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Documento BOE-A-2010-12190

Resolución de 28 de junio de 2010, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que modifican ayudas de la convocatoria de becas MAEC-AECID para el curso académico 2010/2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 29 de julio de 2010, páginas 66136 a 66137 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2010-12190

TEXTO ORIGINAL

En el «BOE» n.º 306, de 21 de diciembre de 2009 se publicó la Resolución de 10 de diciembre de 2009 de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convocan los Programas de Becas MAEC-AECID (Becas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para ciudadanos extranjeros y españoles para 2009/2010).

Por Resolución de 11 y 14 de junio de 2010, respectivamente, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) por la que se conceden becas de la convocatoria de becas MAEC-AECID para ciudadanos españoles para el curso académico 2010-11, programa III-A de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas para el curso académico 2009-2010 para los programas I-C, III-A, III-B, III-C.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005 de 11 de abril («BOE» de 26 de abril), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECID), el RD 1403/2007 de 26 de octubre por el que se aprueba el Estatuto de la AECID, la Resolución de la Presidencia de la AECID de 2 de julio de 2009 («BOE» de 30.07.09), por la que se delegan determinadas competencias, y en virtud de la Resolución de 21 de noviembre de 2008 («BOE» n.º 300, de 13 de diciembre de 2008) por la que se aprueba la LXII Convocatoria General de «Becas MAEC-AECID», a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto, esta Presidencia de la AECID, ha resuelto:

Primero.–Modificar, con cargo al concepto presupuestario 12.103. 143 A 486.02, el país de destino, por motivos presupuestarios, de Alfonso Cobo Espejo, asignado, en principio, a la Embajada de España en Abu Dhabi (Emiratos Árabes Unidos), quedando anulada la plaza en el mencionado país y asignándole nuevo destino por renuncia de la titular, Monserrat Pis Marcos, en la Embajada de España en Hanoi (Vietnam), del «Programa III.A «Becas para Españoles para Prácticas de Gestión Cultural y Cooperación Cultural para el Desarrollo».

Segundo.–Cambiar la titularidad de las becas concedidas a los siguientes beneficiarios:

Apellidos y nombre

Destino

Duración

Anaya Villegas, Vanessa

Servicios Centrales AECID

01/07/2010-30/06/2011

Lutti Cañellas, Andrea

Servicios centrales AECID

01/07/2010-30/06/2011

Torres Gallego, Lucía

Honduras

01/07/2010-30/06/2011

Ávila Dosal, Raquel

Cuba

01/07/2010-30/06/2011

Por renuncia de los titulares:

Apellidos y nombre

Destino

Duración

Fernández Mestres, Anna

ServiciosCentrales AECID

01/07/2010-30/06/2011

Rodriguez Medina, Cristina

Servicios centrales AECID

01/07/2010-30/06/2011

Mateo Galido, Rafael

Honduras

01/07/2010-30/06/2011

Letamendia Suárez, Anne

Cuba

01/07/2010-30/06/2011

La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria consiste en:

Dotación mensual: 1.500 euros.

Seguro médico no farmacéutico y de accidentes, durante el período de vigencia de la beca, por un importe mensual de 60 euros.

Ayuda de viaje: 1.600 euros para los beneficiarios de Honduras y Cuba.

El período lectivo de la beca es de 01/07/2010 a 30/06/2011.

Tercero.–Ordenar la publicación en el «BOE» de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden Ministerial de AECI/1098/2005, de 11 de abril.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación; o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 28 de junio de 2010.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P. D. (Resolución de 2 de julio de 2009), la Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Elena Madrazo Hegewisch.

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