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Documento BOE-A-2010-8055

Resolución de 7 de mayo de 2010, de la Subsecretaría, por la que se anuncia el plazo de presentación de solicitudes de ayuda a proyectos susceptibles de ser financiados por el Instrumento Financiero LIFE+ de la Unión Europea, en los ámbitos temáticos de LIFE+ Naturaleza y Biodiversidad, LIFE+ Política y Gobernanza medioambientales y LIFE+ Información y Comunicación, convocatoria 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 19 de mayo de 2010, páginas 43692 a 43694 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2010-8055

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento (CE) n.º 614/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de mayo de 2007, relativo al Instrumento Financiero para el Medio Ambiente (LIFE+), publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea L 149, de 9 de junio de 2007, constituye la norma jurídica que regula el Instrumento Financiero LIFE+.

1. El objetivo general del Instrumento Financiero LIFE+, de acuerdo con el artículo 1 del Reglamento, es contribuir a la aplicación, actualización y desarrollo de la política y legislación comunitaria en materia de medio ambiente, en particular en lo que se refiere a la integración del medio ambiente en las demás políticas y al desarrollo sostenible en la Comunidad. LIFE+ respaldará la aplicación del 6.º PMA y financiará medidas y proyectos con valor añadido europeo en los Estados miembros.

2. La presente Resolución recoge lo establecido en la Convocatoria de Propuestas de LIFE+ para 2010 de la Comisión Europea, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea C 114, de 4 de mayo de 2010. Los proyectos a los que va dirigida y que, por tanto, podrán ser objeto de financiación con cargo al Instrumento Financiero LIFE+, serán los relativos a los tres componentes de que consta LIFE+.

3. Podrán presentar propuestas las entidades establecidas en los Estados miembros de la Unión Europea, tanto las instituciones como los agentes u organismos públicos o privados.

La presente convocatoria abarca los siguientes ámbitos:

a) Proyectos LIFE+ Naturaleza y Biodiversidad. Objetivo principal: proteger, conservar, restaurar, supervisar y facilitar el funcionamiento de los sistemas naturales, los hábitats naturales y la flora y la fauna silvestres, con el fin de detener la pérdida de biodiversidad, y, en particular, la diversidad de recursos genéticos, en la Unión Europea de aquí a 2010.

b) Proyectos LIFE+ Política y Gobernanza medioambientales. Objetivos principales:

Cambio climático: Estabilizar la concentración de gases de efecto invernadero en un nivel que impida un calentamiento global superior a 2°C.

Agua: Contribuir a la mejora de la calidad del agua desarrollando medidas rentables para conseguir un buen estado ecológico con vistas a elaborar el primer plan hidrográfico de cuenca con arreglo a la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (Directiva marco del agua).

Aire: Alcanzar niveles de calidad del aire que no den lugar a riesgos o efectos negativos significativos en la salud humana y el medio ambiente.

Suelo: Proteger y garantizar un uso sostenible del suelo conservando sus funciones, evitando las amenazas para el suelo, reduciendo los efectos de las mismas y restaurando los suelos degradados.

Medio ambiente urbano: Contribuir a mejorar el comportamiento medioambiental de las zonas urbanas europeas.

Ruido: Contribuir al desarrollo y la aplicación de políticas en materia de ruido ambiental.

Productos químicos: Mejorar la protección del medio ambiente y la salud frente a los riesgos que suponen los productos químicos a más tardar en 2020 mediante la aplicación de la legislación sobre productos químicos, en especial el Reglamento (CE) n.º 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (REACH) y la estrategia temática sobre el uso sostenible de los plaguicidas.

Medio ambiente y salud: Desarrollar la información de base para la política en materia de medio ambiente y salud (Plan de Acción Medio Ambiente y Salud para 2004-2010).

Recursos naturales y residuos: Desarrollar y aplicar políticas dirigidas a garantizar la gestión y el uso sostenibles de los recursos naturales y los residuos, mejorando el comportamiento medioambiental de los productos, los modelos de producción y consumo sostenibles y la prevención, recuperación y reciclado de residuos; contribuir a la aplicación efectiva de la Estrategia Temática sobre Prevención y Reciclado de Residuos.

Silvicultura: Proporcionar, especialmente, a través de una red de coordinación de la UE, una base completa y concisa de información pertinente a efectos de la elaboración de políticas en campos tales como el forestal, el cambio climático (impacto en los ecosistemas forestales, atenuación, efectos de sustitución), la biodiversidad (información de base y zonas forestales protegidas), los incendios forestales, la situación de los bosques y su función protectora (agua, suelo e infraestructuras), así como contribuir a la protección de los bosques contra los incendios.

Innovación: Contribuir al desarrollo y la demostración de enfoques políticos, tecnologías, métodos e instrumentos innovadores para apoyar la aplicación del Plan de Actuación a favor de las Tecnologías Medioambientales (ETAP).

Enfoques estratégicos: Fomentar la aplicación y ejecución efectivas de la legislación medioambiental comunitaria y mejorar la base de conocimientos para la política medioambiental; mejorar el comportamiento medioambiental de las PYME.

Cualquier propuesta de proyecto que aborde las prioridades arriba mencionadas será bien acogida, aunque la Comisión favorecerá aquéllas que tengan que ver con la gestión y el uso sostenible de los recursos naturales y los residuos.

c) Proyectos LIFE+ Información y Comunicación. Objetivo principal: divulgar información y fomentar la sensibilización en torno a los temas medioambientales, incluida la prevención de incendios forestales; respaldar las medidas de acompañamiento como información, actividades y campañas de comunicación, conferencias y formación, incluida la formación en prevención de incendios forestales.

Cualquier propuesta de proyecto que aborde las prioridades arriba mencionadas será bien acogida, aunque la Comisión favorecerá aquellas que traten de la pérdida de biodiversidad.

4. Los porcentajes de cofinanciación de la Unión Europea serán los siguientes:

a) Proyectos LIFE+ Naturaleza y Biodiversidad. El porcentaje de la contribución financiera comunitaria ascenderá como máximo al 50% de los gastos subvencionables.

Excepcionalmente, se aplicará un porcentaje máximo de cofinanciación del 75% a las propuestas dedicadas a hábitats o especies prioritarias recogidas en las Directivas sobre aves y hábitats.

b) Proyectos LIFE+ Política y Gobernanza medioambientales. El porcentaje de la contribución financiera comunitaria ascenderá como máximo al 50% de los gastos subvencionables.

c) Proyectos LIFE+ Información y Comunicación. El porcentaje de la contribución financiera comunitaria ascenderá como máximo al 50% de los gastos subvencionables.

5. El presupuesto general para las subvenciones de las actividades de los proyectos de LIFE+ en 2010 es de 243.243.603 EUR para todos los Estados miembros y, al menos, un 50 % de este importe se asignará a medidas de apoyo a la conservación de la naturaleza y la biodiversidad.

La asignación financiera indicativa para España para el año 2010 es de 26.079.259 EUR.

6. Para la convocatoria LIFE+ 2010 España ha seleccionado todas las Prioridades recogidas en el anexo II del Reglamento (CE) n.º 614/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de mayo de 2007, relativo al Instrumento Financiero para el Medio Ambiente (LIFE+).

7. La Convocatoria de Propuestas de la Comisión, los formularios específicos de solicitud, así como las Guías Informativas (versiones en inglés y en español) que incluyen explicaciones detalladas con respecto a la elegibilidad y los procedimientos, pueden obtenerse en la página Web de la Comisión Europea en la siguiente dirección: http://ec.europa.eu/environment/life/funding/lifeplus.htm.

Las solicitudes se presentarán según lo establecido en la Convocatoria de Propuestas LIFE+ de 2010 (2010/C 114/08), con fecha límite de presentación el día 1 de septiembre de 2010.

Los solicitantes deberán enviar dos ejemplares completos de los formularios de solicitud en formato electrónico PDF grabados en 2 CD-ROM o DVD, siguiendo las indicaciones establecidas en la guía para la presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán en sobre cerrado y deberán llevar exteriormente la inscripción Programa LIFE+ 2010 y la identificación del solicitante.

Se enviarán al Registro General del Ministerio a la dirección postal siguiente:

Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Dirección General de Servicios.

Oficina Presupuestaria.

Registro General.

Plaza de San Juan de la Cruz, s/n. 28071 Madrid.

Madrid, 7 de mayo de 2010.–El Subsecretario de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Santiago Menéndez de Luarca Navía-Osorio.

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