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Documento BOE-A-2010-11038

Resolución de 29 de junio de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de centros de jardinería.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 12 de julio de 2010, páginas 61227 a 61228 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2010-11038
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2010/06/29/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de 9 de junio de 2010, en la que acuerda la revisión salarial del año 2009 del Convenio colectivo de Centros de Jardinería (código de Convenio número 9916115), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 28 de abril de 2007, acta que fue suscrita por la Comisión Mixta de dicho convenio, en la que están integradas la Asociación empresarial AECJ y las Organizaciones sindicales FECHTJ-UGT y FECOHT-CC.OO, firmantes del convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.—Ordenar la inscripción de la citada acta de revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta Paritaria.

Segundo.—Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de junio de 2010.—El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACTA DE REUNIÓN

En Madrid, a 9 de junio de 2010, conforme a la fecha acordada entre La Asociación Española de Centros de Jardinería en representación de las empresas del sector y las Federaciones más representativas UGT y FECOHT-CCOO se reúnen las personas que se relaciona a continuación:

Hora de Inicio 10:30 horas.

Asistentes:

 

Por la Representación Social:

En representación de:

Doña Francisca Martínez Granero.

FECHTJ-UGT

Don Santos Nogales Aguilar.

FECHTJ-UGT

Doña Ángeles Rodríguez Bonillo.

FECOHT-CCOO

Doña Eva María López López.

FECOHT-CCOO

Por la Representación Empresarial:

 

Don Ignacio Bilbao.

 

Don Ricardo Lahoz.

 

Don Francisco Navarro Marín.

 

Don Miguel Siñol Poch.

 

Doña Esther Vicente Rodríguez.

 

Asuntos tratados:

Revisión Salarial del año 2009:

Las partes antes mencionadas miembros de la Comisión Mixta a resultas de la Sentencia dictada por la Audiencia Nacional, proceden a actualizar las tablas salariales del año 2009 conforme a la misma y al artículo 16.5 del Convenio Colectivo de Centros de Jardinería.

Se adjuntan las tablas.

CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE CENTROS DE JARDINERÍA

Tablas salariales 2009

 

Salario grupo

Paga extra

Bruto anual

Tabla 2009

 

 

 

Mandos

1.434,68

1.434,68

20.085,55

Técnicos

1.115,22

1.115,22

15.613,05

Profesionales

1.007,18

1.007,18

14.100,54

Desplazamientos 63,81

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/06/2010
  • Fecha de publicación: 12/07/2010
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 18 de abril de 2007 (Ref. BOE-A-2007-8893).
Materias
  • Comercio
  • Convenios colectivos
  • Jardinería

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