Está Vd. en

Documento BOE-A-2009-21107

Resolución de 23 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se efectúa la convocatoria pública para la selección de los municipios candidatos a albergar el emplazamiento del Almacén Temporal Centralizado de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos de alta actividad (ATC) y su centro tecnológico asociado.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 29 de diciembre de 2009, páginas 111431 a 111439 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-21107

TEXTO ORIGINAL

La Comisión de Industria, Turismo y Comercio del Congreso de los Diputados aprobó, el 27 de abril de 2006, una Proposición no de Ley, por la que el Congreso instaba al Gobierno a constituir una Comisión Interministerial que debería establecer los criterios que deberá cumplir el emplazamiento del Almacén Temporal Centralizado (ATC) para combustible gastado y residuos radiactivos de alta actividad y su centro tecnológico asociado.

Atendiendo a lo anterior, el Gobierno aprobó el Real Decreto 775/2006, de 23 de junio, por el que se crea dicha Comisión Interministerial.

Entre las funciones que se atribuyen a la Comisión Interministerial figura la de desarrollar el procedimiento por el que los municipios interesados puedan optar a ser candidatos para el emplazamiento.

A este fin, y una vez establecidos por la Comisión Interministerial los «Criterios básicos de emplazamientos para la instalación ATC y centro tecnológico asociado», publicados en la web del MITYC www.emplazamientoatc.es, en virtud de lo acordado por dicha Comisión, en su reunión de 10 de julio de 2008, se procede a la convocatoria pública para determinar los municipios interesados en ser candidatos a que en su término municipal se albergue el ATC y su centro tecnológico asociado, incluidas las infraestructuras necesarias para el asentamiento de empresas, cuyo proyecto se describe en el anexo I.

La convocatoria va dirigida a todos los municipios situados en territorio español y a ella podrán concurrir los municipios individual o conjuntamente.

En el anexo II se indica el procedimiento para la selección del emplazamiento entre los municipios interesados, que se inicia de oficio por medio de la presente convocatoria, y en el anexo III figuran las bases de la misma.

Madrid, 23 de diciembre de 2009.–El Secretario de Estado de Energía, Pedro Luis Marín Uribe.

ANEXO I
Proyecto del ATC y su centro tecnológico

1. Introducción

Las centrales nucleares españolas, de acuerdo con la actual previsión, generarán unas 6.700 toneladas de combustible gastado. Adicionalmente, se generarán cantidades de residuos radiactivos que, por sus características, no podrán ser almacenados en el Almacén Centralizado de Residuos Radiactivos de Baja y Media Actividad de El Cabril. Asimismo, con motivo del envío del combustible gastado de C.N. Vandellós 1 a Francia para su reproceso, deberá ser devuelta a España una determinada cantidad de residuos radiactivos de media y alta actividad.

El Gobierno en los sucesivos Planes Generales de Residuos Radiactivos (PGRR) y, en particular, en el vigente VI PGRR, contempla para el almacenamiento de estos residuos una solución centralizada, atendiendo a consideraciones estratégicas, técnicas, económicas y de seguridad, siendo ésta, también, la mejor opción según opinión mayoritaria de los componentes de la Mesa de Diálogo sobre la evolución de la energía nuclear, celebrada entre noviembre de 2005 y mayo de 2006 en España.

2. Descripción del proyecto

El proyecto complementa la función de almacenamiento de combustible gastado con la investigación y desarrollo relacionados con la gestión final de dicho material y tecnologías de protección medioambiental. Consiste en el ATC que albergará el combustible gastado y un centro tecnológico que facilitará las actividades de investigación y experimentación, incluyendo las infraestructuras necesarias para el asentamiento de empresas.

El ATC es una instalación de características industriales, realizable con tecnología plenamente consolidada y disponible desde hace años y sobre la que existe ya una apreciable experiencia operacional. Está concebida para el almacenamiento en seco, durante un periodo de 60 años, del combustible gastado y residuos vitrificados de alta actividad utilizando la tecnología de bóvedas y la de naves de hormigón para almacenar el resto de residuos acondicionados. Se trata de una estructura integral de aproximadamente 283 m. de largo, 78 m. de ancho y 26 m. de alto. Los conductos de salida de aire de los edificios de almacenamiento alcanzan una altura de 45 m. respecto al nivel del suelo. Diversos países de nuestro entorno cuentan con instalaciones similares, tal es el caso de La Hague y Marcoule (Francia), Sellafield (Reino Unido), Paks (Hungría), Fort St Vrain (Estados Unidos) o Habog (Holanda), cuyas características se aproximan en gran medida a las del proyecto español. La instalación necesitará una superficie aproximada de 13 hectáreas.

El centro tecnológico tiene como principal objetivo el asegurar la disponibilidad de las tecnologías y conocimientos necesarios para la gestión final del combustible gastado y los residuos de alta actividad a través del desarrollo del Plan de I+D y del soporte a otras instalaciones y actividades de ENRESA. Su actividad se desarrollará a través de proyectos y programas específicos para los que se contará con una serie de servicios básicos, entre los que cabe destacar los laboratorios de combustible, química avanzada, radiactividad y medioambiente, materiales, verificación industrial, así como de medidas de apoyo a proyectos, gestión de datos y servicios generales. El centro tecnológico ocupará una superficie de unas 7 hectáreas.

Como apoyo a la instalación ATC y el centro tecnológico asociado, el proyecto contará con las infraestructuras necesarias para el asentamiento de empresas, para lo que se prevé inicialmente una superficie de unas 5 hectáreas.

3. Aspectos ambientales

De acuerdo con la legislación vigente, como zona reglamentada nuclear, el emplazamiento de la instalación ATC deberá cumplir con todos los requisitos, trámites y licencias de las diferentes administraciones competentes. Entre ellos, los relacionados con la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental, previa a la autorización de las obras de construcción.

A la espera de que sea seleccionado el emplazamiento que acogerá esta instalación y, por tanto, de estudiar el impacto ambiental de la instalación ATC en un lugar concreto, el actual diseño de este proyecto consta de sendos estudios «genéricos» de seguridad y de impacto ambiental, los cuales concluyen que la instalación cumple con todo tipo de requisitos de seguridad aplicable y que el impacto global producido por la instalación será compatible con el respeto al medio ambiente.

El proyecto técnico de un diseño genérico de ATC ha sido sometido al proceso de evaluación del Consejo de Seguridad Nuclear, el cual emitió una apreciación favorable el 29 de Junio de 2006. El proyecto de detalle será reevaluado por las autoridades competentes, una vez que se conozcan las características del emplazamiento que se decida.

4. Aspectos socioeconómicos

Se prevé que el proyecto se desarrolle en tres fases; sobre las que, a continuación, se indica una estimación inicial del impacto socioeconómico esperado, que se irá concretando a medida que éste se desarrolle.

Una etapa principal inicial que consistirá en la caracterización y preparación del terreno, construcción de los edificios generales, y un primer edificio de almacenamiento (4 bóvedas) del ATC y construcción del centro tecnológico con la infraestructura necesaria para el asentamiento de empresas. Tendrá una duración estimada de cinco años.

Una segunda etapa que comprenderá la construcción del segundo edificio de almacenamiento (4 bóvedas), adyacente al primero. Estará disponible 6 años después del inicio de la explotación de la instalación.

Una tercera etapa que abarcará la construcción del tercer edificio de almacenamiento (4 bóvedas), adyacentes al segundo. Estará disponible 14 años después del inicio de la explotación de la instalación.

La previsión de inversión total es de unos 700 millones de euros. Para la construcción de las instalaciones se estima un promedio diario de unos 300 trabajadores durante los cinco años de la primera etapa, con algún pico de hasta 500.

Por otra parte, los ingresos previstos para los municipios concernidos por la ubicación de la instalación ATC, y sus criterios de reparto, serán los establecidos en la Orden del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, sobre asignaciones a los municipios del entorno de las instalaciones de almacenamiento de residuos radiactivos o centrales nucleares, con cargo al Fondo para la financiación de las actividades del Plan General de Residuos Radiactivos.

Experiencias previas en obras de esta naturaleza muestran que alrededor del 60% de la mano de obra necesaria para la construcción puede provenir del propio entorno local, porcentaje que puede aumentar en la fase de operación. A ello cabe añadir las necesidades de materiales y de servicios del proyecto, que constituirán un importante estímulo para la actividad empresarial del entorno en todos los sectores productivos.

Para otras informaciones, consultar la página web del MITYC www.emplazamientoatc.es.

ANEXO II
Procedimiento

La instrucción y el impulso del procedimiento de selección del emplazamiento corresponderán a la Comisión Interministerial, debiendo dictar todos los actos de trámite necesarios hasta realizar la propuesta de emplazamientos candidatos a la que se refiere el artículo 3 d) del Real Decreto 775/2006. En la realización de los actos materiales de gestión y ordenación del procedimiento la Comisión tendrá el apoyo y asistencia de su Secretario, que además actuará como secretario en la instrucción del procedimiento.

Dicho procedimiento se desarrollará de acuerdo con los trámites que se indican a continuación:

a) Presentación de candidaturas:

Los municipios interesados, previa adopción del correspondiente acuerdo del Pleno Municipal, en el que se designará al órgano competente para proponer los terrenos en la fase correspondiente del procedimiento, dispondrán de un plazo de presentación de candidaturas de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE de la presente Convocatoria Pública. A la solicitud deberá acompañarse la documentación a que se hace referencia en el apartado 2 del anexo III «Bases de la convocatoria».

Esta documentación se presentará en los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, entre los que se incluye el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITYC), Paseo de la Castellana, 160; Madrid.

La solicitud deberá dirigirse al Secretario de Estado de Energía, Presidente de la Comisión Interministerial para la selección del emplazamiento del ATC y su centro tecnológico, Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, Paseo de la Castellana, 160, 28046 Madrid.

b) Acuerdo de la Comisión Interministerial por el que se aprueba la lista provisional de candidaturas admitidas y excluidas:

La Comisión Interministerial publicará en la página web del MITYC www.emplazamientoatc.es y notificará individualmente a los municipios solicitantes la lista provisional de candidaturas admitidas y excluidas, haciendo referencia expresa a la causa de exclusión de los candidatos cuya solicitud no sea admitida.

Las solicitudes podrán ser inadmitidas por la concurrencia de defectos formales insubsanables.

c) Trámite de reclamaciones:

En un plazo de diez (10) días a contar desde la notificación individual al municipio, los municipios excluidos provisionalmente podrán formular alegaciones sobre su falta de admisión y/o subsanar eventualmente defectos de esta naturaleza de sus candidaturas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992.

d) Acuerdo de la Comisión Interministerial por el que se aprueba la lista definitiva de candidaturas admitidas y excluidas:

Transcurrido el plazo para el trámite de reclamaciones y resueltas éstas, la Comisión Interministerial aprobará y publicará en la página web www.emplazamientoatc.es la lista definitiva y notificará individualmente a los municipios candidatos.

e) Análisis del término municipal:

La Comisión Interministerial analizará el término municipal de los candidatos de acuerdo con los criterios de exclusión establecidos en el apartado 3 del Anexo III «Bases de la convocatoria». Como consecuencia de este análisis, la Comisión comunicará a los municipios candidatos las zonas no aptas de su término municipal para albergar el ATC y su centro tecnológico.

f) Trámite de alegaciones y de información y participación pública:

Una vez efectuada la comunicación anterior, la Comisión publicará en la página web www.emplazamientoatc.es y notificará a los municipios solicitantes, a la Federación española de municipios y provincias, y a las provincias y comunidades autónomas en cuyo ámbito territorial se encuentran los municipios admitidos, así como a aquellas organizaciones y asociaciones cuyos fines guarden relación directa con el objeto del procedimiento, requiriéndoles para que formulen las alegaciones que tengan por convenientes, sobre la aplicación de los criterios de la convocatoria a las candidaturas presentadas, disponiendo para ello de un plazo de veinte (20) días a contar desde la fecha de notificación individual o, en su caso, de la fecha de publicación en la web www.emplazamientoatc.es.

g) Presentación de terrenos:

Una vez finalizado el trámite anterior, la Comisión, a la vista de las alegaciones presentadas, comunicará a los municipios candidatos las zonas excluidas, emplazando a los mismos para que, en el plazo de un mes, aporten la información sobre alternativas de terrenos propuestos para albergar el ATC y el centro tecnológico asociado. A estos efectos deberán remitir la documentación a que se hace referencia en el apartado 4 del Anexo III «Información sobre los terrenos».

Esta documentación se presentará en los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, entre los que se incluye el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITYC), Paseo de la Castellana, 160; Madrid. Deberá dirigirse al Secretario de Estado de Energía, Presidente de la Comisión Interministerial para la selección del emplazamiento del ATC y su centro tecnológico, Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, Paseo de la Castellana, 160, 28046 Madrid.

h) Estudio de candidaturas, elaboración de informe de propuesta y acuerdo de remisión al Gobierno:

La Comisión Interministerial estudiará los terrenos propuestos teniendo en cuenta los factores que se incluyen en el apartado 5 del anexo III «Bases de la Convocatoria». Culminará dicho trámite con la aprobación de un informe de propuesta para su remisión al Gobierno.

Dicho informe reflejará las ventajas de los diferentes emplazamientos, desde el punto de vista de viabilidad, licenciamiento y desarrollo del proyecto.

El Gobierno, mediante acuerdo del Consejo de Ministros, que será publicado en el BOE, designará el emplazamiento del ATC y su centro tecnológico asociado, y la Comisión Interministerial informará a cada uno de los municipios que hayan concurrido a la Convocatoria Pública de la finalización del proceso.

ANEXO III
Bases de la convocatoria

Las candidaturas que se presenten atenderán a las siguientes bases:

1. Compromisos asumidos

Se entenderá que los ayuntamientos, al presentar la candidatura, asumen los siguientes compromisos:

Compromiso firme de disponibilidad de los terrenos.

Compromiso firme de otorgar las licencias de su competencia que sean necesarias para la consecución del proyecto, de acuerdo con la legislación vigente.

Compromiso firme de realizar e impulsar los trámites que le competan, ante otras administraciones, acudiendo a procedimientos de urgencia si fuese necesario, para asegurar el cumplimiento de los plazos previstos en el proyecto.

Compromiso firme de mantener su participación en el proceso hasta que se produzca la decisión del Gobierno, momento en el cual, sólo el ayuntamiento designado permanecerá vinculado al mismo.

2. Contenido de las candidaturas

Los municipios interesados, previa adopción del correspondiente acuerdo por el Pleno del Ayuntamiento, presentarán sus candidaturas, en el lugar y los plazos establecidos en el procedimiento de la convocatoria, haciendo constar en el escrito de presentación, que deberá ser firmado por el representante facultado para ello, los siguientes datos identificativos:

Referencia convocatoria pública: S. E. ATC.

Título de la convocatoria pública: Selección Emplazamiento ATC.

En dicha presentación, se incluirán los siguientes datos, mediante la cumplimentación del Formulario A y los anexos que se consideren necesarios:

2.1 Información del municipio.

Nombre del municipio.

Provincia.

Nombre del representante del ayuntamiento, dirección, teléfono, fax y correo electrónico.

Certificado del acuerdo del Pleno Municipal que decide presentar la candidatura, asumiendo los compromisos expresados anteriormente.

2.2 Normativas municipales de interés para el proyecto

Ordenanzas municipales de carácter ambiental (si las hubiere).

2.3 Contribución del municipio a la realización del proyecto

Propuestas de colaboración del municipio que favorezcan el desarrollo del proyecto.

Otra información considerada de interés.

3. Criterios de exclusión

Teniendo en cuenta lo establecido en el apartado 4 del documento «Criterios básicos de emplazamientos para la instalación ATC y centro tecnológico asociado», los criterios de exclusión para identificar las zonas no aptas para la instalación del ATC en los términos municipales de los Ayuntamientos candidatos son los siguientes:

Áreas que formen parte de la Red Europea de la Conservación de la Naturaleza, Natura 2000, incluyendo Parques Nacionales, Parques Naturales y otras figuras equivalentes cuya gestión corresponde a las Comunidades Autónomas, los Lugares de Importancia Comunitaria (LICS) y las Zonas de Especial Protección de Aves (ZEPAS).

Zonas protegidas del Ministerio de Defensa, Montes de Utilidad Pública y terrenos que formen parte de la Red Española de Vías Pecuarias.

Áreas en las que existan elementos de interés patrimonial, que puedan ser afectadas por estar en la zona de influencia de la instalación o por las obras de construcción de la misma.

Emplazamientos que requieren que el transporte se lleve a cabo necesariamente por vía aérea o marítima.

4. Información sobre los terrenos

Una vez definidas por la Comisión las zonas excluidas definitivamente, los municipios candidatos deberán aportar la información correspondiente a los terrenos propuestos para albergar el ATC y sus instalaciones asociadas, mediante la cumplimentación del Formulario B.

4.1 Superficie requerida.

El emplazamiento previsto para albergar el ATC y sus instalaciones asociadas debe disponer de unos terrenos con una superficie que haga viable su construcción y operación, de acuerdo con los siguientes requisitos:

Un mínimo de 13 hectáreas para el ATC, con una topografía preferentemente llana.

Un mínimo de 12 hectáreas para el centro tecnológico asociado y las infraestructuras necesarias para el asentamiento de empresas, de los cuales al menos 2 hectáreas estarán anexas al terreno propuesto para la instalación ATC.

4.2 Identificación.

Localización del terreno propuesto sobre el plano de zonas facilitado por la Comisión.

Extensión aproximada del terreno.

Titularidad del terreno.

Plazo de disponibilidad del terreno.

Calificación urbanística del terreno.

4.3 Infraestructuras existentes con distancia en km.

Indicación de posibilidades de acceso al terreno:

Por ferrocarril.

Por carretera.

Estaciones de ferrocarril próximas.

Distancia a los aeropuertos más próximos:

Civiles.

Militares.

Instalaciones industriales e infraestructuras próximas relevantes.

5. Factores a considerar en el examen de los terrenos

Teniendo en cuenta lo establecido en el apartado 4 del documento «Criterios básicos de emplazamientos para la instalación ATC y centro tecnológico asociado», para el examen de los terrenos se considerarán los siguientes factores:

5.1. Características de los terrenos.

Plazos previstos para poder disponer de los terrenos ofrecidos.

Extensión disponible.

Topografía, geotecnia y sismotectónica.

Meteorología e hidrología.

5.2 Características del entorno

Existencia de infraestructuras adecuadas de transporte de acceso al emplazamiento por ferrocarril, y en su defecto, proximidad a la red de carreteras.

Distancia a instalaciones industriales relevantes para el desarrollo del proyecto.

Existencia de áreas industriales o tecnológicas que puedan presentar algún riesgo.

Distancia a zonas de interés estratégico en explotación o con posibilidad de explotación futura.

Distancia a núcleos principales de población.

Disponibilidad de agua corriente.

Acometidas eléctricas.

5.3. Características ambientales y socioeconómicas.

Situación relativa -distancia y conexión natural- respecto a espacios protegidos y hábitats en peligro de extinción.

Tejido industrial, empresarial y centros de capacitación profesionales.

Antecedentes del entorno en actividades relacionadas con el ámbito nuclear.

5.4. Contribución de los Ayuntamientos

Posibles colaboraciones y aportaciones que los ayuntamientos pongan a disposición del proyecto.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid