Está Vd. en

Documento BOE-A-2011-13785

Resolución de 12 de julio de 2011, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se renuevan becas de la convocatoria de becas MAEC-AECID para ciudadanos extranjeros, para el curso académico 2011/2012, Programas II-E y IV-B.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 12 de agosto de 2011, páginas 91566 a 91599 (34 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2011-13785

TEXTO ORIGINAL

En el «BOE» n.º 314, de 27 de diciembre de 2010, se publicó la Resolución de 13 de diciembre de 2010 de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), por la que se aprueba la Convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, para ciudadanos extranjeros, para el curso académico 2011/2012.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005 de 11 de abril («BOE» n.º 99, de 26 de abril), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), el RD 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la AECID, la Resolución de la Presidencia de la AECID de 2 de julio de 2009 «BOE» 30.07.09, por la que se delegan determinadas competencias en el Director de la AECID, y en virtud de la Resolución de 13 de diciembre de 2010 («BOE» n.º 314, de 27 de diciembre de 2010), por la que se aprueba la Convocatoria de Becas MAEC-AECID, para ciudadanos extranjeros, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto, esta Presidencia de la AECID, ha resuelto:

Primero.

Conceder, con cargo al concepto presupuestario 12.401.143A. 486.02, las becas que se citan en cada programa, a los beneficiarios que se detallan en los anexos correspondientes por el periodo y cuantía que se indica.

Programa II-E: 710 Becas de Renovación para Becarios Extranjeros de la convocatoria de Becas MAEC-AECID 2010-2011 (Programas II.A, II.B y II.E) para segundo año de Estudios de Master, Especialización e Investigación y tercer y cuarto años para Doctorado.

Becas concedidas: Ver anexo I.

Primer beneficiario: ALLA, ARBEN (Albania).

Último beneficiario: TRAN CAM, THUY (Vietnam).

Programa IV-B: 1 Beca de Renovación para Becarios MAEC-AECID de la CV 2010-2011 (Programa IV-A, Formación Bibliotecaria)

Beca concedida: Ver anexo II.

La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria, consiste en:

600,00 euros mensuales para estudios en el término municipal de Madrid, más alojamiento y manutención, en uno de las dos residencias universitarias de la Fundación de Colegios Mayores MAEC-AECID, valorados en 965,00 € mensuales a cargo de la AECID.

1.200,00 euros mensuales, para estudios fuera del término municipal de Madrid, o en el caso de agotamiento de la modalidad anterior.

Seguro de asistencia médica primaria, no farmacéutica y de accidente. El importe mensual de la póliza por cada beneficiario es de 40,00 euros, a cargo de la AECID.

Ayuda de Matrícula: Hasta 2.000,00 euros de ayuda individual o hasta 500,00 euros para la Tutela Académica, en razón de los estudios para los que se concede la beca.

Segundo.

Ordenar la publicación en el «BOE» de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden Ministerial de AEC/1098/2005 de 11 de abril.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación; o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 12 de julio de 2011.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Francisco Moza Zapatero.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid