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Documento BOE-A-2010-13539

Corrección de errores del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Publicado en:
«BOE» núm. 210, de 30 de agosto de 2010, páginas 74916 a 74918 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2010-13539
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2010/07/02/1/corrigendum/20100830

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 161, de 3 de julio de 2010, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:

En la página 58486, en la segunda línea del apartado 2 del artículo 27, donde dice: «acciones.», debe decir: «acciones, cuya transmisibilidad podrá restringirse en los estatutos sociales.».

En la página 58486, en la segunda línea del apartado 1 del artículo 30, donde dice: «mencionadas», debe decir: «menciones».

En la página 58487, en la segunda línea del apartado 3 del artículo 38, donde dice: «de la sociedad fuese inferior», debe decir: «de la sociedad, fuese inferior».

En la página 58489, en la cuarta línea del apartado 3 del artículo 43, donde dice: «mencionadas en número tercero del apartado primero del artículo anterior», debe decir «mencionadas en la letra c) del apartado primero del artículo anterior».

En la página 58496, en las líneas tercera y cuarta del apartado 3 del artículo 73, donde dice: «diferencia entre la valoración que hubiesen realizado y en valor real», debe decir «diferencia entre la valoración que hubiesen realizado y el valor real».

En la página 58499, en la segunda línea del texto del artículo 90, donde dice: «alícuotas indivisibles», debe decir: «alícuotas, indivisibles».

En la página 58499, en la primera línea del artículo 93, donde dice: «en esta ley, salvo», debe decir: «en esta ley, y salvo».

En la página 58500, en la segunda frase del segundo párrafo del apartado 1 del artículo 94, que dice: «Las acciones que tengan el mismo contenido de derechos constituyen una misma clase de acción.», debe decir: «Las acciones que tengan el mismo contenido de derechos constituyen una misma clase.».

En la página 58500, en la segunda línea del apartado 1 del artículo 99, donde dice: «dividendo anual mínimo fijo o variable», debe decir: «dividendo anual mínimo, fijo o variable»

En la página 58501, en la primera línea del artículo 101, donde dice: «liquidación de la sociedad las participaciones», debe decir: «liquidación de la sociedad, las participaciones».

En la página 58501, la rúbrica del capítulo III comienza diciendo «Del libro registro», y debe decir: «El libro registro».

En la página 58506, en la primera línea del segundo párrafo del apartado 2 del artículo 117, donde dice: «fueran nominativos se entregarán», debe decir: «fueran nominativos, se entregarán».

En la página 58506, en la segunda línea del artículo 119, donde dice: «se hará pública una vez», debe decir: «se hará pública, una vez».

En la página 58509, en la primera línea de la página, del apartado 1 del artículo 129, donde dice: «para su ejercicio estará legitimado», debe decir: «para su ejercicio, estará legitimado».

En la página 58511, en la segunda línea del primer párrafo del apartado 1 del artículo 140, donde dice: «sociedad dominante en los siguientes», debe decir: «sociedad dominante, en los siguientes».

En la página 58511, en la segunda línea de la letra a) del apartado 1 del artículo 140, donde dice: «título gratuito o como consecuencia», debe decir: «título gratuito, o como consecuencia».

En la página 58512, en la línea segunda del apartado 1 del artículo 143, donde se dice: «o las participaciones creadas», debe decir: «ni las participaciones creadas».

En la página 58513, en las líneas segunda y tercera del apartado 1 del artículo 149, donde dice: «propias acciones o las participaciones creadas o las acciones emitidas por la sociedad dominante dentro de los límites», debe decir: «propias acciones, o las participaciones creadas o las acciones emitidas por la sociedad dominante, dentro de los límites».

En la página 58514, en la tercera línea de la página, apartado 2 del artículo 149, donde dice: «norma tercera», debe decir: «el artículo 146.3».

En la página 58514, en línea segunda del apartado 2 del artículo 150, donde se dice: «personal de la sociedad», debe decir: «personal de la empresa».

En la página 58517, en la segunda línea del apartado 1 del artículo 162, donde dice: «conceder prestamos», debe decir: «conceder créditos o préstamos».

En la página 58523, en la primera línea del apartado 3 del artículo 194, donde dice: «previstas», debe ser: «previstos».

En la página 58527, en el apartado 2 del artículo 217, en la primera línea, donde dice: «2. Cuando la retribución no tenga como base», debe decir: «2. En la sociedad de responsabilidad limitada, cuando la retribución no tenga como base».

En la página 58538, en el artículo 263, se ha omitido un segundo apartado, por lo que el párrafo actual de dicho precepto debe ir como apartado 1 y se debe añadir el apartado omitido con el siguiente texto:

«2. Se exceptúa de esta obligación a las sociedades que puedan presentar balance abreviado.».

En la página 58539, en la primera línea del apartado 1 del artículo 267, donde dice: «La remuneración de los auditores de cuentas de acuerdo con», debe decir: «La remuneración de los auditores de cuentas se fijará de acuerdo con».

En la página 58553, en la línea número ocho, donde dice: «Subsección 1.ª La tutela de los acreedores de sociedades anónimas», debe decir: «Subsección 2.ª La tutela de los acreedores de sociedades anónimas».

En la página 58553, en la letra c) del artículo 335, deben suprimirse las dos menciones a «participaciones sociales», quedando redactada dicha letra del siguiente modo:

«c) Cuando la reducción se realice con cargo a beneficios o a reservas libres o por vía de amortización de acciones adquiridas por la sociedad a título gratuito. En este caso, el importe del valor nominal de las acciones amortizadas o de la disminución del valor nominal de las mismas deberá destinarse a una reserva de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social.»

En la página 58559, en la segunda línea del apartado 1 del artículo 365, donde dice « o si fuera insolvente, inste el concurso.», debe decir: «o, si la sociedad fuera insolvente, ésta inste el concurso.».

En la página 58559, en la primera línea del apartado 2 del artículo 365, donde dice «si constaren» debe decir: «si constare en».

En la página 58562, en la cuarta línea el primer párrafo del apartado 1 del artículo 380, «requisitos de mayoría, y en el caso de sociedades anónimas de quórum,» debe decir: «requisitos de mayoría y, en el caso de sociedades anónimas, de quórum,».

En la página 58562, al final de la primera línea del apartado 2 del artículo 381, donde dice «, también, podrá», debe decir: «, también podrá».

En la página 58563, en la tercera línea del apartado 1 del artículo 391, donde dice: «la junta general de accionistas.»; debe decir: «la junta general.».

En la página 58582, en el rótulo del artículo 487, donde dice: «Representación frente a los miembros del consejo de control», debe decir: «Representación frente a los miembros de la dirección».

En la página 58584, se ha omitido el segundo apartado del artículo 499, por lo que el párrafo que ahora aparece se debe numerar como apartado 1 y se debe incorporar el segundo apartado con el siguiente texto:

«2. En caso de acciones sin voto, se estará a lo que dispongan los estatutos sociales respecto del derecho de suscripción preferente de los titulares de estas acciones, así como respecto de la recuperación del derecho de voto en el caso de no satisfacción del dividendo mínimo y respecto del carácter no acumulativo del mismo.».

En la página 58585, en la primera línea del apartado 1 del artículo 502, donde dice «nuevo propietario», debe decir «nudo propietario». Igualmente, en la segunda línea del apartado 2 también del artículo 502, donde dice «nuevo propietario», debe decir: «nudo propietario».

En la página 58590, donde dice: «Sección 3.ª Derecho especial de información», debe decir: «Sección 2.ª Derecho especial de información».

En la página 58590, donde dice: «Sección 4.ª Los instrumentos especiales de información», debe decir: «Sección 3.ª Los instrumentos especiales de información».

En la página 58593, la disposición adicional quinta está mal encastrada, que debe aparecer sin la sangría del texto y el rótulo en cursiva:

«Disposición adicional quinta. Recursos contra la calificación de las escrituras de constitución de la sociedad nueva empresa.»

En la página 58593, en la primera línea de la disposición adicional séptima, donde dice: «Las disposiciones contenidas en el título XIV de este texto refundido», debe decir: «Las disposiciones contenidas en los artículos 512 a 514 inclusive, 516 a 523 inclusive así como en el artículo 528 del título XIV de este texto refundido». Asimismo, en esa misma disposición en la línea segunda y tercera, donde dice: «cuya supervisión corresponde a la Comisión Nacional del Mercado de Valores,», debe decir: «siendo sancionables sus incumplimientos».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 30/08/2010
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Ley de Sociedades de Capital, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (Ref. BOE-A-2010-10544).
Materias
  • Código de Comercio
  • Comisión Nacional del Mercado de Valores
  • Mercado de Valores
  • Sociedades de capital

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