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Documento BOE-A-2010-13982

Resolución de 8 de julio de 2010, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias en relación con la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de ordenación del transporte por carretera de Canarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 10 de septiembre de 2010, páginas 77568 a 77569 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial
Referencia:
BOE-A-2010-13982

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,

Esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 8 de julio de 2010.–El Secretario de Estado de Cooperación Territorial, Gaspar Carlos Zarrías Arévalo.

ANEXO

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias en relación con la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de ordenación del transporte por carretera de Canarias

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, en sesión de 21 de febrero de 2008, adoptó acuerdo por el que se resolvían las discrepancias en relación con la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de ordenación del transporte por carretera de Canarias. Dicho acuerdo fue publicado en el «Boletín Oficial de Canarias» y en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de marzo de 2008. En aquel momento la controversia no se resolvió enteramente y así el punto 1.a) del acuerdo reflejaba la discrepancia de ambas Administraciones sobre determinados preceptos de la Ley. En concordancia con este acuerdo el Presidente del Gobierno promovió el recurso de inconstitucionalidad 1470/2008 en relación con los artículos 88; 104, apartados 10,11, 13, 19, 20, 22 y 24; 105, apartados 4 a 9; 106, apartados 2, 4 y 5, y la disposición transitoria tercera de la Ley.

En el proceso de negociación se han conciliado las posturas de la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Canarias, entendiéndose superada materialmente la discrepancia que motivó la presentación del recurso de inconstitucionalidad por la normativa sobrevenida.

En su virtud, la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, en su reunión de 7 de julio de 2010, acuerda:

1. La Comunidad Autónoma de Canarias presentará en el Parlamento de Canarias un Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley de Canarias 13/2007, con el contenido siguiente:

Se suprimen el artículo 88; los apartados 10, 11, 13, 19, 20 y 22 del artículo 104; los apartados 4 a 9 del artículo 105; los apartados 2, 4 y 5 del artículo 106 y la disposición transitoria tercera.

El apartado 24 del artículo 104 queda como sigue:

«La no conservación, en los tiempos estipulados reglamentariamente, de la documentación de carácter administrativo o estadístico que sea obligatoria.»

2. Una vez aprobada la Ley de Canarias que modifica la Ley 13/2007, el Estado iniciará los trámites conducentes para desistir del recurso de inconstitucionalidad número 1470/2008, al quedar sin objeto el mismo.

3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Canarias»..

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