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Documento BOE-A-2010-15014

Norma técnica 1/2010, de 28 de julio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en sus funciones de codificación de valores negociables y otros instrumentos de naturaleza financiera, sobre estructura de los códigos.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 30 de septiembre de 2010, páginas 83658 a 83661 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2010-15014
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2010/07/28/1

TEXTO ORIGINAL

La disposición adicional primera.1 del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, de ofertas públicas de venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos, ha previsto que la Comisión Nacional del Mercado de Valores en el desempeño de las funciones en materia de codificación de valores negociables, pueda adoptar normas técnicas así como establecer formularios y asignar y gestionar los códigos de identificación de valores mobiliarios.

Con esta habilitación se ha elaborado esta Norma técnica, que incorpora los nuevos instrumentos financieros y sustituye a la Norma técnica 1/1998, de 16 de diciembre.

En su virtud, el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en su reunión de 28 de julio de 2010, ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Definiciones.–A los efectos de esta Norma técnica se entenderá por:

Código ISIN: Código único alfanumérico de doce caracteres que identifica internacionalmente una emisión o un instrumento financiero.

Emisión: Conjunto de valores emitidos por un mismo emisor y homogéneos entre sí por formar parte de una misma operación financiera o responder a una unidad de propósito y por atribuir a sus titulares un contenido substancialmente similar de derechos y obligaciones.

Grupo de emisiones: Conjunto de emisiones realizadas por un mismo emisor en un cierto período de tiempo. Un emisor, dependiendo de su actividad, puede tener uno o varios grupos de emisiones. Este concepto es únicamente aplicable a efectos de la codificación de valores.

Categoría: Clasificación de los valores o instrumentos financieros de acuerdo con el contenido de derechos más característico.

Segundo. Descripción del código ISIN.–La estructura del código alfanumérico ISIN («International Securities Identification Number») es la siguiente: XXnnnnnnnnnD, siendo:

XX: Prefijo.

nnnnnnnnn: Número básico.

D: Cifra de control.

A) Prefijo: Dos caracteres que identifican el país al que se asocia la emisión o el instrumento financiero de acuerdo con el código Alpha-2 del estándar ISO 3166.

B) Número básico: Nueve caracteres (alfanuméricos) que diferencian la emisión o el instrumento financiero pudiendo incluir cualquier letra del alfabeto español excepto las letras CH, LL y Ñ.

La composición del número básico de los códigos que asigne la Comisión Nacional del Mercado de Valores es la siguiente:

1. El primer carácter siempre será un cero.

2. Los ocho caracteres restantes del número básico se identifican de modo genérico con las siguientes letras: VEEEEENN.

Las posiciones se ordenan de izquierda a derecha.

2.1 Posición 1.ª (V): Indica la categoría de acuerdo con la siguiente clasificación:

Deuda emitida por el Estado, Comunidades Autónomas y los organismos autónomos dependientes de uno u otras (excepto Letras y Pagarés del tesoro): 0.

Acciones, cuotas participativas, participaciones en fondos de inversión de cualquier naturaleza, y resto de renta variable: 1.

Obligaciones: 2.

Bonos, incluidos los bonos de titulización: 3.

Cédulas: 4.

Pagarés: 5.

«Warrants»/Derechos: 6.

Participaciones hipotecarias: 7.

Participaciones preferentes: 8.

Letras del tesoro: L.

Pagarés del tesoro: P.

Opciones: A.

Futuros: B.

Subyacentes: S.

Para cubrir futuras necesidades de codificación podrán utilizarse el número 9 y el resto de letras del alfabeto.

2.2 Posiciones 2.ª a 8.ª (EEEEENN):

a) Letras y Pagarés del tesoro: Cuando la categoría sea la correspondiente a Letras y Pagarés del Tesoro (L y P), la posición 2.ª indicará el orden de las emisiones con la misma fecha de amortización, tomando los números del 0 al 9, y si fuera necesario las letras de la A a la Z. Las posiciones 3.ª a 8.ª indicarán la fecha de amortización con el formato: año, mes, día, utilizándose sólo las dos últimas cifras para representar el año, y siempre dos cifras para el mes y el día.

b) Valores de renta variable, renta fija, warrants y derechos de suscripción: Cuando la categoría sea 0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 u 8, el contenido de las posiciones 2.ª a 6.ª será un número comprendido en el intervalo 00000 a 99999 que identificará un grupo de emisiones.

Las posiciones 7.ª y 8.ª se utilizarán para diferenciar las sucesivas emisiones de valores que, siendo de la misma categoría, emitidos por la misma entidad y del mismo grupo de emisión, presenten derechos políticos, económicos o de transmisión distintos. Estas posiciones pueden tomar valores alfabéticos o numéricos, utilizando siempre las combinaciones alfanuméricas después de haber agotado las numéricas.

La asignación de valores a las posiciones 7.ª y 8.ª se efectuará con la siguiente secuencia:

1.º Números: 00...99.

2.º Números y letras: 0A...0Z, 1A...1Z,..., 9A...9Z.

3.º Letras y números: A0...A9, B0...B9,..., Z0...Z9.

4.º Letras: AA...AZ, BA...BZ,..., ZA...ZZ.

Se podrán diferenciar, por tanto, hasta 1.296 emisiones distintas por cada grupo de emisiones. Una vez agotadas se reutilizarán las combinaciones de acuerdo con lo estipulado en el apartado tercero de esta Norma.

c) Opciones, futuros y subyacentes: Cuando la categoría sea la correspondiente a opciones, futuros y subyacentes (A, B, S), las posiciones 2.ª a 8.ª, diferenciarán los distintos contratos o subyacentes. A estas posiciones se asignarán combinaciones de caracteres alfanuméricos.

C) Cifra de control: Se calcula a partir del valor de los once caracteres anteriores por aplicación de la siguiente fórmula:

1. Dar valor numérico a los caracteres alfabéticos según la siguiente tabla:

A = 10.

B = 11.

C = 12.

D = 13.

E = 14.

F = 15.

G = 16.

H = 17.

I = 18.

J = 19.

K = 20.

L = 21.

M = 22.

N = 23.

O = 24.

P = 25.

Q = 26.

R = 27.

S = 28.

T = 29.

U = 30.

V = 31.

W = 32.

X = 33.

Y = 34.

Z = 35.

2. Doblar el valor de una cifra cada dos, comenzando por la primera cifra de la derecha.

3. Sumar los valores absolutos de las cifras obtenidas y de las cifras del número original que no han cambiado.

4. La cifra de control será el resultado de restar el total obtenido del número superior más próximo que acabe en cero; lo que equivale a calcular el complemento de diez de la cifra de las unidades. Si el total termina en cero (30, 40, etc.) la cifra de control es cero.

En anexo se incluyen ejemplos aclaratorios de la aplicación de esta fórmula.

Tercero. Reutilización de los códigos ISIN.–Como regla general los códigos ISIN nunca deberían ser reutilizados. Cuando esta circunstancia no sea posible, la reutilización no será antes de 10 años desde la baja del código. Este criterio se aplicará a todo tipo de valores o instrumentos financieros excepto para las opciones, futuros e instrumentos del mercado monetario, para los que dicha reutilización podrá darse después de pasado un año desde su baja.

Norma derogatoria.–Queda derogada la Norma técnica 1/1998, de 16 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores en sus funciones de codificación de los valores negociables y otros instrumentos de naturaleza financiera, sobre estructura de los códigos.

Norma final.–La presente Norma técnica entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de julio de 2010.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, P. S. (Ley 24/1988, de 28 de julio), el Vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Fernando Restoy Lozano.

ANEXO
Ejemplos de aplicación de la fórmula para el cálculo de la cifra de control del código ISIN

Ejemplo 1:

Código ISIN: E S 0 1 1 3 2 6 0 0 3 (0) ←

Valor numérico: 14 28 0 1 1 3 2 6 0 0 3

x 21 21 2 1 2 1 2 1 2 1 2

= 24 48 0 1 2 3 4 6 0 0 6

Suma valores absolutos = 2+4+4+8+0+1+2+3+4+6+0+0+6 = 40

Cifra de control: 40 acaba en 0, por lo tanto 0

Ejemplo 2:

Código ISIN: E S 0 1 7 8 4 3 0 0 1 (5) ←

Valor numérico: 14 28 0 1 7 8 4 3 0 0 1

x 21 21 2 1 2 1 2 1 2 1 2

= 24 48 0 1 14 8 8 3 0 0 2

Suma valores absolutos = 2+4+4+8+0+1+1+4+8+8+3+0+0+2 = 45

Número superior acabado en cero más próximo = 50

Cifra de control: 50-45 = 5

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/07/2010
  • Fecha de publicación: 30/09/2010
  • Fecha de entrada en vigor: 01/10/2010
Referencias anteriores
  • DEROGA la Norma Técnica 1/1998, de 16 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-30260).
  • DE CONFORMIDAD con la disposición adicional 1.1 del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre (Ref. BOE-A-2005-18769).
Materias
  • Bolsas de Valores
  • Comisión Nacional del Mercado de Valores
  • Normalización
  • Títulos valores

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