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Documento BOE-A-2009-9770

Resolución de 22 de mayo de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publican los requisitos técnicos de la interfaz radioeléctrica reglamentada IR-147 para sistemas sin hilos multimedia, incluyendo los sistemas de distribución de video multipunto.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2009, páginas 49628 a 49629 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-9770

TEXTO ORIGINAL

El articulo 10 del Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de conformidad de los aparatos de telecomunicaciones, aprobado por Real Decreto 1890/2000, de 20 de noviembre, en la redacción dada por el Real Decreto 424/2005, de 15 abril, establece que la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información publicará como resolución en el «Boletín Oficial del Estado» las interfaces reglamentadas en España que hayan sido notificadas a la Comisión Europea.

La presente resolución tiene como objeto la publicación de los requisitos técnicos de la interfaz reglamentada para sistemas sin hilos multimedia, incluyendo los sistemas de distribución de video multipunto.

El cumplimiento de estos requisitos de interfaz es necesario para sistemas sin hilos multimedia, incluyendo los sistemas de distribución de video multipunto que operan en España y no exime del cumplimiento del resto de los requisitos establecidos en el Reglamento aprobado mediante el mencionado Real Decreto 1890/2000.

La concesión de títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico, en su caso, está sujeta al cumplimiento de los requisitos mínimos especificados en las interfaces radioeléctricas correspondientes a los tipos de equipos utilizados.

Esta interfaz podrá ser revisada, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias en vigor, como consecuencia de nuevas necesidades nacionales en cuanto al uso eficaz del espectro radioeléctrico o bien como consecuencia de tratados o acuerdos internacionales en los que España sea parte.

Esta disposición ha sido sometida al procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información, previsto en la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de junio, modificada por la Directiva 98/48/CE de 20 de julio, así como en el Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio que incorpora estas Directivas al ordenamiento jurídico español.

En su virtud resuelvo:

1. Publicar los requisitos de la interfaz reglamentada que se relacionan en el Anexo a esta Resolución.

Madrid, 22 de mayo de 2009.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, P.D. (Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre), el Subdirector General de Infraestructuras y Normativa Técnica, Ricardo Alvariño Alvarez.

ANEXO

Interfaz
Radioeléctrica

Sistemas Multimedia sin hilos (MWS) / Sistemas de distribución de video
multipunto (SDVM) en 42 GHz

Referencia
IR- 147

 

N.º

Parámetro

Descripción

Comentarios

Parte normativa

1

Servicio de
Radiocomunicación

Servicio fijo

 

2

Aplicación

MWS
SDVM

MWS Sistemas multimedia sin hilos (Multimedia Wireless Systems)
SDVM Sistemas de Distribución de Video Multipunto.

3

Banda de frecuencias

40,5-43,5 GHz

 

4

Canalización

– -

Asignación de bloques de 350 o 354 MHz

5

Modulación/
Ancho de banda

Digital

 

6

Dirección/
Separación duplex

1500 MHz en sistemas FDD

 

7

Potencia transmitida/ Densidad de potencia

Según se indique en la licencia

 

8

Método de acceso al canal y condiciones de ocupación

 

 

9

Tipo de autorización

Requiere licencia

 

10

Requisitos esenciales adicionales

 

 

11

Planificación de frecuencias

 

 

Parte informativa

12

Cambios previstos

 

 

13

Referencias

ETSI EN 301 997
CEPT Recomendación ECC (01)04
CEPT Decisión ERC (99)15
Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF): UN-94

 

14

Observaciones

 

 

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