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Documento BOE-A-2010-2962

Resolución de 20 de enero de 2010, de la Secretaría de Industria y Empresa, del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, de certificación del producto fabricado por Riposol GMBH, con contraseña GPS-8373: panel solar.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 23 de febrero de 2010, páginas 17741 a 17742 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2010-2962

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Secretaría de Industria y Empresa, del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Energie Solaire Hispano Swiss, S.A., NIF A-62029244, con domicilio social en la calle Cantir, 24, polígono industrial Can Magarola, de Esparreguera, provincia de Barcelona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por Riposol, GmbH, en sus instalaciones industriales ubicadas en Industriepark 12, 9330 Althofen (Austria): Panel solar.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se solicita y que el laboratorio Arsenal Research, mediante certificado con clave 2.04.00555.1.0-1a-LT, de fecha 27/03/2008 y 2.04.00555.1.0-1a-QT, de fecha 27/03/2008, donde ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 891/1980, de 2 de abril («BOE» 12/05/80), la Orden ITC/71/2007, de 22 de enero («BOE» 26/01/07), y por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, (BOE 6-2-96), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo («BOE» 26-4-97), y de acuerdo con la Orden TIC/2761/2008, de 26 de septiembre, por la que se amplia el plazo de la disposición transitoria segunda de la Orden ITC/71/2007. También ha presentado el certificado de cumplimiento de la norma UNE-EN ISO 9001 vigente.

De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986, he resuelto:

Certificar el tipo del citado producto, con contraseña de certificación GPS-8373, con fecha de caducidad el 20/01/2012, disponer como fecha límite el día 20/01/2012, para que el titular acredite que en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo certificado, los que se detallan a continuación:

Dimensiones del colector y especificaciones generales:

Fabricante: Riposol, GmbH.

Marca y modelo del colector: Energie Solaire, CuSel 26.

Área de apertura: 2,364 m2.

Área total: 2,60 m2.

Fluido de trabajo: Propileno glicol/mezcla agua.

Presión máxima: 10 bares.

Tipo constructivo: Plano.

Peso colector vacío: 55,55 Kg.

Resultados del ensayo.

Rendimiento térmico:

ηο

0,751

 

a1

3,389

W/m2K

a2

0,013

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura

 

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm–Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

627

1.159

1.692

30

452

974

1.507

50

231

763

1.296

Esta certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o Disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Universidades y Empresa, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 20 de enero de 2010.–El Secretario de Industria y Empresa, P. D. de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe del Servicio de Automóviles, Productos y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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