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Documento BOE-A-2009-8316

Resolución de 23 de abril de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Perforación de un pozo para exploración de hidrocarburos, sondeo Viura-2.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 19 de mayo de 2009, páginas 42100 a 42106 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-8316

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, establece en su artículo 3.2 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada.

El proyecto Perforación de un pozo para exploración de hidrocarburos, sondeo Viura-2 se encuentra en este supuesto por encontrarse encuadrado en el grupo 3, letra a), del anexo II.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

El proyecto consiste en la perforación de un pozo para exploración de hidrocarburos con el objetivo de comprobar el potencial que presenta la estructura Nájera para la explotación de hidrocarburos, que se situará en el término municipal de Sotés (La Rioja), dentro del Permiso de Investigación EBRO-A.

El proyecto plantea perforar hasta una profundidad aproximada de 3.776 m, siendo las coordenadas UTM del pozo las siguientes: X: 531.963; Y: 4.695.432.

Además, se llevarán a cabo una serie de obras para permitir la llegada del material a la zona, implantar la torre de perforación y los equipos auxiliares, la construcción de depósitos de agua limpia, balsas para lodos y fosa séptica, etc.

El promotor del proyecto es Oil & Gas Skills, S. A. (OGS), y el órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

2. Tramitación y consultas

La tramitación se inició con fecha 18 de diciembre de 2007, momento en que se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación inicial procedente de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

En esta misma fecha tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el proyecto Perforación de un pozo para exploración de hidrocarburos, sondeo Viura-1, ubicado a 1,8 km de Viura-2. Las actuaciones que se van a desarrollar para investigar el potencial de explotación de hidrocarburos de la zona son las mismas (se va a utilizar la misma plataforma en ambos sondeos), de modo que el análisis de los impactos ambientales de ambos proyectos se ha realizado simultáneamente. En este sentido, el promotor indica que la secuencia de las operaciones será en dos fases: Perforación del sondeo Viura-1 con una duración de 125 días y posteriormente una periodo de unos tres meses de parada para evaluar los resultados y, si el sondeo Viura-1 resultase positivo, se perforará el sondeo Viura-2 con una duración de 118 días.

El 4 de abril de 2008 el promotor envía a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental las copias necesarias de la documentación ambiental para comenzar la fase de consultas.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental estableció a continuación un periodo de consultas, con fecha 16 de abril de 2008, a personas, instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Ayuntamiento de Hornos de Moncalvillo.

Ayuntamiento de Sotés.

Antigua Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente.

Dirección General de Cultura del Gobierno de La Rioja.

X

Dirección General de Medio Natural del Goberno de La Rioja.

X

Dirección General de Turismo del Gobierno de La Rioja.

Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de La Rioja.

X

Dirección General de Política Territorial del Gobierno de La Rioja.

Delegación del Gobierno en la Rioja.

X

Área de urbanismo. Comunidad Autónoma de La Rioja.

UGT. Secretaría General de Salud Laboral y Medio Ambiente.

CCOO. Secretario Confederal de Medio Ambiente y Salud Laboral

ADENA.

SEO.

Greenpeace.

Ecologistas en Acción-Madrid.

Ecologistas en Acción-La Rioja.

Colectivo Ecologista Riojano.

Colectivo Ecologista de Arrendó y el Cidacos.

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Desde la Dirección General de Medio Natural del Gobierno de La Rioja indica que se deberá de redactar un Plan de Restauración de los terrenos afectados para su ejecución una vez finalizado el sondeo.

Desde la Delegación del Gobierno en La Rioja indica que deberían concretarse aspectos relativos a accesos, construcción de la plataforma, control de polvo y ruido, toma de agua, emisión de gases, tratamiento de los productos químicos utilizados en la perforación, recogida y almacenamiento de residuos, medidas para evitar la contaminación de riachuelo, medidas para minimizar efectos sobre el paisaje (Camino Santiago) y actuaciones relativas al abandono de la instalación.

Desde la Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de La Rioja se deduce la existencia de carencias en la documentación ambiental aportada del proyecto estimando la necesidad de someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Con fecha 31 de octubre de 2008 se solicita al promotor que complete la información aportada:

Explicación detallada de la secuencia de operaciones del sondeo Viura-1.

Descripción de las necesidades de agua que conlleva el desarrollo del proyecto (ubicación de la captación, obras para la conducción del agua, etc.).

Análisis de la existencia de captaciones de agua para el abastecimiento público que puedan verse afectadas y, en su caso, medidas preventivas para evitar que las obras o la perforación puedan alterarlas.

Establecimiento de medidas preventivas y correctoras para evitar afecciones a la hidrología subterránea.

Medidas tomadas para la protección contra incendios.

Definición de los accesos, itinerarios utilizados y valoración del aumento en el número de vehículos pesados.

Justificación del tamaño de las balsas de lodos.

Teniendo en consideración el posible establecimiento del sondeo Viura-2 en las cercanías del Viura-1, valoración de las posibles sinergias entre los mismos.

Con fecha 18 de diciembre de 2008 se recibe la información solicitada. Dicha información se remite a la Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de La Rioja.

Con fecha 11 de febrero de 2009 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental un informe de la Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de La Rioja en que se indica que el impacto podrá ser asumible por el entorno y que:

La actuación se tramitará conforme el régimen de intervención administrativa ambiental correspondiente a la actuación, de acuerdo con la Ley 5/2002, de 8 de octubre, de Protección del Medio Ambiente de La Rioja.

Se redactará un Plan de Restauración de los terrenos afectados para su ejecución una vez haya finalizado el sondeo.

Es este sentido, el promotor deberá redactar un Plan de Restauración de los terrenos afectados y deberá remitirlo a la Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de La Rioja.

Respecto a las afecciones a la hidrología subterránea, se recibe informe por parte de la Confederación Hidrográfica del Ebro, de fecha 22 de abril de 2009, en el que se indica que los terrenos en los que se realiza la perforación no pertenecen a ninguna masa de agua subterránea catalogada y no existen acuíferos de interés. Además, se ha comprobado que no existen aprovechamientos legalizados en las proximidades de los puntos de perforación, a los que los sondeos pudiesen afectar, concluyendo el informe que no son previsibles afecciones a las aguas subterráneas siempre que se tomen las medidas de precaución adecuadas para evitar la interconexión de los diferentes niveles acuíferos que se atraviesan a lo largo de la perforación.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Características del proyecto:

1. Obra civil y accesos.–Con carecer previo a la perforación será necesario realizar la obra civil necesaria para permitir la llegada del material al emplazamiento, así como la correcta implantación de la torre de perforación y equipos auxiliares. Se construirá un pozo para almacenar el agua limpia, necesaria para la perforación, y para la acumulación temporal de ripios de perforación.

La parcela donde se instalará la plataforma para la perforación tendrá unas dimensiones de 100 x 100 metros. Parte de esta explanación se cubrirá con una losa de hormigón sobre la que se apoyará la torre de perforación. Para la instalación de la plataforma, se retirará una capa vegetal de unos 40 centímetros. Esta tierra se reservará para su utilización. La plataforma será completamente impermeabilizada.

El acceso al emplazamiento se realizará desde la carretera LR-442, mediante caminos ya existentes. Únicamente se deberá acondicionar una pista, camino de entrada desde la carretera, parcialmente existente, de aproximadamente 150 m de longitud.

La movilización de los equipos durará aproximadamente 15 días.

2. Equipo de sondeo y características del pozo.–El hidrocarburo que se espera encontrar en el sondeo es, fundamentalmente, gas metano, al que podrán asociarse pequeñas cantidades de otros gases como C2 y C3. En ninguno de los sondeos perforados hasta ahora en la zona próximos al emplazamiento del nuevo sondeo (Rioja-4 y Rioja-5), se han detectado trazas de SH2.

El sondeo comenzará con un diámetro de 26" en el cual se cementará una tubería de 20" desde 25 metros hasta superficie, este es el llamado tubo-guía. A partir de aquí se perforará en 17-1/2" hasta los 1.000 metros de profundidad para entubarlo con un tubo 13-3/8" que también será cementado hasta superficie (en estas formaciones la permeabilidad es baja). A continuación se perforará en 12-1/4" hasta 2.700 metros para bajar y cementar un tubo de 9-5/8". A continuación se perforará en 8-1/2" para atravesar los objetivos, formaciones Utrillas y Wealdense a 3.530 metros y 3.600 metros respectivamente, y llegar a los +/-3.750 m. Esta última sección se recubrirá con una tubería de 7".

El diseño de la instalación se ha realizado con el objetivo de poder acometer todos los trabajos de perforación y ensayos en forma de «vertido cero», consistente en el reciclado y la posterior eliminación, mediante gestor autorizado, de cualquier residuo que se origine.

La altura de la torre de perforación será de unos 40 metros y estará circundada por un vallado.

La obra, perforación más test de producción y completación, se realizará en 125 días.

Si los resultados fuesen positivos se explotará posteriormente el yacimiento de gas y se realizará un abandono temporal del pozo para permitir su posterior reentrada. En este caso, se deberá de proponer un plan de explotación que contará con el correspondiente estudio de impacto ambiental del aprovechamiento del yacimiento de gas.

Si los ensayos fuesen negativos y se descartase su posterior explotación, el abandono sería definitivo. El sondeo se abandonará según marca el Reglamento de Hidrocarburos siguiendo los estándares de la industria, esto es con los correspondientes tapones de cemento de sellado y efectuando la restauración del terreno.

En cualquiera de los dos casos se establecerán como mínimo tres barreras de contención física que eliminarán toda posibilidad de fuga de cualquier fluido procedente del pozo hacia la superficie.

La fuente básica de suministro de agua será el agua de lluvia recogida en la zanja interceptora y los dos colectores. Ésta será bombeada desde los colectores a las balsas que se encuentran libres y almacenada para cubrir las necesidades del sondeo. Se calcula en 30 m3 por día las necesidades del sondeo. En caso de ser insuficiente el volumen ce agua de lluvia recogido, se realizarán las tomas necesarias de alguno de los arroyos cercanos al emplazamiento. En este caso, sería necesario contar con la pertinente autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro. También se contempla la opción de la utilización de balsas y embalses de agua, siendo necesario al igual que en el caso anterior, contar con la necesaria autorización.

No está previsto que ninguna captación de agua se vea influenciada por la realización de los sondeos.

Ubicación del proyecto. El proyecto se situará en el término municipal de Sotés (La Rioja), dentro del Permiso de Investigación EBRO-A.

La zona de estudio se ubica a 590 metros de altitud.

Las coordenadas UTM del pozo las siguientes: X: 531.963; Y: 4.695.432.

El entorno localizado para la perforación se encuentra dentro del medio agrícola y no está incluido en ningún espacio natural protegido.

Características del potencial impacto. A continuación se identifican y valoran los impactos de carácter negativo asociados a las distintas actuaciones descritas. Se describen así mismo las principales medidas correctoras que minimizan dichos impactos:

Impactos ambientales

Medidas preventivas/correctoras

Fase de construcción
Adecuación y creación de accesos: destrucción de la cubierta vegetal, pérdida del suelo, iniciación o acentuación de procesos erosivos, alteración de cauces y redes naturales de drenaje, alteración del hábitat y modificación del paisaje.
Obra civil de instalación de la plataforma: destrucción de la cubierta vegetal, pérdida del suelo, compactación de horizontes del suelo, acentuación de procesos erosivos, alteración de redes naturales de drenaje, disminución calidad aguas superficiales, alteración del hábitat modificación del paisaje.
Operaciones de maquinaria: emisión de polvo y partículas contaminantes a la atmósfera, emisión de ruidos, compactación de los horizontes del suelo, incremento del riesgo de contaminación de suelos por vertidos accidentales e incremento en el riesgo de accidentes.
Tráfico de vehículos pesados: emisión de polvo y partículas contaminantes a la atmósfera, emisión de ruidos, compactación de los horizontes del suelo, incremento del riesgo de contaminación de suelos por vertidos accidentales e incremento en el riesgo de accidentes.
Fase de perforación
Presencia de las instalaciones: alteración del paisaje y fragmentación, ocupación y pérdida de hábitats.
Perforación del sondeo: alteración de la calidad del aire, emisión de ruidos, disminución de caudales debido a la posible captación de agua, aumento o generación de procesos erosivos, efectos sobre distintos grupos faunísticos e incremento de contaminación de suelo y de las aguas subterráneas por filtración accidental desde el sondeo.El consumo principal de agua corresponde a la creación de nuevo lodo de perforación.
Uso de aditivos y generación de lodos: contaminación de suelos y, de manera indirecta, de las aguas subterráneas en el caso de que se produjeran vertidos accidentales, contaminación de las aguas superficiales con el consiguiente impacto sobre las comunidades acuícolas, en caso de producirse algún vertido accidental, riesgo de accidentes por aparte del persona responsable del manejo de los aditivos, aumento del riesgo de incendios.
Tráfico de vehículos pesados: emisión polvo y partículas contaminantes a la atmósfera, emisión ruidos, compactación de los horizontes del suelo, incremento del riesgo de contaminación de suelos por vertidos accidentales e incremento en el riesgo de accidentes.

1. Protección del suelo y contención de la erosión: delimitación áreas de obra, retirada a vertedero controlado, retirada y acopio de la capa de tierra vegetal para la posterior restauración de los terrenos afectados.
2. Protección del medio ambiente atmosférico: control del nivel de emisiones de gases de vehículos y maquinaria, riego frecuente y previo a las labores de excavación, control del nivel de ruidos emitidos por la maquinaria.La torre de perforación que se tiene previsto utilizar se encuentra totalmente insonorizada, de modo que las principales emisiones de ruidos son los equipos del generador, las bombas de lodos y los tornos, que estarán protegidos en contenedores insonorizados.Tanto el gas que pueda producirse durante la fase de perforación, como aquel otro que se extrajera si se realizaran pruebas de producción, será quemado en antorcha, tomándose todas las medidas de seguridad necesarias para su correcta combustión.
3. Protección de las aguas superficiales: tratamiento adecuado de los residuos generados, no invasión de cauces por maquinaria, control de las condiciones de almacenamiento y empleo de aditivos y otras sustancias.La correcta ejecución del sondeo mediante la realización de la fase de entubación y cementación previstas, previas a la entrada de la perforación en el objetivo, debería de contribuir a minimizar el riesgo de afección. La correcta impermeabilización y gestión de las balsas de lodos utilizadas en la fase de perforación debería evitar cualquier influencia del sondeo en el medio hídrico desde superficie, bien por infiltración en el suelo y sustrato rocoso, como por simple vertido. Así mismo, mediante la construcción de la correspondiente cubeta de contención, se asegurará la protección del medio hidráulico ante cualquier vertido accidental de gasóleo del depósito proyectado.
4. Protección de la cubierta vegetal: minimizar talas y desbroces, dotación de equipos materiales básicos de extinción de incendios, no se depositarán o abandonarán materiales combustibles procedentes de desbroces.
5. Protección de la fauna: limitar trasiego de vehículos y personas, utilización fuentes iluminación amarilla (poco lesiva para la entomofauna).
6. Protección del paisaje: restitución del paisaje original.
7. Protección patrimonio arqueológico y cultural: seguimiento de las excavaciones, las instalaciones y acceso deberán pasar desapercibidos desde el Camino de Santiago, velocidad máxima 30 km/h, evitar Camino de Santiago como acceso, mantenimiento de cerramiento y maquinaria en buen estado.
8. Control de vertidos: gestión lubricanes por gestor residuos autorizado, minimización de vertidos.
9. Control de lodos y del vertedero de sobrantes: la tierra sobrante deberá de ser reutilizada o trasladada a una zona adecuada, las balsas de lodos deberán de estar perfectamente cerradas y sin posibilidad de lixiviación, dimensión de las balsas adecuado (balsa de agua +/- 1.000 m3 y balsa de lodos 750 m3), inertización de los residuos y traslado a vertedero de inertes.

 

Los lodos de perforación serán de base agua con adición de arcillas bentoníticas y aditivos químicos. Los lodos serán reacondicionados y reutilizados en el sondeo. Los ripios impregnados con lodo, así como los volúmenes excedentarios en las fases de cementación se llevarán a una balsa de ripios que tras la evaporación de la fase acuosa se retirarán mediante gestor autorizados.
10. Adecuación y compactación de caminos: utilización de zahorra artificial en la capa superficial de los caminos.

Fase de abandono

El proyecto de perforación contempla la restauración integral de los terrenos afectados incluyendo el diseño de un programa de abandono para el sellado de las formaciones permeables interceptadas por el sondeo.

Plan restauración.

Fase de explotación

Se deberá de proponer un plan de explotación que contará con el correspondiente estudio de impacto ambiental del aprovechamiento del yacimiento de gas, en el que quedarán valoradas las alternativas de explotación posibles.

Además, el promotor define, respecto a la protección contra incendios, una serie de medidas propias (balsa de agua de 1.000 m3, extintores, personas entrenado…) así como una serie de medidas externas (conexión directa con las autoridades locales mas próximas de policía/guardia civil y bomberos, no solo para comunicación de incidentes sino también para que acudan en caso de producirse una situación no controlable con los medidas propias).

Se ha elaborado un plan de gestión de residuos que se incluye en el programa de perforación.

Se llevará a cabo un plan de vigilancia ambiental en el que se verificará la eficacia de las medidas preventivas y correctoras propuestas, modificándolas y adaptándolas a las nuevas necesidades que en su caso se pudiera detectar. El plan de vigilancia ambiental se dividen en cuatro etapas: Fase inicial, de construcción u obra, de perforación, y de restauración. Se establece la elaboración de un informe al final de la fase de obras y otro al final de la restauración. Durante la fase de perforación la frecuencia de los informes será mensual. Cuando la naturaleza de las posibles incidencias o la importancia de los elementos naturales lo hagan necesario deberán emitirse informes extraordinarios.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelve no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 23 de abril de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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