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Documento BOE-A-2011-12388

Resolución de 7 de julio de 2011, de la Subsecretaría, por la que se publica la encomienda de gestión al Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 18 de julio de 2011, páginas 79760 a 79761 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-12388

TEXTO ORIGINAL

La Secretaria de Estado para la Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública y el Subsecretario de Trabajo e Inmigración del Ministerio de Trabajo e Inmigración han suscrito, con fecha 6 de julio de 2011, un acuerdo de encomienda de gestión para la tramitación telemática de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos del Ministerio de Trabajo e Inmigración, así como el pago telemático de las correspondientes tasas.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 7 de julio de 2011.–El Subsecretario de Trabajo e Inmigración, José María de Luxán Meléndez.

ANEXO
Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública y el Ministerio de Trabajo e Inmigración

En Madrid, a 6 de julio de 2011.

REUNIDOS

De una parte, doña María Consuelo Rumí Ibáñez, Secretaria de Estado para la Función Pública, nombrada para dicho cargo por el Real Decreto 232/2010, de 26 de febrero, que actúa en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 14 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y

De otra, don José María de Luxán Meléndez, Subsecretario de Trabajo e Inmigración, nombrado para dicho cargo por el Real Decreto 1390/2010, de 29 de octubre, que actúa en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 15 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado,

EXPONEN

Primero.

La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece, en su artículo 15, la encomienda de gestión como instrumento para confiar la realización de actividades materiales a otros órganos o entidades de la misma Administración Pública.

Segundo.

El Real Decreto 264/2011, de 28 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2011, prevé en su artículo 4.13 la posibilidad de encomendar la gestión telemática para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en las pruebas selectivas correspondientes al ámbito previsto en dicho Real Decreto.

En consecuencia,

ACUERDAN

Primero.

Encomendar al Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, a través de la Secretaría de Estado para la Función Pública, la gestión de la inscripción telemática en los procesos selectivos de los siguientes Cuerpos y Escalas así como el pago telemático de las correspondientes tasas:

– Cuerpo Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social;

– Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social;

– Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social;

– Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo;

– Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad;

– Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social y

– Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social.

La encomienda de gestión afectará a las actividades de recepción de las solicitudes y pago de las tasas correspondientes a través del Registro Electrónico Común del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, no suponiendo la cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Segundo.

Los gastos originados por la gestión material objeto de esta encomienda correrán a cargo del presupuesto del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, y la Secretaría de Estado para la Función Pública abordará la realización de las actividades encomendadas con los medios materiales y personales de que dispone, resultando éstos suficiente para acometer dichas tareas.

Tercero.

El presente Acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011, prorrogándose automáticamente por periodos anuales si no concurre previamente manifestación en contra por alguna de las partes firmantes.

Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente Acuerdo por triplicado ejemplar en la fecha y lugar antes indicados.–La Secretaria de Estado para la Función Pública, María Consuelo Rumí Ibáñez.–El Subsecretario de Trabajo e Inmigración, José María de Luxán Meléndez.

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