Publicada la citada Orden PRE/48/2009, de 30 de abril, en el «Boletín Oficial de Cantabria» número 92, de 15 de mayo, y en el «Boletín Oficial del Estado» número 118, de 15 de mayo, y advertidos errores materiales en su transcripción, se procede, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («BOE» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a efectuar la corrección siguiente:
En la base primera, donde dice: «Podrán tomar parte en este procedimiento los funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria …», debe decir: «Podrán tomar parte en este procedimiento los funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o de cualesquiera otras Administraciones Públicas …».
En la base sexta, donde dice: «La presente convocatoria, se resolverá mediante resolución de la Consejera de Educación …», debe decir: «La presente convocatoria, se resolverá mediante Resolución del Consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo …».
La presente corrección de errores reabre el plazo establecido en la base segunda de la Orden PRE/48/2009, de 30 de abril.
Santander, 15 de mayo de 2009.–El Consejero de Presidencia y Justicia, P.D. (Resolución de 20 de junio de 2008), la Directora General de Función Pública, Marina Lombó Gutiérrez.
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