Está Vd. en

Documento BOE-A-2009-7009

Resolución de 25 de febrero de 2009, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación al Informe de fiscalización de la contratación celebrada por la Tesorería General de la Seguridad Social durante el ejercicio 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 27 de abril de 2009, páginas 37193 a 37233 (41 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2009-7009

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 25 de febrero de 2009, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Contratación celebrada por la Tesorería General de la Seguridad Social durante el ejercicio 2005, acuerda:

Instar a la Tesorería General de la Seguridad Social:

1. Para que cada contrato se justifique o motive explícitamente, en función de las circunstancias reales que concurran. Explicitando tanto el objeto del contrato como el procedimiento elegido y la forma de adjudicación a aplicar, superando justificaciones de carácter estrictamente formal o la mera alusión a la normativa de referencia.

2. A la redacción de pliegos tipo aplicables a contratos de naturaleza análoga. Con su aplicación, se evitará la utilización de modelos excesivamente genéricos que obligan a incluir múltiples cláusulas de contenido muy diverso, incrementando el riesgo de error en su aplicación a los contratos específicos.

3. A que establezca el procedimiento que permita la verificación sistemática de la obligación de encontrarse los contratistas al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, en el momento preciso de efectuar a su favor los pagos derivados de los contratos.

4. A evitar que la supresión del Sistema de Adquisición Centralizada en los suministros para los que exceden de los importes establecidos en la norma vigente, se traduzca en un incremento de las contrataciones de suministros por procedimiento negociado.

5. A que los servicios que se contraten de forma centralizada, siempre que ello sea posible, se promueva la concurrencia entre las empresas catalogadas para la obtención de mejoras en las condiciones de las ofertas tipo, dejando la oportuna constancia de ello en el expediente de contratación.

6. A publicar en el «Boletín Oficial del Estado» las resoluciones de adjudicación de adquisiciones y enajenaciones de inmuebles, para favorecer con ello la transparencia de la contratación.

7. A que estudie medidas que pudieran incrementar la transparencia en las actuaciones que lleve a cabo en materia de enajenación de viviendas y locales de negocio previamente arrendados, de forma que, al tiempo que se vela por la salvaguarda de los derechos e intereses patrimoniales de la Seguridad Social, puedan ser tenidos en cuenta también los legítimos intereses de los arrendatarios.

8. A la regulación de la expedición de órdenes de pago a justificar para atender los gastos en los que no pueda aportarse la oportuna documentación justificativa en el momento del pago.

9. A solicitar la designación de representante de la Intervención General para asistir a la recepción de los contratos cuyo bien no sea tangible y material.

10. A que en los contratos adjudicados mediante concurso, se apliquen criterios objetivos de adjudicación, oportunamente justificados, ponderando debidamente el sistema de valoración del criterio del precio en sí mismo considerado.

11. A que se planifique adecuadamente las obras que se prevea contratar, de forma que puedan identificarse con suficiente precisión las ofertas desproporcionadas o temerarias, y a su vez, evitarse posteriores modificaciones, ampliaciones de plazo, obras complementarias y reajustes de anualidades, con el consiguiente incremento del precio y la demora en su puesta a disposición del servicio público previsto.

12. A continuar con los trámites de gestión necesarios para que se apruebe una nueva relación de puestos de trabajo de la Gerencia de Informática, que permita garantizar la dirección y control de los proyectos informáticos por personal propio debidamente cualificado, evitando la actual dependencia externa en el área de la contratación de asistencia técnica informática, que de ser posible debe llevarse a cabo mediante concurso público, previa descripción de las necesidades a satisfacer y de los trabajos que se pretende realizar.

13. A que periodifique adecuadamente la adquisición de suministros durante todo el ejercicio económico, evitando la concentración de adjudicaciones de contratos de esta naturaleza durante los últimos meses.

Instar al Tribunal de Cuentas a:

14. Que examine periódicamente que la contratación celebrada por la Tesorería General de la Seguridad Social se ajuste a los principios establecidos en la normativa vigente en cada momento, comprobando de forma concreta, si se está cumpliendo con las anteriores Resoluciones y las recomendaciones efectuadas por el Tribunal en informes anteriores.

Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de febrero de 2009.–La Presidenta de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, María Isabel Pozuelo Meño.–El Secretario de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Carmelo López Villena.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid