Visto el expediente de indulto de don José Vicente Iñesta Mecha, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Albacete, en sentencia de 28 de junio de 2005, como autor de un delito continuado de falsificación en documento mercantil como medio para cometer un delito continuado de estafa, a la pena de 30 meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 11 meses con una cuota diaria de seis euros por hechos cometidos en el año 2004 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de noviembre de 2009,
Vengo en conmutar a don José Vicente Iñesta Mecha la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 13 de noviembre de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid