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Documento BOE-A-2011-11196

Resolución de 20 de junio de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el importe definitivo pendiente de compensación a 31 de diciembre de 2010, del derecho de compensación por desajuste de ingresos de las actividades reguladas anterior a 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 29 de junio de 2011, páginas 69334 a 69335 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-11196

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1432/2002, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para la aprobación o modificación de la tarifa eléctrica media o de referencia surge como desarrollo de lo previsto en el artículo 94 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, incluyendo como nuevos costes para retribuir las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica a tener en cuenta en el cálculo de la tarifa media o de referencia, el coste correspondiente al desajuste de ingresos de las actividades reguladas anterior a 2003 y el coste correspondiente a las revisiones derivadas de los costes de generación extrapeninsular correspondientes a los ejercicios 2001 y 2002.

La disposición adicional primera del citado Real Decreto 1432/2002, de 27 de diciembre, establece que los costes correspondientes al desajuste de ingresos de las actividades reguladas anterior a 2003 y revisiones derivadas de los costes de generación extrapeninsular tendrán el carácter de derechos de naturaleza análoga a los que se refiere el artículo 2.1, párrafo a) del Real Decreto 926/1998, de 14 de mayo, por el que se regulan los fondos de titulización de activos y las sociedades gestoras de fondos de titulización, a los efectos de la aplicación, en su caso, por Orden del Ministro de Economía, del procedimiento previsto en el mismo.

El punto decimosexto.1 de la Orden ECO/2714/2003, de 25 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 1432/2002, de 27 de diciembre, en lo referente a la cesión y/o titulización del coste correspondiente al desajuste de ingresos de las actividades reguladas anterior a 2003 y del coste correspondiente a las revisiones derivadas de los costes extrapeninsulares, establece que la Comisión Nacional de Energía comunicará a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía el importe definitivo pendiente de compensación correspondiente, que deberá ser publicado mediante Resolución de la citada Dirección General antes del 30 de junio de cada año.

Con fecha 14 de junio de 2011 la Comisión Nacional de Energía ha remitido a la Dirección General de Política Energética y Minas el importe definitivo pendiente de compensación a 31 de diciembre de 2010, del derecho de compensación por desajuste de ingresos de las actividades reguladas anterior a 2003 derivado del punto decimosexto.1 de la Orden ECO/2714/2003, de 25 de septiembre.

Por todo ello, la Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

Primero.

El importe definitivo pendiente de compensación a 31 de diciembre de 2010, del derecho de compensación por desajuste de ingresos de las actividades reguladas anterior a 2003 es cero, pues con el pago de la anualidad de 2010 han quedado liquidados todos los importes y obligaciones derivados de la titulización del déficit de las actividades reguladas anterior a 2003.

Segundo.

El tipo de interés anual de referencia utilizado para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010, es del 0,814 por ciento y es igual a la media anual de las cotizaciones del Euribor a tres meses previsto en el apartado 2.b) del punto decimosexto de la Orden ECO/2714/2003, de 25 de septiembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 20 de junio de 2011.–El Director General de Política Energética y Minas, Antonio Hernández García.

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