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Documento BOE-A-2010-6957

Orden IGD/1097/2010, de 16 de abril, por la que se crea un fichero de datos de carácter personal.

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 1 de mayo de 2010, páginas 39027 a 39028 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Igualdad
Referencia:
BOE-A-2010-6957
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2010/04/16/igd1097

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el artículo 52 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establecen que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en el diario oficial correspondiente.

Al Ministerio de Igualdad, en uso de las facultades atribuidas por los Reales Decretos 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, le corresponde la propuesta y ejecución de las políticas del Gobierno en materia de igualdad, lucha contra toda clase de discriminación y contra la violencia de género, así como, la elaboración y el desarrollo de las actuaciones y medidas dirigidas a asegurar la igualdad de trato y de oportunidades en todos los ámbitos, especialmente entre mujeres y hombres, y el fomento de la participación social y política de las mujeres.

A la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, órgano dependiente de la Secretaría General de Políticas de Igualdad del Ministerio de Igualdad, le corresponde, para el cumplimiento de los fines encomendados en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, proponer la política del gobierno contra la violencia sobre las mujeres y coordinar e impulsar todas las medidas llevadas a cabo en esta materia. Más concretamente, en virtud del artículo 5 del Real Decreto 1135/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad, le corresponde «el impulso de campañas de información y sensibilización especificas para prevenir la violencia de género.»

Para la efectiva implementación de la citada campaña en el marco de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, con fecha 14 de diciembre de 2009, se suscribió, por parte del Ministerio de Igualdad, un contrato para el diseño, realización y producción de la campaña de sensibilización «Tarjeta Roja» contra la violencia de género con la entidad adjudicataria, Arnoldfuel, S. L.

Una de las actuaciones previstas en el marco de la citada campaña es la puesta en marcha de la web www.sacatarjetaroja.es en la que se insertarán todas las actuaciones relacionadas con este proyecto y donde los ciudadanos y ciudadanas podrán unirse a la campaña a través del envío voluntario de su fotografía sacando tarjeta roja al maltratador, lo que se traduce en la creación de un fichero de titularidad pública para la recogida de las imágenes, cuyo tratamiento tiene encomendado la entidad adjudicataria, en calidad de encargada del tratamiento del fichero.

En consecuencia, corresponde al Ministerio de Igualdad, en calidad de Departamento ministerial responsable del citado fichero, declarar su creación, así como realizar ante la Agencia Española de Protección de Datos los trámites pertinentes para la solicitud de su inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

En su virtud, a fin de proceder a la creación del citado Fichero, dando cumplimiento al mandato legal recogido en la normativa de protección de datos dispongo:

Primero.–Se crea el Fichero de Datos de Carácter Personal www.sacatarjetaroja.es, de conformidad con los datos que se incluyen en el anexo de la presente Orden.

Segundo.–El Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, procederá a la notificación de la creación de este fichero a la Agencia Española de Protección de Datos, para la realización de los trámites oportunos para su inscripción en el correspondiente Registro General de Protección de Datos.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de abril de 2010.–La Ministra de Igualdad, Bibiana Aído Almagro.

ANEXO
Creación de fichero

Identificación del fichero: www.sacatarjetaroja.com.

Finalidad y usos previstos: Difundir todas las actuaciones relacionadas con la campaña de sensibilización en materia de violencia de género «Tarjeta Roja» y donde los ciudadanos y ciudadanas podrán unirse a la campaña a través del envío voluntario de su fotografía sacando tarjeta roja al maltratador.

Procedencia y procedimientos de recogida de datos: Las fotografías serán facilitadas por los propios ciudadanos y ciudadanas que de manera voluntaria se adhieran a la campaña, a través de la web www.sacatarjetaroja.com.

Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: El fichero tendrá un tratamiento automatizado y consistirá en las fotografías de los y las usuarias junto con el nombre facilitado por los y las mismas y la fecha de su envío. No sé solicitará ningún otro dato de carácter personal, fuera de la propia fotografía y un nombre real o ficticio facilitado por los y las usuarias.

Cesiones de datos de carácter personal: Las imágenes de quienes quieran participar voluntariamente en la campaña serán difundidas por Internet a través del sitio www.sacatarjetaroja.com.

Responsable del fichero: El Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género.

Servicio o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos, podrán ser ejercidos mediante comunicación escrita a la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, Ministerio de Igualdad, en calle Alcalá, n.º 37, CP 28071 Madrid, o a través de la dirección de correo electrónico violencia-genero@migualdad.es.

Nivel de seguridad: Nivel básico.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 16/04/2010
  • Fecha de publicación: 01/05/2010
  • Fecha de entrada en vigor: 02/05/2010
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE SUPRIME el fichero indicado, por Orden SSI/2584/2012, de 22 de noviembre (Ref. BOE-A-2012-14783).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE num. 130 de 28 de mayo de 2010 (Ref. BOE-A-2010-8545).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 438/2008, de 14 de abril (Ref. BOE-A-2008-6719).
    • art. 52 del Real Decreto Reglamento aprobado por 1720/2007, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-979).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Igualdad

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