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Documento BOE-A-2009-2292

Acuerdo de 3 de febrero de 2009, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se anuncia para su provisión la vacante de Presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 2009, páginas 14261 a 14261 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2009-2292

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 336 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 189 y siguientes del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial (B.O.E. del día 13 de julio), y en uso de las facultades delegadas por el Pleno en su sesión de 29 de octubre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de noviembre), ha acordado anunciar para su provisión la vacante producida en la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por vencimiento del mandato del anteriormente nombrado, entre Magistrados que hubieren prestado diez años de servicios en la categoría y, al menos, quince años en la Carrera Judicial.

La solicitud se dirigirá al Excelentísimo Señor Presidente del Consejo General del Poder Judicial, y se presentará en el plazo de veinte días naturales siguientes a la publicación de este Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial, calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las peticiones que se cursen a través de las oficinas de Correos, deberán presentarse en sobre abierto, para que el funcionario correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de certificarlas.

Los/as interesados/as podrán aportar junto a su solicitud una relación detallada de méritos acreditativos de sus conocimientos jurídicos e idoneidad para ocupar la plaza anunciada, así como fotocopia de un número significativo de sentencias y de otras resoluciones judiciales que hayan elaborado, a fin de acreditar el mérito y la capacidad específicamente referido al ejercicio de la función jurisdiccional durante su trayectoria profesional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74.2.1.º del Reglamento 1/1986, de 22 de abril, de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial.

Los/as aspirantes podrán presentar un proyecto de actuación, que podrán defender ante el Consejo General del Poder Judicial.

Contra el presente Acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 3 de febrero de 2009.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, José Carlos Dívar Blanco.

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