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Documento BOE-A-2011-12915

Real Decreto 977/2011, de 8 de julio, por el que se crea la Agregaduría de Economía y Comercio en la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado de Kuwait, con sede en Kuwait.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 2011, páginas 84266 a 84268 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública
Referencia:
BOE-A-2011-12915
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2011/07/08/977

TEXTO ORIGINAL

El artículo 66 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, se refiere a la Internacionalización de las empresas y define como objetivo prioritario de la política comercial española la internacionalización de las empresas y, en especial, de las pequeñas y medianas empresas. En particular, se prevé la promoción del acceso a los mercados internacionales de aquellas empresas cuyo proceso de internacionalización pueda verse obstaculizado por la existencia de barreras que les impiden desarrollar su actividad de forma regular. Además en la definición de la política comercial se presta especial atención a los mercados que se califican de elevado potencial, atendiendo entre otros factores a su elevada renta per cápita, la reducida introducción de las empresas españolas, o su carácter de mercado emergente. Para tales mercados están definidos los Planes Integrales de Desarrollo de Mercado, como es el caso de los países del Golfo Pérsico.

El Acuerdo de Consejo de Ministros de 1 de septiembre de 2006, publicado mediante Orden AEC/2783/2006, de 7 de septiembre, acuerda una serie de medidas para potenciar la acción del Estado en el exterior. Entre estas medidas, se insta al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a aprobar un Plan de Remodelación y Potenciación de la red de Oficinas Económicas y Comerciales de las Embajadas de España.

El Plan ha sido ya aprobado por el Ministro de Industria, Turismo y Comercio. En él se exponen las razones por las que resulta preciso adaptar la red de Oficinas Económicas y Comerciales a la situación económica actual, de modo que ésta pueda ofrecer tanto un servicio a las empresas de carácter integral como una mejor defensa de los intereses económicos españoles en el exterior y una imagen actualizada de nuestro país. Para ello es preciso contar con Oficinas en aquellos países donde las oportunidades actuales de negocios para las empresas españolas son mayores y se registra un atractivo comercial significativo. En este sentido, el saldo fuertemente deficitario de la balanza por cuenta corriente española requiere acciones compensatorias que tengan como objetivo fomentar la internacionalización de nuestras empresas y diversificar sus mercados.

Como subraya el Plan de Dinamización de la Economía e Impulso de la Productividad lanzado por el Gobierno en marzo de 2005, el crecimiento económico de nuestro país depende en gran medida de la capacidad de las empresas españolas para ser competitivas tanto dentro como fuera de nuestras fronteras. Es por tanto esencial mejorar la competitividad de las exportaciones españolas. Con este objetivo se han diseñado, por un lado, las reformas estructurales que el Gobierno ha puesto ya en práctica, y por otro, el refuerzo de los instrumentos de fomento de la exportación y de la inversión. Ciertamente son las empresas las que deben aprovechar las oportunidades existentes, pero corresponde al Gobierno, de acuerdo con el citado Plan, crear el entorno adecuado en el que éstas han de desenvolverse así como mejorar la eficiencia de los servicios públicos de apoyo a la internacionalización.

El carácter recurrente del déficit corriente de la economía española y el creciente peso registrado por el mismo en los últimos años hace imprescindible apostar por aquellas medidas y herramientas que impulsen la internacionalización de nuestra economía, permitiendo una contribución positiva de nuestro sector exterior al crecimiento económico y a la generación de empleo. Dado que en la actualidad únicamente el 1% de las empresas registradas en nuestro país exportan regularmente, resulta preciso apoyar a las empresas en su experiencia exterior y adaptar la red de Oficinas Económicas y Comerciales de España a las circunstancias cambiantes de la economía mundial.

Las funciones que realizan las Oficinas Económicas y Comerciales generan beneficios tanto al colectivo directamente apoyado como al que no recibe directamente dicho apoyo. Las empresas valoran especialmente el papel de intermediario de confianza que desempeñan las Oficinas Económicas y Comerciales de España en su relación con las autoridades y agentes económicos de los países. El Gobierno es consciente de la importancia de facilitar a las empresas su salida a los mercados internacionales y de impulsarlas a ser activas en los mismos, de ahí la necesidad de contar con un Plan de Remodelación y Potenciación de la red de Consejerías Económicas y Comerciales de las Embajadas de España. Finalmente, en el Debate sobre el Estado de la Nación del año 2007, el Congreso de los Diputados aprobó una Resolución que insta al Gobierno a destinar los recursos necesarios tanto para acometer ese Plan como para adecuar a las nuevas necesidades organizativas y funcionales las relaciones de puestos de trabajo y retribuciones del personal funcionario y laboral en el exterior.

Dicho Plan ha sido implantado de forma gradual. En el año 2007, se acometió la apertura de las Oficinas Económicas y Comerciales de las Embajadas de España en Guinea Ecuatorial, Omán y Ghana, mediante la aprobación del Real Drcreto 1496/2007, de 12 de noviembre, Real Decreto 1497/2007, de 12 de noviembre, y Real Decreto 1526/2007, de 16 de noviembre, respectivamente. En el año 2009, el Real Decreto 1674/2008, de 17 de octubre, llevó a la práctica la propuesta de creación de la Oficina en Cantón (China).

Por los motivos anteriormente expuestos, y para atender debidamente esta importante área geográfica, se propone la creación de la Oficina Económica y Comercial en Kuwait.

Esta propuesta de creación de Oficina Comercial no exige un incremento del gasto sino simplemente proporcionar cobertura legal a los gastos realizados por el Agregado Comercial actual que se imputan al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Este real decreto se atiene a lo establecido en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado; así como a los artículos 8 y 15 del Real Decreto 632/1987, de 8 de mayo, sobre organización de la Administración del Estado en el exterior, y al artículo 4 del Real Decreto 2827/1998, de 23 de diciembre, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías y Agregadurías de Economía y Comercio en las Misiones Diplomáticas de España.

En su virtud, a iniciativa de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Industria, Turismo y Comercio, a propuesta del Ministro de Política Territorial y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de julio de 2011,

DISPONGO:

Artículo 1. Creación de Agregaduría de Economía y Comercio.

Se crea, integrada en la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado de Kuwait, la Agregaduría de Economía y Comercio en Kuwait que se articula como Oficina Económica y Comercial.

Artículo 2. Dependencia funcional, administrativa y presupuestaria.

A efectos de garantizar la unidad de acción administrativa en el exterior, la Oficina Económica y Comercial de Kuwait actuará bajo la superior dirección y coordinación del Jefe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado de Kuwait, dependiendo funcional, administrativa y presupuestariamente de la Secretaría de Estado de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Artículo 3. Estructura orgánica de la Oficina Económica y Comercial.

La estructura orgánica de la Oficina Económica y Comercial creada será la que se determine mediante la correspondiente relación de puestos de trabajo del personal funcionario y el catálogo de puestos de trabajo de personal laboral, sin que ello suponga incremento de gasto público.

Artículo 4. Gastos de apertura, instalación y funcionamiento.

Los gastos que origine la apertura, instalación y funcionamiento de la Agregaduría de Economía y Comercio que se crea por este real decreto se cubrirán con cargo a los créditos de los diferentes conceptos presupuestarios de la Dirección General de Comercio e Inversiones, existentes para las Oficinas Económicas y Comerciales en el exterior, incluidos los de personal, por lo que no se producirá incremento de gasto público.

Disposición final primera. Ejecución y aplicación.

Los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de Industria, Turismo y Comercio y de Política Territorial y Administración Pública, en el ámbito de sus competencias y previo cumplimiento de los trámites legales oportunos, dictarán las disposiciones necesarias para la ejecución de lo previsto en el presente real decreto y promoverán las restantes medidas para su aplicación.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 8 de julio de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Vicepresidente Tercero del Gobierno y Ministro de Política Territorial y Administración Pública,

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 08/07/2011
  • Fecha de publicación: 27/07/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 28/07/2011
Materias
  • Administración del Estado en el Exterior
  • Kuwait
  • Misiones Diplomáticas
  • Organización de la Administración del Estado

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