Está Vd. en

Documento BOE-A-2010-5783

Resolución de 25 de marzo de 2010, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Subestación de Belinchón, líneas a 400 kV de entrada y salida en la subestación de Belinchón desde la línea Morata-Olmedilla y línea Morata-Cofrentes, y línea eléctrica a 400 kV Belinchón-Santa Cruz.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 10 de abril de 2010, páginas 32528 a 32547 (20 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2010-5783

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se encuentra comprendido en el apartado g) del grupo 3 del anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 3.1, con carácter previo a su autorización administrativa, se ha sometido a evaluación de impacto ambiental y procediendo formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 del RDL 1/2008 citado.

Según el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

Promotor y órgano sustantivo.–La tramitación y ejecución del proyecto es competencia de Red Eléctrica de España, S.A.U. (REE), quien declara que el Administrador de Infraestructuas Ferroviarias (ADIF) ha encargado a REE, la redacción de los correspondientes proyectos constructivos, así como la tramitación ambiental de los mismos, en nombre de ADIF, actuando el ADIF como promotor y titular de las líneas de acometida. El órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Objeto y justificación.–El objeto del proyecto es la construcción de las infraestructuras necesarias para la alimentación eléctrica de la línea de alta velocidad (LAV) Madrid-Levante. Para su funcionamiento es necesario que quede interconectada con la red de transporte de energía a 400 kV Morata-Olmedilla y Morata-Cofrentes. Por ello, será necesaria la construcción de una nueva subestación eléctrica (SE) en Belinchón, líneas a 400 kV de entrada y salida (E/S) desde la citada SE hasta la línea Morata-Olmedilla y la línea Morata-Cofrentes, así como una línea eléctrica a 400 kV Belinchón-Santa Cruz que conectará la SE proyectada con la futura SET de Santa Cruz.

Además, según el estudio de impacto ambiental, la SE de Belinchón, junto a sus conexiones con las actuales líneas a 400 kV Morata-Olmedilla y Morata-Cofrentes, servirá para el transporte de energía de futuros ciclos combinados.

Las instalaciones proyectadas se encuentran recogidas en la Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas del Ministerio de Industria, Desarrollo de las Redes de Transporte 2008-2016.

Localización.–Las actuaciones se desarrollan entre las provincias de Cuenca y Toledo (Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha), muy próximas a su confluencia con la Comunidad de Madrid. Concretamente en los términos municipales de Belinchón y Zarza de Tajo (Cuenca), y Santa Cruz de la Zarza (Toledo).

Descripción sintética.–Las actuaciones proyectadas, objeto de la presente declaración de impacto ambiental son las siguientes:

Subestación eléctrica a 400 kV de Belinchón.–Esta infraestructura reforzará la red de transporte en la zona, mejorando la seguridad y fiabilidad del sistema posibilitando la alimentación al tren de alta velocidad Madrid-Levante.

Ocupará una superficie total de 6 hectáreas y estará compuesta por un parque eléctrico de 400 kV que adoptará una configuración en interruptor y medio, con capacidad en total, para ocho calles, aunque inicialmente se equiparán cinco, disponiendo cada calle de tres interruptores. La SE dispondrá de tres tipos de embarrados: embarrados bajos (conexiones entre aparatos a 7,5 m de altura), embarrados altos (barras principales de tubo rígido de aluminio de 250/228 mm de diámetro a 13,5 m de atura en configuración apoyada sobre aisladores soporte) y tendidos altos de cable lapwing dúplex a 20,45 m de altura. Se construirán cinco casetas de relés, una por calle. La alimentación en baja tensión de los elementos de la SE se realizará a través del terciario de la misma, es decir, a través de uno de los transformadores auxiliares con que cuenta.

También forman parte de la SE los movimientos de tierra, cimentaciones, viales, cerramiento, canales de cable, accesos y edificio de control.

Líneas eléctricas.–Las líneas eléctricas aéreas que componen esta actuación son:

Línea de E/S desde la línea Morata-Olmedilla en la SE de Belinchón.

Línea de E/S desde la línea Morata-Cofrentes en la SE de Belinchón.

Línea a doble circuito (D/C) desde la SE de Belinchón a la SET de Santa Cruz.

Todas las líneas son de 400 kV, con dos circuitos trifásicos y dos conductores por fase. A continuación se describen las principales características de estas líneas:

Sistema: Corriente alterna trifásica.

Frecuencia: 50 Hz.

Tensión nominal: 400 kV.

N.º de circuitos: 2.

N.º conductores/fase: 3.

Tipo de apoyo: Torres metálicas de celosía.

Altura de los apoyos: Entre 40 m y 50 m de altura total.

Altura mínima de la catenaria sobre el terreno: 8 m.

Vano medio: 500 m.

Tipo de conductor:

Cóndor (AW).

Cardinal (AW) para la conexión con la línea Morata-Cofrentes.

Puesta a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado.

Tipo aislamiento: Vidrio templado V-210-BS.

Cimentaciones: Zapatas individuales.

Longitud:

Línea de SE Belinchón a línea Morata-Olmedilla: 3.451 m.

Línea de SE Belinchón a línea Morata-Cofrentes: 297 m.

Línea de SE Belinchón a SET Santa Cruz: 7.200 m

Términos municipales afectados:

Belinchón y Zarza de Tajo (Cuenca).

Santa Cruz de la Zarza (Toledo).

Alternativas. Inicialmente, el promotor se pronuncia respecto a la alternativa 0, de no actuación, señalando que, a favor de esta alternativa, se debe valorar el peso de los posibles valores ambientales de la zona. Sin embargo, indica, que la no realización del proyecto supondría ir en contra de los principios de optimización del sistema eléctrico nacional. Estas infraestructuras son necesarias para la alimentación de la LAV Madrid-Levante y, desde el punto de vista ambiental, existen una serie de beneficios directos globales, que se le pueden atribuir y que afectan al conjunto de emisiones de CO2 de España.

Atendiendo a una serie de criterios técnicos, ambientales y sociales se definieron las áreas donde potencialmente podría encajar el emplazamiento de la subestación y, en función de éstos, los posibles pasillos para el trazado de las líneas eléctricas.

Para el emplazamiento de la subestación se definieron las siguientes opciones:

Emplazamiento 1: situado en el término municipal de Belinchón, al sur del núcleo urbano, y al oeste de la autovía A-3, que une Madrid con Valencia.

Emplazamiento 2: en el término municipal de Zarza de Tajo, al norte de su núcleo urbano. Éste área se sitúa al oeste de la carretera CUV-3034 y a poco más de 5 km de la A-3.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Las posibilidades de corredores contemplados para los tendidos eléctricos han sido:

Tramo A: de unos 4,5 km y orientación noreste-suroeste. Discurre por los términos municipales de Belinchón, Zarza de Tajo, Santa Crur de la Zarza y Tarancón. Comunica el emplazamiento 1 de la SE de Belinchón con la subestación de Santa Cruz. Atraviesa los parajes El Canónigo, Garzón, y La Pajarera. En sus últimos metros cruza la carretera comarcal CUV-3033, la vía del tren Madrid-Cuenca y la carretera nacional N-400.

Tramo B: de unos 3,5 km. Parte del emplazamiento 1 de la SE de Belinchón hacia la línea de 400 kV Morata-Olmedilla, por el término municipal de Belinchón. Cruza la autovía A-3 poco antes de conectar con la línea eléctrica.

Tramo C: de uno 2,5 km. Comunica el emplazamiento 1 de la SE de Belinchón con la línea a 400 kV Morata-Olmedilla, discurriendo en su totalidad por el término municipal de Belinchón entre las dos líneas de 400 kV y entre el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) «Yesares del Tajo» y la zona de suelo urbanizable de Belinchón.

Tramo D: de unos 7 km de longitud. Enlaza el posible emplazamiento 2 de la SE de Belinchón con la subestación de Santa Cruz. Cruza los términos municipales de Zarza del Tajo y Santa Cruz discurriendo entre sus núcleos urbanos.

Tramo E: de aproximadamente 4,8 km. Comunica el emplazamiento 2 con la línea de 400 kV Morata-Olmedilla. Su extremo norte discurre por el municipio de Zarza de Tajo, y el sur por Fuentidueña de Tajo, cruzando la línea de 400 kV Morata-Cofrentes.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Combinando las posibles áreas para la subestación y los tramos de conexión de las líneas, se obtienen las siguientes tres alternativas:

Alternativa 1: Tramo E + Emplazamiento 2 + Tramo D.

Alternativa 2: Tramo C + Emplazamiento 1 + Tramo A.

Alternativa 3: Tramo B + Emplazamiento 1 + Tramo A.

Tras el análisis ambiental y técnico realizado para los emplazamientos de la subestación, teniendo en consideración las correspondientes líneas eléctricas, se obtuvo el emplazamiento 1 y los corredores B y A como los más favorables. De este modo, el promotor selecciona la alternativa 3 por ser la que menor afección ambiental produce.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

La zona de actuación se localiza principalmente en las comarcas de Mesa de Ocaña y La Mancha, dentro de la provincia de Toledo y Cuenca respectivamente, en su límite con la Comunidad de Madrid.

Respecto a la hidrología, el área de estudio se enclava en la cuenca del Tajo, salvo el extremo sureste que se sitúa en las proximidades de la cuenca del Guadiana. Sin embargo, la actuación proyectada no afecta a ningún curso fluvial relevante.

En general, la zona de estudio se encuentra en un territorio antropizado debido al uso agrícola y ganadero. No obstante, en áreas concretas aparecen zonas de bosque primitivo que albergan hábitats de interés. Entre las formaciones vegetales existentes, destaca la presencia de formaciones boscosas de coníferas procedentes en su mayoría de repoblaciones, la vegetación de ribera asociada a los cursos fluviales y la vegetación de matorral gipsícola como los jabunales y tomillares. Dentro del área de la actuación proyectada existen especies incluidas en el Cátalogo Regional de Especies Amenzadas de Castilla-La Mancha (Decreto 33/1998, de 5 de mayo), como Lepidium cardamine y Sysyumbrum cavanillesianum, catalogadas en peligro de extinción y de interés especial, respectivamente, si bien, las actuaciones proyectadas no afectan a las citadas especies.

La fauna presente se haya asociada a las diferentes unidades de vegetación descritas anteriormente. Así, en los bosques de coníferas se pueden encontrar mariposas isabelinas (Graellsia isabelae), especie vulnerable e incluida en los anexos II y VI de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. El grupo faunístico más significativo son las aves, destacando la presencia de aves esteparias como la avutarda común, sisón somún, cernícalo primilla, ganga ortega y ganga ibérica. Asimismo, se trata de una zona de invernada del milano real y cría de aguilucho lagunero. Por otro lado, en la zona de actuación destaca la posible existencia de especies catalogadas en peligro de extinción como el águila-azor perdicera (Hieraaetus fasciatus) y vulnerable el búho real (Bubo bubo), según el Cátalogo Regional de Especies Amenzadas de Castilla-La Mancha.

Los espacios protegidos existentes en el ámbito de actuación son el lugar de importancia comunitaria (LIC) ES4250009 yesares del Valle del Tajo (a unos 700 metros de la futura línea de E/S de la línea Morata-Cofrentes en la subestación de Belinchón), y la zona de especial protección de aves (ZEPA) ES0000170 área esteparia de la Mancha Norte que se sitúa a más de 2 km al sur de la futura línea a D/C de la SE de Belinchón a la SET de Santa Cruz. Asimismo, aproximadamente los últimos 1.400 m de ésta última línea se sitúan dentro del área importante para las aves (IBA) n.º 193 Tarancón-Ocaña-Corral de Almaguer.

En la zona de actuación también existen distintos hábitats incluidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, entre los que destacan, los hábitats prioritario 1520* vegetación gipsícola ibérica (Gypsophietalia) y 6220* zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea. Además, dentro del perímetro objeto del presente estudio aparecen comunidades gipsófilas y halófilas declaradas Hábitats de protección especial por la Ley 9/1999, de 26 de mayo de 1999, de las Cortes de Castilla-La Mancha de conservación de la naturaleza.

Por otro lado, en el área de actuación se tiene constancia de la existencia de los yacimientos arqueológicos Arroyo del Prado y Fuente de las Ánimas ambos situados en el término municipal de Belinchón. Asimismo, el ámbito de estudio es cruzado por las siguientes vías pecuarias: la Cañada Real Soriana, la Colada de la Dehesilla o el Garmón, el Cordel de La Asperilla, la Vereda de la Barca del Castillo, la Vereda de la Barca de Santa Cruz, el Descansadero de Santa Cruz, la Vereda del Cañuelo, la Vereda de San José, la Vereda de Las Asperillas, la Vereda Toledana, el Descansadero de las Eras, el Descansadero remanso de la Tejera, el Descansadero del Cerro Morrón y el Abrevadero de la Chopera. Además, existen varias masas forestales catalogadas Monte de utilidad pública.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.

3.1.1 Entrada documentación inicial.–Con fecha 12 de diciembre de 2007, se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el documento comprensivo del proyecto Subestación de Belinchón y de Santa Cruz y líneas a 400 kV Belinchón-Santa Cruz y de entrada y salida en Belinchón desde las líneas Morata-Olmedilla y Morata-Cofrentes, iniciándose así su tramitación ambiental.

En la fase inicial de tramitación ambiental (consultas previas) se contemplaba la construcción de una subestación de tracción (SET) en Santa Cruz de la Zarza, como una actuación del proyecto. Sin embargo, esta infraestructura, aunque está contemplada en el estudio de impacto ambiental, no ha sido sometida a información pública y, por lo tanto, no es objeto de la presente declaración de impacto ambiental. Asimismo, la citada SET de Santa Cruz, tal y como indica el estudio de impacto ambiental (EsIA), tiene la consideración de infraestructura ferroviaria según lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario. El proyecto básico de la mencionada SET, así como el proyecto constructivo de la misma, han obtenido las respectivas aprobaciones técnicas en fechas 28 de noviembre de 2007 y 29 de enero de 2008, de acuerdo a lo establecido en los artículos 6, 7 y 21 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario y el 13 del mencionado Real Decreto 2387/2004.

3.1.2. Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA) estableció, con fecha 6 de febrero de 2008, un periodo de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto presentado inicialmente, que estaba constituido por la subestaciones eléctricas de Belinchón y Santa Cruz de la Zarza y los tres tendidos de 400 kV.

En la tabla adjunta se presenta la relación de organismos consultados, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con el documento comprensivo:

Organismos consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad. Ministerio de Medio Ambiente (1).

Confederación Hidrográfica del Guadiana.

X

Confederación Hidrográfica del Tajo.

X

Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha.

Delegación del Gobierno en Madrid.

Dirección General de Política Forestal. Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural (2). Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

X

Dirección General de Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural (3). Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

X

Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla la Mancha. Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Dirección General de Patrimonio y Museos. Consejería de Cultura. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (4).

Dirección General de Industria Energía y Minas. Consejería de Industria y Sociedad de la Información (5). Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Dirección General del Medio Natural. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Comunidad de Madrid (6).

X

Dirección General de Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (7). Comunidad de Madrid

X

Dirección General de Patrimonio Histórico. Viceconsejería de Cultura y Deporte. Comunidad de Madrid (8).

X

Dirección General de Industria, Energía y Minas. Consejería de Economía y Consumo (9). Comunidad de Madrid

X

Diputación Provincial de Cuenca

Diputación Provincial de Toledo

Ayuntamiento de Belinchón (Cuenca)

Ayuntamiento de Tarancón (Cuenca)

Ayuntamiento de Zarza de Tajo (Cuenca)

Ayuntamiento de Santa Cruz de la Zarza (Toledo)

X

Ayuntamiento de Villarrubia de Santiago (Toledo)

Ayuntamiento de Estremera (Madrid)

Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo (Madrid)

Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo (Madrid)

Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés (Madrid)

Ecologistas en Acción

Ecologistas en Acción de Toledo

ADENA

SEO

Sociedad para la conservación de los vertebrados (SCV)

GREENPEACE

Asociación ecologista Amigos de la tierra

(1) En la actualidad, Dirección General (DG) de Medio Natural y Política Forestal. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM).

(2) En la actualidad, Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural.

(3) En la actualidad, Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente.

(4) En la actualidad, Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

(5) En la actualidad, Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente.

(6) En la actualidad, Dirección General del Medio Ambiente. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Comunidad de Madrid.

(7) En la actualidad, Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

(8) En la actualidad, Dirección General de Patrimonio Histórico. Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno. Comunidad de Madrid.

(9) En la actualidad, Consejería de Economía y Hacienda.

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas referidas a la construcción de la SE de Belinchón y a la ejecución de los tres tendidos eléctricos que parten de la citada subestación, son los siguientes:

Hidrología.–La Confederación Hidrográfica del Tajo destaca la necesidad de tomar las medidas necesarias para evitar el aporte de sólidos a los cauces consecuencia de la remoción de los materiales. Asimismo será de obligado cumplimiento la normativa vigente en materia de aguas y dominio público hidráulico; Real Decreto Legislativo 1/2001, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, y el Real Decreto 849/86, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Estudio de alternativas.–La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid y la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha estiman que la opción que generaría menor impacto es la que situaría a la SE de Belinchón en el emplazamiento 1. Del mismo modo, ambos organismos, consideran que, para las líneas de conexión de la SET de Santa Cruz con las líneas de 400 kV Morata-Olmedilla y Morata-Cofrentes, la alternativa que produciría menor afección ambiental sería la compuesta por la opción A más la B.

Estas alternativas son justificadas por suponer menor ocupación del suelo, presentar mejores accesos, situarse en terrenos llanos, no afectar a cursos de agua, ni atravesar hábitats prioritarios o zonas de alto valor paisajístico. Asimismo, se considera que los tendidos deben evitar discurrir por terrenos que alberguen formaciones vegetales naturales o hábitat favorables para las aves esteparias, y que se deberá evitar la apertura de nuevos caminos.

Avifauna.–La Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, advierte de que el trazado de la alternativa E afecta a una zona de alta densidad de avutarda, suponiendo una barrera añadida a las líneas eléctricas de 400 kV ya existentes.

Patrimonio arqueológico y paleontológico.–La Dirección General de Patrimonio Histórico de la Viceconsejería de Cultura y Deporte de la Comunidad de Madrid, considera que se deberá señalar el impacto que el proyecto pueda generar sobre el patrimonio histórico. Asimismo, considera que para una real y efectiva estimación del mismo debe realizarse una evaluación y valoración del patrimonio histórico y arqueológico afectado por el proyecto, cuyos resultados se deberán integrar en el estudio ambiental, de manera que sean tenidos en cuenta en el planteamiento de alternativas, y para la señalización de las medidas correctoras y las acciones preventivas necesarias.

Medio socioeconómico.–El Ayuntamiento de Santa Cruz de la Zarza (Toledo), alega que las instalaciones proyectadas suelen dejar las parcelas donde se ubican inutilizadas para cualquier uso constructivo futuro y solicita que se le garantice que se van a respetar todos los pasos a las parcelas.

Contenido del estudio de impacto ambiental.–La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, informa de que el estudio de impacto ambiental debe incluir, entre otros, los siguientes contenidos:

Estimación de los movimientos de tierras: Balance final de préstamos requeridos y excedentes generados.

Identificación y localización en cartografía de las superficies destinadas a parque de maquinaria y depósito de materiales. Descripción de estas áreas y siempre que sea posible, elección de aquellas áreas desprovistas de vegetación arbórea.

El destino más conveniente para las tierras limpias procedentes de excavación se considera la restauración topográfica de áreas degradadas.

Por su parte, la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, considera que el estudio de impacto ambiental deberá tener en cuenta estos otros aspectos:

Justificación de las causas que motivaron el planteamiento de la actividad.

Plantear un suficiente número de alternativas, debiendo evaluarse alternativas de soterramiento de la línea. Asimismo, se evaluarán las afecciones del proyecto sobre los hábitats y especies que motivaron la propuesta de la zona como LIC o ZEPA.

Inventario de hábitats de interés especial, incluidos en el Anejo I de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.

Inventario completo de flora y fauna, con especial atención a las especies incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas, con un amplio ámbito territorial.

Descripción detallada de las infraestructuras a instalar, incluyendo cartografía a escala adecuada.

Identificación exhaustiva de impactos, teniendo en cuenta las medidas de protección. Así como la valoración de los mismos y el desarrollo de un programa de medidas correctoras y un plan de vigilancia ambiental que garantice el cumplimiento de las mismas.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano Ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental remitió las consultas al promotor con fecha 10 de junio de 2008, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. Información pública. Resultado. Los anuncios de información pública de la solicitud de autorización administrativa, y el estudio de impacto ambiental, de las actuaciones que constituyen el proyecto, se publicaron de forma independiente, para las siguientes actuaciones:

Nueva subestación de 400 kV denominada Belinchón en el término municipal de Belinchón (Cuenca).

Línea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación de Belinchón de la línea Morata-Olmedilla en el término municipal de Belinchón (Cuenca).

Línea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación de Belinchón de la línea Cofrentes-Morata, en el término municipal de Belinchón (Cuenca).

Línea a 400 kV, doble circuito, denominada «Belinchón-Santa Cruz de la Zarza», en las provincias de Cuenca y Toledo.

En la siguiente tabla se muestran las fechas correspondientes a la publicación en información pública, así como la fecha de recepción del expediente de información pública en la DGCyEA, de cada una de las actuaciones:

 

BOE

BOP Cuenca

Recepción
expediente

Nueva subestación a 400 kV denominada Belinchón, en el término municipal de Belinchón (Cuenca).

06/03/2009 (n.º 56)

11/03/2009 (n.º29)

11/09/2009

Línea a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la SE de Belinchón de la línea Morata-Olmedilla, en el término municipal de Belinchón (Cuenca).

04/04/2009 (n.º 82)

15/04/2009 (n.º 43)

18/09/2009

Línea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la SE de Belinchón de la línea Cofrentes-Morata, en el término municipal de Belinchón (Cuenca).

4/04/2009 (n.º 82)

08/04/2009 (n.º 41)

18/09/2009

Línea a 400 kV doble circuito, denominada «Belinchón-Sta. Cruz de la Zarza» en las provincias de Cuenca y Toledo.

17/04/2009 (n.º 94)

22/04/2009 (n.º 46)

30/09/2009

Durante estos periodos de información pública, no se ha recibido ninguna alegación al proyecto.

Asimismo, se consultó a las administraciones afectadas y a las personas que fueron previamente consultadas en la fase de consultas, en cumplimiento del artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Recibiéndose informes de los siguientes organismos: Confederación Hidrográfica del Guadiana y Confederación Hidrográfica del Tajo; Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, Dirección General de Planificación Territorial de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, Delegación Provincial de Agricultura y Desarrollo Rural de Cuenca de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural y Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía, pertenecientes a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; Dirección General de Evaluación Ambiental y Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid; Ayuntamiento de Tarancón, Ayuntamiento de Santa Cruz de la Zarza y Ayuntamiento de Villarrubia de Santiago.

A continuación se resumen las principales consideraciones ambientales de dichos informes:

Afección al dominio público hidráulico y a los cauces.–La Confederación Hidrográfica del Tajo señala que toda actuación que se realice en el dominio público hidráulico, así como en la zona de policía de cualquier cauce público deberá disponer de la preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica, se han de respetar las servidumbres de 5 m de anchura de los cauces públicos y durante la fase de construcción, se deben tomar medidas para evitar la remoción de los materiales y su posterior arrastre, que pueda provocar incremento de sólidos en los cauces.

Afecciones a Montes de utilidad pública y masas forestales.–Aunque la Delegación Provincial de Agricultura y Desarrollo Rural de Cuenca, manifiesta que no aprecia afecciones significativas sobre los montes de utilidad pública ni sobre las vías pecuarias, indica una serie de prescripciones sobre las posibles afecciones a las masas forestales. De este modo, establece que:

La afección sobre la vegetación se compensará mediante la reforestación del doble de la superficie afectada o tratamientos silvícolas en 4 veces la misma en montes consorciados del término municipal de Belinchón o en otros terrenos que determine la Delegación de Agricultura y Desarrollo Rural de Cuenca.

Las plantas a emplear deberán proceder de viveros inscritos en el Registro de Productores de Plantas de vivero de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, viveros oficiales o, en su defecto, de viveros legalizados. Será de aplicación la normativa nacional sobre producción, comercialización y utilización de los materiales forestales de reproducción, así como cualquier otra que sobre dichos materiales se establezca con carácter general.

Los materiales de reproducción de las categorías material identificado y material seleccionado, deberán proceder de la misma región donde se ubiquen los terrenos a forestar o, en su defecto, de regiones próximas y con similares características ecológicas.

El acceso público a los montes podrá hacerse a través de los caminos y senderos dispuestos al efecto, asegurando siempre la preservación de los valores naturales.

Protección contra incendios. –Tanto la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha como la Delegación Provincial de Agricultura y Desarrollo Rural en Cuenca hacen constar que, de acuerdo con la legislación vigente en materia de incendio forestales en Castilla-La Mancha, durante la época de peligro de incendio, deberá prescindirse de la utilización de maquinaria y equipos en los montes y en las áreas rurales situados en una franja de 400 m alrededor de aquéllos. El arbolado, deberá guardar una distancia mínima de 6 m a los conductores de las líneas eléctricas y los restos procedentes de cortas y desbroces de vegetación deberán ser retirados de monte en el menor tiempo posible, no debiendo quedar ningún residuo en el comienzo de la época de peligro de incendio. Para su eliminación mediante quema, deberá obtenerse autorización de la Delegación de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de Cuenca.

Además, la citada Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente señala que los emplazamientos de grupos electrógenos y motores o equipos eléctricos o de explosión tendrán al descubierto el suelo mineral y la faja de seguridad alrededor del emplazamiento tendrá una anchura mínima de 5 m.

Medidas preventivas y correctoras.–La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha específica que:

Respecto a la localización de los apoyos, la línea eléctrica Belinchón-Santa Cruz debe respetar las manchas de vegetación natural, y el tendido de conexión con la línea Morata-Olmedilla debe realizar un análisis de las posibles ubicaciones de los apoyos.

En el diseño de las líneas eléctricas se cumplirá lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

Se sugiere que en el programa de vigilancia ambiental se alcance una mayor concreción, incluyendo aspectos relativos a la avifauna. Se deberán instalar salvapájaros, constituidos por tiras de neopreno en X, cada 10 m, y se programará un calendario de ejecución de las obras, en consenso con la Delegación Provincial de Industria, Energía y Medio Ambiente de Cuenca, que tenga en cuenta las fases críticas del desarrollo de la avifauna.

En relación con la posible afección a Áreas y recursos protegidos en el ámbito de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha, se estará a lo dispuesto por el Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha.

Se minimizará la apertura de accesos utilizando siempre que sea posible caminos ya existentes. Al mismo tiempo, la actuación no deberá suponer un obstáculo a uso común de los caminos públicos.

Finalmente, se deberá realizar una gestión adecuada de los residuos generados así como control de vertidos y depósitos incontrolados.

Por su parte, el Ayuntamiento de Santa Cruz de la Zarza (Toledo), considera que:

Se procurará evitar el impacto paisajístico, procurando mimetizar las obras.

Tendrá que especificarse tanto el vertedero de inertes como los recogedores autorizados que gestionen los residuos peligrosos.

Se cumplirán las medidas de protección acústica posibles.

La subestación debe contar con un sistema de recogida de fugas de aceite de los transformadores, al igual que las tuberías y las arquetas.

Los aceites dieléctricos deberán estar libres de policlorobifenilos (PCBs) y policloroterfenilos (PCTs).

Deberá instalarse un sistema de alarma y detección de incendios automático que se realice mediante central de alarme y detectores.

Realizar controles periódicos de los niveles de hexafluoruro de azufre SF6 y aceites dieléctricos.

En caso de utilizar SF6, se controlará periódicamente mediante la verificación de la presión o de la densidad con anotaciones de lecturas.

Por último, la Delegación Provincial de Agricultura y Desarrollo Rural en Cuenca señala que:

La circulación por los viales o pistas forestales no podrá superar la velocidad de 30 km/h.

Se utilizarán, siempre que sea posible, caminos ya existentes, previa mejora y acondicionamiento de los mismos.

Se garantizará el respeto al libre uso de los caminos públicos que pudieran verse afectados y la adecuada conservación de los que vaya a ser utilizados.

Patrimonio cultural. La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha recuerda que será necesaria la resolución favorable de la Delegación Provincial de Cultura, Turismo y Artesanía.

3.3 Fase previa a la declaración de impacto.

3.3.1 Consultas complementarias realizadas por el órgano ambiental.–Con fecha 11 de noviembre de 2009 la DGCyEA solicitó a la Dirección General de Política Energética y Minas que se consultara a todas las administraciones públicas afectadas previamente consultadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Igualmente, solicita la remisión de la información aportada por el promotor sobre el modo en que el resultado de dichas consultas son integradas en el proyecto, tal y como señala el artículo 9.5 del citado Real Decreto. Por último, en este mismo escrito se remite copia del informe recibido en la DGCyEA procedente de Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a fin de que se incluyera en el expediente y fuera remitido al promotor para su integración en el proyecto.

Con fecha 11 de diciembre de 2009 se recibe informe procedente de REE según el cuál se aceptan los términos generales del condicionado establecido por la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de modo que será tenido en cuenta en la ejecución del proyecto, estableciendo a su vez una serie de prescripciones.

Con fecha 15 de febrero de 2010, la Dirección General de Política Energética y Minas remite a la DGCyEA informes de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en relación con el proyecto, señalando que las instalaciones proyectadas no se encuentran afectadas por servidumbres aeronáuticas correspondientes a instalaciones aeronáuticas civiles, por lo cual, no existe inconveniente para la ejecución del proyecto.

Posteriormente, con fecha 26 de febrero de 2010 la Dirección General de Política Energética y Minas emite informe donde se da cumplimiento a las consideraciones realizadas por la DGCyEA de fecha 11 de noviembre, e incluye las respuestas de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, quien señala que ya había informado anteriormente sobre el citado proyecto, y del Ayuntamiento de Villarrubia de Santiago, indicando que no se han presentado alegaciones sobre el proyecto.

Por último, con fecha 17 de marzo de 2010 la Dirección General de Política Energética y Minas remite el informe elaborado por la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del MARM, donde se señala que las principales afecciones del proyecto ser la posible fragmentación de los hábitats prioritarios 1520* y 6220* por la línea de entrada y salida en la SE de Belinchón desde la línea Morata-Olmedilla, y el riesgo de colisión de la avifauna y quirópteros con las torretas y con los cables de tierra. Propone una serie de medidas específicas de protección para la avifauna y quirópteros, entre las que destacan:

Control del calendario de obras para evitar la afección a la avifauna durante las épocas de reproducción y dispersión.

Instalación de dispositivos salvapájaros en los cables de tierra y a una distancia no inferior a 20 m alternativamente entre los dos cables.

Instalación de elementos disuasorios o plataformas supletorias, próximas o en la coronación del tendido, para evitar o compatibilizar la nidificación de grandes aves.

En caso de detectar nidos en los apoyos, se identificarán las especies, y si éstas están amenazadas, se retrasarán las operaciones de mantenimiento hasta que los pollos abandonen el nido.

Control de la mortalidad de avifauna y quirópteros durante al menos dos años para localizar y, posteriormente, rectificar los puntos críticos.

3.3.2 Información complementaria solicitada al promotor por el órgano ambiental. Con fecha 11 de noviembre de 2009 se solicitó al promotor información en relación con la definición de la ejecución y uso de las instalaciones proyectadas, con la descripción detallada de los medios, equipos e instalaciones empleadas durante la fase de explotación para la realización del mantenimiento preventivo y la manipulación de todos los aparatos eléctricos que contengan aceite o gases dieléctricos, así como la justificación del cumplimiento con los niveles de ruido reglamentarios a límite de parcela y la descripción de la modalidad de suministro eléctrico en baja tensión para la alimentación de corriente alterna para la propia SE.

Como respuesta a la solicitud realizada al promotor, con fecha 1 de diciembre de 2009 se recibe en la DGCyEA escrito procedente de REE, en el cuál se contesta a las cuestiones planteadas, las cuales quedan integradas en el apartado 4.2. Impactos significativos de la alternativa elegida.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.–Para definir la ubicación más favorable para la SE de Belinchón, tanto desde un punto de vista ambiental como desde un punto de vista técnico, el promotor analizó las alternativas mediante criterios como la distancia a núcleos urbanos, posibles accesos, viabilidad de las líneas de enlace y grado de afección sobre diferentes elementos del medio (avifauna, paisaje, etc.).

Tras el análisis técnico y socioambiental se obtuvo como emplazamiento más favorable el emplazamiento 1 por los siguientes motivos:

Se trata de una zona de menor pendiente, implicando un menor movimiento de tierras.

La distancia desde la SE de Belinchón a la línea existente Morata-Olmedilla y a la SET de Santa Cruz es menor, por tanto, las líneas de conexión necesarias serán de menor longitud.

Se sitúa en un paisaje agrario de menor calidad ambiental y más antropizado, en el que la vegetación presente está formada principalmente por cultivos de secano.

La presencia de especies faunísticas se ve reducida respecto al emplazamiento 2.

Está fuera de espacios de la Red Natura 2000 y de Hábitats de protección especial recogidos en la Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha.

No afecta a elementos de patrimonio declarados, ni a vías pecuarias, ni a montes de utilidad pública.

La subestación se sitúa más alejada del núcleo urbano y la orografía existente dificulta la visibilidad del emplazamiento.

Respecto a la elección de los trazados óptimos de las futuras líneas eléctricas, tras el análisis técnico y socioambiental, el promotor considera que los tramos con menor afección son los tramos A y B, descritos en el apartado 1 de la presente declaración, debido a que:

La combinación de ambos tramos es la de menor longitud y son los tramos que discurren sobre menor pendiente.

Presentan mayor facilidad de accesos.

No sobrevuelan arroyos, ni vías pecuarias, ni montes de utilidad pública.

Son los que menor afección producen sobre la vegetación, ya que discurren casi en su totalidad sobre áreas de cultivo y pequeñas áreas de matorral.

Corresponde con la ubicación de la subestación de Belinchón en el emplazamiento 1, considerada la alternativa menos impactante.

Una vez analizadas las posibles ubicaciones y los diferentes tramos, se definió, desde el punto de vista del medio natural, social y paisajístico, la alternativa 3: Tramo B+ Emplazamiento 1+ TRAMO A, como la alternativa de menor impacto, coincidente con la propuesta por la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid y la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

4.2. Impactos significativos de la alternativa elegida.–A continuación se exponen, para los elementos del medio más relevantes, los impactos más significativos y las medidas preventivas y correctoras, recogidas en el estudio de impacto ambiental:

Atmósfera y ruido.–El principal impacto sobre este factor se produce durante la fase de construcción de la SE como consecuencia de los movimientos de tierra a realizar y como consecuencia de la presencia de maquinaria, que pueden producir aumento del polvo y del ruido en la zona. Además, se podrían producir emisiones accidentales de SF6 durante el mantenimiento de la maquinaria y la explotación de la SE. Asimismo, el efecto corona producido por las líneas eléctricas puede generar ruido y campos eléctricos y magnéticos. Sin embargo, la SE se sitúa a más de 2 km del núcleo de población más cercano (Belinchón) y, en el caso de las líneas eléctricas, todas las viviendas habitadas se localizan fuera del corredor, a distancias superiores a los 200 m, por lo que este impacto se considera poco significativo. Por otro lado, la antena más cercana se sitúa a una distancia superior a 1 km, por lo que no se prevén interferencias.

Respecto a las emisiones de polvo, se procederá al riego periódico de los viales de acceso durante los periodos de sequía prolongados.

En cuanto a la posibilidad de fugas de SF6, presente en los interruptores de la SE, durante la fase de explotación, el promotor contempla la estanqueidad de los equipos y la realización de un mantenimiento preventivo periódico de todos aquéllos que contengan este gas, la instalación de una zona de mantenimiento para la recuperación del hexafluoruro y la utilización de detectores de pérdidas de SF6.

Hidrología.–La afección principal que podrían sufrir los cursos de agua es el aumento de sólidos consecuencia de los movimientos de tierra realizados para la instalación de los nuevos apoyos, sin embargo, la alternativa seleccionada no presenta ocupación del dominio público hidráulico y se evitará la aparición de procesos erosivos que puedan afectar a la red de drenaje, minimizando los movimientos de tierras en la fase de obra. Además, la profundidad de las cimentaciones será muy escasa y los taludes de desmonte y terraplén tendrán una pendiente inferior al 30% y un acabado rugoso que facilite su revegetación, para evitar el arrastre de partículas por escorrentía.

Por otro lado, durante la ejecución de las obras se podrían producir vertidos accidentales por lo que para minimizar este impacto se instalarán bandejas metálicas para la colocación de los recipientes que contengan combustibles durante la fase de obra. Asimismo, se realizarán los cambios de aceites de maquinaria en taller autorizado o con los accesorios necesarios para evitar derrames y se dispondrá una zona específica para la limpieza de cubas de hormigonado que será posteriormente regenerada al finalizar la obra. Además, los transformadores dispondrán de fosos de recogida de aceite con capacidad para el 100% del contenido en la máquina, conectado con un depósito colector. No obstante, en caso de producirse algún vertido se limpiará la zona afectada gestionando los residuos que se generen conforme a la legislación vigente.

Edafología y geomorfología.–La retirada del sustrato, para la explanación del terreno ocupado por la subestación, podría incrementar el riesgo de erosión que se traduciría en la alteración de las características geomorfológicas del suelo. No obstante, según se indica en el EsIA, la SE de Belinchón, se ubicará en una zona con pendiente inferior al 5%, por lo que no se prevén movimientos de tierra significativos, alterándose el suelo de forma local sin producir procesos erosivos de importancia. Igualmente, los nuevos caminos de acceso permanente para las líneas dispondrán de cunetas y drenajes transversales para canalizar la escorrentía y controlar los citados procesos erosivos.

En cuanto a la línea eléctrica, el montaje e izado de apoyos, el tendido de cables y la apertura de calles generarán la rotura de los horizontes superiores del suelo, implicando un aumento del riesgo de erosión y la compactación del suelo, que puede impedir o retrasar el desarrollo de la cubierta vegetal.

Asimismo, se producirá una ocupación del suelo con la consiguiente pérdida de capacidad de uso para fines agrícolas o como pastos, y posible contaminación puntual por vertidos accidentales.

Para paliar en la medida de lo posible los procesos erosivos, consecuencia de los movimientos de tierra, se emplearán patas desiguales en los apoyos, en aquellos casos en los que sea necesario, y se elegirán zonas de mínima pendiente en todo momento para su instalación. Del mismo modo, los taludes de desmonte y terraplén tendrán una pendiente inferior al 30% y un acabado rugoso para facilitar su revegetación.

Por otro lado, en los terrenos en dónde se emplace la futura SE se retirará y acopiará la tierra vegetal de manera adecuada para su posterior reutilización en la restauración paisajística. Igualmente, al finalizar las obras se procederá a la restauración de las superficies de trabajo, consistente en una descompactación mediante escarificado-subsolado, seguido de aporte de abono mineral y la restauración de los tramos de caminos abiertos que no vayan a ser necesarios para las tareas de mantenimiento. Además, se construirá un depósito de almacenamiento de residuos, que permitirá clasificar y almacenar adecuadamente los que se generen durante la explotación de la SE.

Vegetación.–Las acciones identificadas por el EsIA como posibles causantes de afección sobre la vegetación, son las correspondientes al movimiento de tierras y a la posible apertura de calles. De este modo, debido al movimiento de tierras asociado a la construcción de la SE de Belinchón, se producirá una pérdida total de la vegetación existente consistente principalmente en vegetación de erial y cultivos herbáceos y leñosos (olivar y vid).

Durante las labores de tendido de los conductores de la línea puede ser necesario llevar a cabo podas o cortas en caso de existir vegetación de cierto porte.. Por otro lado, en el caso de zonas de cultivos y arbustos no se prevé la necesidad de abrir calles de seguridad al quedar la banda de vegetación bajo la línea que será sobrevolada. Además, todos los apoyos de la línea Belinchón-Santa Cruz se ubicarán fuera de la vegetación natural existente, mientras que los de la línea de E/S de Belinchón desde la línea Morata-Olmedilla se localizarán fuera de las formaciones halófilas de albardinales salinos y comunidades gipsícolas y se utilizarán los accesos existentes siempre que sea posible, con el fin de evitar la afección sobre el medio.

Respecto a los hábitats declarados por la Ley 42/2003, de 13 de diciembre, únicamente la línea de entrada y salida en la SE de Belinchón desde la línea Morata-Olmedilla, podrá afectar a los hábitats no prioritarios 4090 y 1430 y a los hábitats prioritarios 1520* y 6220*. Con la finalidad de minimizar la afección a los mismos se seleccionarán como puntos de apoyo zonas destinadas a la actividad agrícola sin que sea necesaria la apertura de calles y por tanto, sin afectar a los pies arbóreos y arbustivos. Además, se procederá al balizamiento del perímetro de los hábitats prioritarios citados así como de los albardinales salinos, para garantizar su protección.

Por último, el promotor realizará una revegetación de las zonas afectadas.

Fauna.–La construcción de la SE y la apertura de calles y/o acondicionamiento de accesos puede suponer la pérdida de hábitats y la potencial destrucción de nidos y madrigueras, además de las molestias ocasionadas por el propio desarrollo de las obras.

Durante la fase de explotación el principal impacto considerado es el riesgo de colisión de la avifauna contra los cables de tierra. Para minimizar este efecto se instalarán dispositivos salvapájaros en todo el trazado de la línea a 400kV Belinchón-Santa Cruz de la Zarza, así como en la línea de conexión de la SE de Belinchón con la línea de Morata-Olmedilla.

Por último, el EsIA señala la emisión de ruido, como posible impacto sobre la fauna, producido durante la fase de funcionamiento. Los ruidos producidos por la SE pueden alterar el comportamiento de la fauna provocando un desplazamiento de las especies más sensibles. Por ello, se condicionará la ejecución de las obras que supongan una mayor generación de ruido para no interferir en las épocas de reproducción y cría, mediante la propuesta de un calendario de obras que se comunicará a la Delegación Provincial de Industria, Energía y Medio Ambiente de Cuenca para su aprobación.

Infraestructuras.–Los efectos sobre las infraestructuras de comunicación se limitan a posibles daños en las mismas debidas al paso de vehículos, sin embargo, se procederá a su reposición. Durante la fase de construcción de la subestación, puede darse un aumento del tránsito de maquinaria pesada, existiendo una variación en las condiciones de circulación, en la carretera comarcal que une Belinchón con Zarza del Tajo.

Paisaje.–Los efectos que la SE y las líneas eléctricas ocasionarán en el paisaje se producirán durante la fase de construcción y la de explotación. Durante la fase de construcción se ha considerado como impacto negativo la presencia de maquinaria. Durante la fase de explotación, el impacto se debe a la intrusión visual. En el caso de la SE de Belinchón, el EsIA considera que la afección será poco importante ya que quedará oculta por el relieve alomado en el que se ubica. Las líneas eléctricas serán visibles, en el caso de la línea eléctrica Belinchón-Santa Cruz desde la carretera CUV-3033 a su paso por el ámbito de estudio, y la línea de Belinchón a la línea de 400 kV Morata-Olmedilla será vista desde la autovía A-3.

Finalmente, el promotor indica que se procederá a la integración paisajística de las zonas degradadas por el proyecto.

Patrimonio cultural.–Los posibles impactos se localizan en la fase de construcción, derivados de la explanación del parque de la subestación, de la ocupación física de los apoyos y de los nuevos accesos a los mismos. No obstante, se realizará una prospección arqueológica para la cual se ha obtenido con fecha 5 de agosto de 2009 resolución favorable para su realización procedente de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Además, de todas las medidas expuestas, en el condicionado de la presente declaración se establecen medidas específicas de protección.

4.3. Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas correctoras que a continuación se detallarán.

Impactos ambientales

Medidas correctoras

Atmósfera y ruido

Aumento del ruido producido por la presencia del transformador y líneas.
Contaminación derivada del movimiento de maquinaria.
Escape accidental de SF6.

Trazado a suficiente distancia de viviendas.
Utilización de maquinaria que cumpla con la normativa vigente.
Riegos periódicos.
Utilización de equipos estancos y de recuperación del SF6.

Hidrología

Contaminación de los cursos de agua
Aumento de sólidos en suspensión en cursos superficiales.

Instalación de tubos drenantes y colectores que evacuen las aguas de la subestación e impidan arrastres de materiales.
Disposición de fosos estancos en la base de los transformadores.
Instalación de bandeja metálica para la colocación de los recipientes que contengan combustibles durante la fase de obra.
Realizar cambios de aceites de maquinaria en taller autorizado o con los accesorios necesarios para evitar derrames.

Edafología y Geomorfología

Aumento de los procesos erosivos.
Compactación y degradación de los terrenos.
Modificación de la morfología.
Ocupación del suelo.
Contaminación por vertidos incontrolados.

Ubicación de subestación en terreno llano.
Uso de patas desiguales en los apoyos de las líneas eléctricas.
Limitación de uso de maquinaria pesada.
Preservación de la capa herbácea original.
Compensación de los excedentes y déficit de tierras y correcta retirada y acopio de tierra vegetal.
Mantenimiento preventivo de los equipos.
Prohibición de vertidos al suelo y correcta gestión de residuos tóxicos.
Construcción depósito de almacenamiento de residuos.

Vegetación

Afección a vegetación de interés.
Pérdida del suelo dedicada al cultivo de cereal y viñedo.

Balizado como perímetro de protección de los hábitats prioritarios 1520* y 6220*, y en las formaciones de albardinales salinos.
Balizado de ejemplares aislados.

Fauna

Mortalidad de avifauna por colisión.

Instalación de espirales salvapájaros.
Elaboración de un calendario de obra.

Paisaje

Modificación de la percepción visual.

Acabado de taludes suave, uniforme y acorde con el entorno.
Análisis del uso de un color de grava similar al color de la zona.
Integración paisajística de zonas degradadas.

Patrimonio Cultural

Posible afección a yacimientos arqueológicos no declarados.

Seguimiento arqueológico.
Se atenderán las recomendaciones provenientes de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

5. Condiciones al proyecto

Para la realización del proyecto, tanto el promotor como el contratista, deberán cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el EsIA y en el plan de vigilancia ambiental, así como las siguientes condiciones de protección ambiental específicas:

5.1 Atmósfera y ruido.–La circulación por los viales o pistas forestales no podrá superar la velocidad de 30 km/h según señala la Delegación Provincial de Agricultura y Desarrollo Rural de Cuenca.

Durante la fase de explotación, se realizará un mantenimiento preventivo de todos los aparatos eléctricos que contengan aceite o gases dieléctricos y se realizará un control del gas SF6 de manera periódica, mediante la verificación de la presión o de la densidad, con anotación de lecturas fuera de valor y acción correctiva programada si se confirman fugas. Además, en las actuaciones de mantenimiento que requieran vaciado de gas, se realizará una recuperación del mismo, mediante un equipo de recuperación. Igualmente, todos los residuos procedentes del uso del SF6 serán debidamente gestionados y trasladados a un gestor autorizado de residuos peligrosos.

Los aceites dieléctricos empleados deberán estar libres de PCBs y PCTs.

5.2 Protección del suelo y de la vegetación.–Se minimizará la apertura de accesos utilizando siempre que sea posible caminos ya existentes. Por ello, deberá justificarse la apertura de nuevos accesos y garantizar un adecuado diseño y restauración de estas infraestructuras.

En las zonas en la que se sobrevuelan teselas de los hábitats prioritarios 6220* zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea y/o 1520* vegetación gipsícola ibérica (Gypsophietalia) el tendido de la línea eléctrica se realizará a mano y el izado de apoyos con pluma, evitando el paso de vehículos todoterreno y maquinaria pesada.

Sobreelevación de la catenaria mediante el recrecido de apoyos en tramos del trazado próximo a arbolado; de modo que se guarde una distancia mínima de 6 m entre los conductores y el arbolado.

En caso de que el proyecto afecte finalmente a zonas forestales, se reforestará el doble de la superficie forestal afectada, o se realizarán tratamientos silvícolas en 4 veces la misma superficie, sobre montes consorciados del término municipal de Belinchón o sobre los terrenos que determine la Delegación de Agricultura y Desarrollo Rural de Cuenca. Se aplicará la normativa nacional sobre producción, comercialización y utilización de los materiales forestales de reproducción, procurando utilizar material procedente de la misma región donde se ubiquen los terrenos a forestar.

Las plantas a emplear en la revegetación deberán proceder de viveros inscritos en el Registro de Productores de Plantas de vivero de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, viveros oficiales o, en su defecto, de viveros legalizados.

Para las instalaciones situadas en áreas forestales, se contará con medidas de prevención de incendios y medidas para posterior extinción, así como un sistema de detección de incendios. Además, se diseñará un Plan de Prevención de Incendios en función de la época del año y de la vegetación existente en cada zona y de acuerdo con lo establecido en el Plan Especial de Emergencias por Incendios Forestales de Castilla-La Mancha.

Durante la época de mayor peligro de incendio, se prescindirá del uso de maquinaria susceptible de provocar incendios forestales y, durante la ejecución de las obras, se eliminarán del monte los restos procedentes de cortas y desbroces. Se estará a lo dispuesto en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

5.3. Protección de los recursos hídricos.–Aunque en el EsIA se indica que ni la SE ni las líneas proyectadas afectan a cursos fluviales, para el resto de las infraestructuras del proyecto (caminos, instalaciones auxiliares, etc) se dará cumplimiento del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y toda la normativa de aguas vigente, como el Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio.

5.4 Protección de la fauna.–En el diseño de las líneas eléctricas se cumplirá lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, así como se tendrán en cuenta las recomendaciones realizadas por la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del MARM y la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Se programará un calendario de ejecución de las obras que tenga en cuenta las fases críticas del desarrollo de la avifauna, en consenso con la Delegación Provincial de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de Cuenca.

Se instalarán elementos disuasorios o plataformas supletorias, próximas o en la coronación del tendido, para evitar o compatibilizar la nidificación de grandes aves, según indica la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del MARM.

En caso de detectar nidos en los apoyos, se identificarán las especies, y si éstas están amenazadas, se retrasarán las operaciones de mantenimiento hasta que los pollos abandonen el nido.

El promotor de la instalación, o en su caso el titular de la misma, pondrá en conocimiento del órgano ambiental competente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de forma inmediata, cualquier incidente que se produzca en las instalaciones objeto del presente proyecto, con relación a la avifauna y quirópteros existentes en la zona (colisión, intento de nidificación en los apoyos, etc.), al objeto de determinar las medidas suplementarias necesarias a disponer, las cuales serán de obligado cumplimiento para el promotor o titular de las instalaciones.

5.5 Protección del paisaje.–Deberá elaborarse un proyecto de revegetación y de restauración de las zonas afectadas por las obras incluyendo los accesos provisionales, las instalaciones anejas, los acopios de materiales, el parque de maquinaria, etc. El proyecto deberá prever asimismo su cronograma y financiación.

5.6 Protección del patrimonio cultural.–Si durante los trabajos de ejecución del proyecto apareciera algún yacimiento, hallazgo suelto o indicios de los mismos que pudieran tener un significado arqueológico o paleontológico de importancia valorable por especialistas, la empresa responsable de obras, o las subcontratas, deberán paralizar cautelarmente las labores que pudieran suponer afección de los restos y/o evidencia de los mismos y remitir, de forma inmediata, a la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha un informe del hecho para su valoración y determinación de si procede la realización de una excavación de urgencia para recuperar los restos arqueológicos. En todo caso, la actividad no se reanudará en dicho punto hasta que no exista una comunicación del Servicio mencionado en tal sentido.

En caso de afección a vía pecuarias, se deberá cumplir con lo establecido en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. Para poder realizar cualquier actuación sobre los terrenos de las vías pecuarias afectadas deberá contarse previamente con la autorización del organismo autonómico competente.

5.7 Elementos socioeconómicos.–Se garantizará el respeto al libre uso de los caminos públicos que pudieran verse afectados y la adecuada conservación de los que vaya a ser utilizados.

5.8 Residuos.–Los residuos y materiales sobrantes de las obras se gestionarán adecuadamente mediante el traslado a un vertedero controlado, o almacén según el caso, que se realizará simultáneamente al acabar las diversas labores de construcción y tendido.

Para la gestión de los aceites usados y cualquier otro residuo de carácter peligroso que se genere en la fase de construcción de la línea eléctrica se estará a lo especificado en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, y su desarrollo normativo.

5.9 Desmantelamiento.–Una vez finalice el periodo de vida útil de las líneas eléctricas proyectadas, se procederá a su desmantelamiento y tras éste se llevará a cabo una revegetación y restauración de las zonas afectadas, que deberá contemplar todas las superficies de las obras, incluyendo las áreas de los apoyos a desmontar, los accesos provisionales que no se consideren necesarios por parte de los propietarios, las instalaciones anejas, los acopios de materiales sobrantes, parque de maquinaria, etc.

Los materiales procedentes del desmantelamiento se almacenarán junto con los residuos de construcción, según lo establecido, respecto a su manejo y tiempo de almacenamiento, por las indicaciones del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, hasta su traslado definitivo a una planta de reciclaje o almacén autorizado. Los restos de las cimentaciones de los apoyos desmontados deberán trasladarse a un depósito de sobrantes apto para este tipo de residuos. Asimismo, se retirarán los aisladores desmontados.

Una vez desmanteladas las líneas se ejecutará el proyecto de integración ambiental y paisajística de la calle, caminos de acceso y apoyos de la misma.

5.10 Programa de Vigilancia Ambiental.–El Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) servirá para asegurar la aplicación de las medidas preventivas y correctoras, realizar el seguimiento de la eficacia de las mismas, controlar la magnitud de los impactos y definir nuevas medidas correctoras, en el caso de que las ya aplicadas no sean suficientes. Incluirá el modo de seguimiento de las actuaciones tanto en la fase de construcción como en la de operación, mantenimiento y desmantelamiento de las infraestructuras, así como la descripción del tipo de informes, su frecuencia y su periodo de emisión.

En el seguimiento previsto se destacan las siguientes acciones:

Fase de construcción: Se realizará un control permanente de las obras en el que participarán la empresa concesionaria y los servicios de vigilancia de REE. El control se realizará sobre las empresas contratistas y sobre la zona afectada por las obras, comprobando su correcta zonificación y señalización, el almacenamiento y trasiego de sustancias peligrosas, el mantenimiento de maquinaria, la gestión de residuos, la preservación del patrimonio arqueológico, los accesos, la retirada y acopio de tierra vegetal, la emisión de polvo y partículas, los dispositivos salvapájaros, etc.

Fase de operación y mantenimiento: Una vez finalizada la fase de construcción se redactará un último informe en el que se establecerá el PVA para esta fase. Contemplará como mínimo la supervisión de las zonas a restaurar y el análisis de la incidencia de los tendidos sobre la avifauna.

Durante la fase de construcción se elaborará un informe semestral con los aspectos ambientales supervisados.

Durante los primeros 3 años de la fase de explotación se elaborarán informes anuales e informes especiales, en respuesta a circunstancias excepcionales, que también se contemplan para la fase de construcción.

Los informes del PVA indicados anteriormente, quedarán a disposición de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y podrá requerirlos cuando lo considere oportuno.

El promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica la DIA.

Conclusión.–En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Subestación de Belinchón, líneas a 400 kV de E/S en la SE Belinchón desde la L/Morata-Olmedilla y L/Morata-Cofrentes, y línea eléctrica a 400 kV Belinchón-Santa Cruz concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa constituida por los trazados de las líneas eléctricas en los pasillos A y B, y el emplazamiento 1 de la subestación eléctrica en Belinchón y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 25 de marzo de 2010.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid