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Documento BOE-A-2010-12199

Orden EDU/2056/2010, de 2 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Chocrón Macias.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 29 de julio de 2010, páginas 66160 a 66161 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-12199

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Chocrón Macias, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Carlos Chocrón Chocrón; don Moisés Chocrón Macias y doña Daniela Attias Chocrón, en Ceuta, el 11 de junio de 2010, según consta en la escritura pública número 1.013, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Andalucía, don Ignacio Javier Moreno Vélez, que fue ratificada por las escrituras públicas número 990, autorizada el 15 de junio de 2010, ante el notario don Víctor Manuel Arrabal Montero y número 2.087, otorgada el 22 de junio de 2010, ante el notario don Pablo de la Esperanza Rodríguez.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en Ceuta, calle González de la Vega, número 3, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de cuarenta mil euros (40.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: La enseñanza a jóvenes sin formación de las técnicas de joyería y relojería a través de la correspondiente escuela taller.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Carlos Chocrón Chocrón; Secretario: Don Moisés Chocrón Macías, y Vocal: Doña Daniela Attias Chocrón.

En la escritura de constitución, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden EDU/1682/2010, de 9 de junio, por la que se modifica la Orden 2164/2009, de 29 de julio, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.–Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Chocrón Macías, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Chocrón Macias, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional, con domicilio en Ceuta, calle González de la Vega, número 3, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 2 de julio de 2010.–El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/1682/2010, de 9 de junio), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, José Canal Muñoz.

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