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Documento BOE-A-2010-19688

Resolución de 16 de diciembre de 2010, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se aprueba la concesión de subvenciones a las Asociaciones Profesionales de Secretarios Judiciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 22 de diciembre de 2010, páginas 105591 a 105592 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2010-19688

TEXTO ORIGINAL

Por Orden JUS/1352/2010, de 18 de marzo (BOE de 25 de mayo de 2010), se establecieron las bases de la concesión de subvenciones a las Asociaciones Profesionales de Secretarios Judiciales y por Resolución de 8 de julio de 2010 (BOE de 20 de julio), de la Secretaría de Estado de Justicia, se convocaron subvenciones para dichas Asociaciones, con los plazos y demás requisitos para la concesión de las mismas.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010, establece con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia, en el concepto presupuestario 482 del programa 112 A servicio 02, la cuantía máxima de estas subvenciones destinadas a la financiación de actividades y estudios que realicen las Asociaciones Profesionales de Secretarios Judiciales legalmente constituidas que tengan por finalidad la mejora del servicio público de la Justicia en general y en particular, las que tengan por objeto una participación activa en los proyectos de reforma de la Justicia.

La cuantía establecida para el ejercicio 2010 es de 52.500 €.

De acuerdo con lo previsto en la mencionada Resolución y dentro del plazo establecido en la misma, presentaron solicitud las siguientes asociaciones:

Unión Progresista de Secretarios Judiciales (en adelante UPSJ).

Colegio Nacional de Secretarios Judiciales (en adelante CNSJ).

Sindicato de Secretarios Judiciales (en adelante SISEJ).

Vista la propuesta de Resolución del órgano colegiado a que se refiere al artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y previa la fiscalización favorable de la Intervención Delegada en el Departamento, resuelvo:

Hacer un reparto proporcional en relación con la puntuación obtenida, siguiendo los criterios de valoración establecidos en el punto cuarto de la Orden JUS/1352/2010, de 18 de marzo.

Conceder a la asociación UPSJ la cantidad de 18.375 euros, al obtener:

Por el criterio a) (número de asociados): 2 puntos, ya que cuenta con un total de 435 asociados, constituyendo éstos el 10,75% del total del colectivo de Secretarios Judiciales.

Por el criterio b) (vinculación de las actividades propuestas con el objeto de mejora y modernización del servicio público de la Justicia): 3 puntos, en atención al contenido del XXI Congreso de la Unión Progresista de Secretarios Judiciales.

Por el criterio c) (medidas empleadas para el desarrollo de las actividades propuestas, tales como equipo humano, técnico e instalaciones): 2 puntos, al contar con un local, página web, ordenador, teléfonos móviles.

Por tanto la puntuación total obtenida es de 7 puntos.

Conceder a la asociación CNSJ la cantidad de 23.625 euros, al obtener:

Por el criterio a) (numero de asociados): 4 puntos, ya que cuenta con un total de 1.178 asociados, constituyendo éstos el 29,10% del total del colectivo de Secretarios Judiciales.

Por el criterio b) (vinculación de las actividades propuestas con el objeto de mejora y modernización del servicio público de la Justicia):3 puntos, en atención al contenido de las Jornadas de la Fe Pública Judicial y de las XXIII ornadas Procesales.

Por el criterio c) (medidas empleadas para el desarrollo de las actividades propuestas, tales como equipo humano, técnico e instalaciones). 2 puntos, al contar con una administrativa, teléfono, fax, ordenador, escáner.

Por tanto, la puntuación total obtenida es de 9 puntos.

Conceder a la asociación SISEJ la cantidad de 10.500 euros, al obtener:

Por el criterio a) (numero de asociados): 1 punto, ya que cuenta con un total de 193 asociados, constituyendo éstos el 4,77% del total del colectivo de Secretarios Judiciales.

Por el criterio b) (vinculación de las actividades propuestas con el objeto de mejora y modernización del servicio público de la Justicia):2 puntos, en atención al contenido de las Jornadas de Justicia y Servicio Público.

Por el criterio c) (medidas empleadas para el desarrollo de las actividades propuestas, tales como equipo humano, técnico e instalaciones). 1 punto, al disponer de local, página web, móvil.

Por tanto la puntuación total obtenida es de 4 puntos.

No obstante y teniendo en consideración lo establecido en el artículo 10.4 de la Resolución de 8 de julio de 2010, que establece que en ningún caso el importe de la subvención podrá ser superior al coste total de la actividad concreta a desarrollar objeto de subvención y que el coste de la actividad a desarrollar por el SISEJ es de 7.160 euros, se acuerda asignar la cantidad de 3.340 euros restantes, a las otras dos Asociaciones solicitantes, en proporción a la puntuación obtenida por las mismas, por lo que se propone:

Conceder a la asociación UPSJ la cantidad de 19.836,25 euros.

Conceder a la asociación CNSJ la cantidad de 25.503,75 euros.

Conceder a la asociación SISEJ la cantidad de 7.160 euros.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Secretario de Estado de Justicia en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a tenor de lo dispuesto en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid 16 de diciembre de 2010.–El Secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno.

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