herramienta de extracción de información de I+D.

Objetivo:

Desarrollar avances en los sistemas de variables y de indicadores de la actividad investigadora de las universidades españolas existentes en la actualidad. Se desarrollará una aplicación informática que permita extraer información de I+D+i de diversas bases de datos y permita cargarla en el SIIU y su explotación.

Análisis:

Se avanzarán en diferentes elementos en los indicadores relativos al profesorado, a su reconocimiento, a la actividad investigadora de las universidades, la innovación, la competitividad y la capacidad formativa, por medio de nuevas fuentes de información compatibles con otras más habituales. En todo caso, se dispondrán de herramientas disponibles en el Ministerio de Educación.

Resultado:

Se dispondrá de un sistema de información relativo al ámbito de la I+D+i de las universidades. Los resultados han de ser compatibles con el Sistema Integrado de Información de la SGU y con las bases de datos de I+D+i que ofrecerá los servicios descritos anteriormente.

E.III.1. Estudio, identificación y clasificación de titulaciones de educación superior expedidas por universidades o instituciones de educación superior oficiales establecidas en países del continente americano y del continente asiático.

Objetivo:

El objetivo del estudio será conocer en profundidad la estructura de titulaciones oficiales universitarias o de educación superior propia de cada uno de los países del continente americano y del continente asiático.

Análisis:

Se realizará un estudio que organice y clasifique las titulaciones universitarias o de educación superior establecidas en cada uno de los países de ambos continentes, teniendo en cuenta la estructura de títulos oficiales españoles y que analice la correspondencia de los títulos americanos y asiáticos con los españoles, teniendo en cuenta las competencias descritas para cada uno de los niveles de títulos españoles en la memoria para la solicitud de verificación de títulos oficiales incluida en el anexo del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio. Para el desarrollo de este estudio se podrá contar con la información disponible en las bases de datos obrantes en la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones de la Dirección General de Política Universitaria.

Resultados:

El estudio dará lugar a una tabla de titulaciones por cada país americano y asiático, que permita su comparación con la estructura española y que facilite la adopción de decisiones en materia de reconocimiento.

E.III.2. Verificación de las equivalencias de las notas medias de los estudios cursados en el extranjero y actualización de las escalas por países.

Objetivo:

El objeto del estudio consiste en verificar y validar las equivalencias de las notas medias de los estudios cursados en el extranjero que actualmente se aplican, con relación al sistema de calificaciones de las titulaciones universitarias españolas, y actualizar las escalas y tablas por países que deben aplicarse.

Análisis:

Se deben completar y actualizar los indicadores de las distintas escalas de calificación de los países y, en su caso, de las universidades cuando haya diferentes escalas, y la equivalencia que en cada caso corresponde a las diferentes escalas de calificación al uso en España: escala 1-10 y escala 1-4.

Resultado:

Como resultado final se facilitará un modelo de documento individualizado de declaración de la equivalencia de la nota media de los sistemas universitarios extranjeros con respecto a la española, de forma que dicha declaración de equivalencia pueda surtir efecto para cualquier beca o ayuda que se solicite en centros de enseñanza universitaria españoles.

El informe y los modelos de declaración se documentarán con la información obtenida de cada universidad y país, teniendo en cuenta en su caso los diferentes sistemas de calificación de los centros universitarios extranjeros. En este sentido y a título orientativo, la información que deberá recogerse consistirá en completar y actualizar alrededor de 400 escalas correspondientes a unos 120 países, verificando alrededor de unos 5.000 expedientes.

Finalmente, se configurará la herramienta informática que permita recoger toda la información y emitir las correspondientes declaraciones de equivalencia, de forma que pueda actualizarse periódicamente y obtener los informes necesarios sobre las escalas por países, las solicitudes, la distribución porcentual de las calificaciones y aquellos otros indicadores que permitan comprobar la validez del sistema de equivalencia aplicada en cada caso.

E.III.3. Fundamentación conceptual y metodologías de implantación de acciones encaminadas a la transformación cualitativa de los recintos universitarios (campus), así como al incremento de las sinergias universitario-ciudadanas, en los planos social, formativo, urbanístico y patrimonial.

Objetivo:

Profundizar y ampliar específicamente los rasgos inherentes al concepto de «Campus Didáctico», en una doble vertiente: por un lado, el «Campus Didáctico» podrá servir a las universidades como fundamentación teórica capaz de impulsar que éstas asuman los principios fundamentales de dicho concepto en clave de innovación abierta. De esta forma, se promoverán reflexiones acerca de la reinvención de sus recintos (campus) y edificios y se fomentará un beneficioso intercambio de visiones y experiencias con otras universidades nacionales o internacionales. En segundo término, el «Campus Didáctico» gozará de la capacidad de implantarse y consolidarse como instrumento metodológico y operativo para que las instituciones de enseñanza superior acometan planificaciones y diseños orientados a la recualificación de sus recintos (campus) y edificios, estableciéndose como pauta con vocación de permanencia en las estructuras de gobernanza de las universidades.

Análisis:

Se analizarán tanto materiales de perfil teórico y conceptual, como ejemplos de excelencia (existentes o planificados), pertenecientes al panorama de la educación superior nacional e internacional, haciendo énfasis en los proyectos presentados al Programa «Campus de Excelencia Internacional».

Resultados:

El concepto y aplicaciones del «Campus Didáctico» se configura como una materia teórico-práctica, que es preciso indagar en profundidad, con el fin de que se pueda generar un trabajo que estimule tanto la reflexión teórica sobre los espacios físicos de toda universidad, como la puesta en marcha de acciones que contribuyan a la transformación hacia la excelencia tanto de las sinergias universitario-urbanas, como de los recintos (campus), edificios y células básicas de enseñanza-aprendizaje (aulas). En ese sentido, se podrá partir de la inercia derivada de la inclusión del «Campus Didáctico» como referencia de transformación que ya ha sido mencionada en las convocatorias del programa «Campus de Excelencia Internacional», y cuya profundización podrá ser útil de cara a la optimización y matización de futuras convocatorias.

E.III.4. Perfil y condiciones académicas y sociales de la vida de los estudiantes universitarios españoles.

Objetivo:

Fomentar la presencia de grupos de investigación estables, interuniversitarios e interdisciplinares en los foros donde se viene estudiando con regularidad la dimensión social de los estudiantes universitarios en el marco de las políticas del Ministerio de Educación en el proceso de implantación del Espacio Europeo de Educación Superior.

Análisis:

Se emplearán técnicas de análisis cuantitativo y cualitativo. Los procedimientos para la recopilación de datos deberán incluir la realización de una amplia encuesta de ámbito nacional, representativa de la población de estudiantes universitarios españoles, tanto de universidades públicas como privadas, y comprensiva de los diferentes niveles y modalidades de estudio.

Resultados:

Actualización de bases de datos generadas en los grupos anteriormente referidos y proporcionar informes al Ministerio de Educación para la toma de decisiones en el ámbito de las políticas dedicadas a mejorar la enseñanza universitaria desde la perspectiva de la dimensión social introducida en los últimos años en la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior.

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