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Documento BOE-A-2010-8095

Resolución de 12 de mayo de 2010, de la Secretaría General de Industria, por la que se modifica la de 30 de abril de 2010, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente a 2010 de las subvenciones establecidas para el impulso de las redes de "business angels".

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 20 de mayo de 2010, páginas 44209 a 44209 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-8095

TEXTO ORIGINAL

A fin de dar pleno cumplimiento a lo previsto en el apartado Noveno a) de la Orden ITC/860/2010, de 29 de marzo por la que se establecen las bases reguladoras, el régimen de ayudas y la gestión de medidas del programa de impulso a las redes de «business angels» («Boletín Oficial del Estado» de 7 de abril de 2010) el texto del apartado Quinto de la Resolución de 30 de abril de 2010, de la Secretaría General de Industria por la que se efectúa la convocatoria correspondiente a 2010 de las subvenciones establecidas para el impulso de las redes de «business angels» («Boletín Oficial del Estado» de 7 de mayo de 2010), queda como sigue:

«Quinto. Gastos subvencionables.–Los gastos deberán ejecutarse en el tiempo y forma que se establezcan en las resoluciones de concesión. No serán subvencionables los gastos asociados a actuaciones realizadas antes de la fecha de publicación de esta convocatoria y el plazo de justificación de los gastos objeto de subvención será de tres meses a contar desde la finalización del plazo de ejecución que se establezca en la resolución de concesión. Los topes salariales máximos para gastos de personal técnico son:

Categoría

Salario incluidos gastos
de seguridad social
a cargo de la empresa

Euros/h
(1.800 h/año)

Director Técnico/Proyecto

88.869,78

49,37

Técnico Senior

73.390,71

40,77

Técnico Junior

57.911,64

32,17

Técnico Medio

50.172,10

27,87»

Madrid, 12 de mayo de 2010.–La Secretaria General de Industria, Teresa Santero Quintillá.

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