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Documento BOE-A-2011-11210

Cuestión de inconstitucionalidad nº 296-2003, en relación con el artículo 22.6 de la Ley 4/1996, de 26 de diciembre, de ordenación del servicio farmacéutico de Castilla-La Mancha, por posible vulneración del artículo 14 de la Constitución.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30 de junio de 2011, páginas 69422 a 69422 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2011-11210

TEXTO ORIGINAL

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, por Auto de 20 de junio actual, ha acordado declarar la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad número 296-2003, por desaparición sobrevenida de su objeto. Cuestión planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en relación con el artículo 22.6 de la Ley 4/1996, de 26 de diciembre, de ordenación del servicio farmacéutico de Castilla-La Mancha, por posible vulneración del artículo 14 de la Constitución, que fue admitida a trámite por providencia de 15 de julio de 2003, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 180, de 29 de julio de 2003.

Madrid, 20 de junio de 2011.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 20/06/2011
  • Fecha de publicación: 30/06/2011
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • en la Cuestión 296/2003, la extinción por desaparición sobrevenida de su objeto, en relación con la Ley 4/1996, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-15120) y (Ref. BOE-A-1997-3930).
Materias
  • Autorizaciones
  • Castilla-La Mancha
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Oficinas de farmacia

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