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Documento BOE-A-2011-10501

Orden EDU/1653/2011, de 9 de mayo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Colunga.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 2011, páginas 61863 a 61864 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-10501

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de doña Rossana de la Cruz Vargas solicitando la inscripción de la Fundación Colunga en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Juan José Cueto Plaza, don Enrique Miguel Cueto Plaza, doña María Esperanza Cueto Plaza, y don Ignacio Javier Cueto Plaza, en Madrid, el 30 de marzo de 2011, según consta en la escritura otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don Carlos Huidobro Arreba, con el número 309 de su protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en Colunga (Asturias), calle Carril de las Monjas, número 3, C.P. 33320, y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación, consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 25,15 por 1000 mediante la aportación de la cantidad de siete mil quinientos cuarenta y cinco euros (7.545 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto se hará efectivo en un plazo no superior a cinco años contados desde el otorgamiento de la escritura de constitución.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación incorporados a la escritura pública de constitución figuran como fines de la Fundación los siguientes: La promoción y el fomento de la educación, como motor principal para avanzar en la construcción de un mundo más justo, que garantice la igualdad de oportunidades y una plena integración social.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente el Patronato queda constituido por, Presidente: Don Enrique Miguel Cueto Plaza, Secretario: Don Juan José Cueto Plaza, Vocal: Doña María Esperanza Cueto Plaza.

En documento privado con firmas legitimadas por notario consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.–Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Colunga en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Colunga, de ámbito estatal, con domicilio en Colunga (Asturias), calle Carril de las Monjas, número 3, C.P. 33320, así como el patronato que figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 9 de mayo de 2011.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, José Canal Muñoz.

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