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Documento BOE-A-2010-8226

Resolución de 22 de mayo de 2010, del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, por la que se hace público el acuerdo de su Comisión Rectora de la misma fecha en relación con la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 22 de mayo de 2010, páginas 45068 a 45068 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2010-8226

TEXTO ORIGINAL

Como consecuencia del acuerdo adoptado el 21 de mayo de 2010 por la Comisión Ejecutiva del Banco de España acordando la sustitución provisional de los órganos de administración de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba (CajaSur) y la designación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria como administrador provisional de dicha caja de ahorros, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito, y en el Título III de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito, en su reunión de 22 de mayo de 2010 la Comisión Rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria ha acordado, en virtud de lo dispuesto en la letra (a) del apartado 2 del artículo 7 del Real Decreto-ley 9/2009 antes mencionado, designar a:

– D. José Antonio Iturriaga Miñón,

– D. Tomás González Peña y

– D. Francisco Orenes Bo

como las personas que, en nombre y representación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, desempeñarán las funciones que corresponden a éste en su condición de administrador provisional de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, apoderándoles expresamente para que, actuando cada una de dichas personas mancomunadamente con cualquiera de las otras dos, puedan ejercitar todas y cada una de las facultades que corresponden al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria en su condición de administrador provisional de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, ostentando al efecto todas y cada una de las facultades que la normativa vigente en cada momento reconoce al órgano de administración de dicha caja de ahorros, pudiendo, entre otras:

– dirigir, controlar y ejecutar la actividad diaria de la caja de ahorros,

– nombrar el equipo de dirección que crean oportuno para cumplir sus funciones y

– conceder y revocar poderes, incluso los que en la actualidad se encuentren vigentes.

Madrid, 22 de mayo de 2010.–El Director General del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, Julián Atienza Díaz.

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