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Documento BOE-A-2009-20334

Resolución de 1 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica el Acuerdo de prórroga de la Adenda al Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León, para el desarrollo del Plan Avanza, Programa Ciudadanía Digital.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 18 de diciembre de 2009, páginas 106890 a 106891 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-20334

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda de prórroga de 19 de junio de 2008, al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Castilla y León para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 1 de diciembre de 2009.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

Acuerdo por el que queda prorrogada la Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León para el desarrollo del Plan Avanza, para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital

En Madrid, a 19 de junio de 2008

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. Francisco Ros Perán, Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, el Sr. Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León, Don Antonio Silván Rodríguez, nombrado para dicho cargo por Acuerdo 11/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León (Boletín Oficial de Castilla y León n.º 128, de 3 de julio de 2007). El Consejero de Fomento actúa en virtud de las competencias en materia de telecomunicaciones e informática que le atribuye el artículo 9 del Decreto 73/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, y demás disposiciones concordantes.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento,

EXPONEN

Primero.–Que el desarrollo de la Sociedad de la Información es una estrategia prioritaria en el actual momento social y económico de nuestro país, y su impulso es objetivo compartido por todas las Administraciones Públicas.

Segundo.–Las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía vienen impulsando el desarrollo de la Sociedad de la Información en sus ámbitos de competencia con diversas iniciativas, programas y actuaciones. El Plan Avanza pretende colaborar en el desarrollo de dichas actividades, en la medida que se estime conveniente, bien mediante su apoyo o bien mediante actuaciones complementarias que incrementen su alcance y su impacto, observando el vigente régimen competencial de las Administraciones Públicas.

Tercero.–Que con fecha 14 de julio de 2006 se firmó un Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León para la realización de las actuaciones del Plan Avanza.

Cuarto.–Que en la cláusula quinta del citado Convenio Marco de Colaboración se establece que el Convenio se desarrolla mediante la realización de adendas incluidas durante la vigencia del mismo, del año 2006 al 2010.

En dichas Adendas quedan recogidas las medidas y líneas de actuación contempladas en el Convenio, incluyendo una descripción de las actuaciones a desarrollar, así como la financiación correspondiente y su periodo de ejecución.

El 23 de agosto de 2007 se firmó, entre otras, la Adenda para el Desarrollo del Programa de Ciudadanía Digital.

Quinto.–Que en la cláusula séptima del mencionado Convenio se establece una Comisión Bilateral con el fin de asegurar el adecuado control y seguimiento del objeto y contenido del mismo.

La Comisión Bilateral tiene como misión establecer las acciones pertinentes para asegurar la buena marcha de las actuaciones recogidas en las adendas al Convenio Marco, llevando a cabo el seguimiento de su ejecución y financiación así como encaminar cualquier acción que permita el cumplimiento del Convenio o su desarrollo, conforme a los intereses de las partes.

Así mismo, la Comisión Bilateral aprobará, en su caso, aquellas modificaciones del Convenio que se planteen en su ejecución.

En la Comisión Bilateral de control y seguimiento del Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Castilla y León celebrada el pasado 18 de Octubre de 2007, se puso de manifiesto por parte de dicha Comunidad Autónoma la necesidad de prorrogar las actuaciones correspondientes a las adendas de Programa de Ciudadanía Digital hasta el 31 de diciembre de 2009.

Esta prórroga viene motivada por la necesidad de que las diversas actuaciones recogidas en las Adendas mencionadas se ejecuten correctamente, garantizando la consecución de los objetivos planteados para cada una de ellas y buscando el éxito de las mismas entre los beneficiarios finales del Convenio Marco, empresas y Ciudadanía.

En consecuencia las partes:

ACUERDAN

1. Que ambas partes dan por prorrogada la ejecución de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración mencionado, para el desarrollo del Programa para Ciudadanía Digital, con el objetivo de llevar a cabo la total ejecución de las actuaciones que han sido aprobadas en ella.

2. Ampliar el plazo de la ejecución de dicha Adenda al Convenio Marco de Colaboración hasta el 23 de agosto de 2009.

3. Asimismo, durante la vigencia del Convenio, la Comisión Bilateral de control y seguimiento y de acuerdo con lo que se establece en la cláusula séptima del Convenio mencionado, llevará a cabo la valoración de la correcta realización de las actuaciones previstas en las Adendas a éste.

4. Que no se establece ninguna modificación más sobre lo acordado en el Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad de Castilla y León.

Y en prueba de conformidad, firman los intervinientes, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

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