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Documento BOE-A-2009-18116

Resolución de 2 de octubre de 2009, de la Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, por la que se concede la modificación adicional tercera de la aprobación del sistema de calidad nº E-03.02.SC01, a favor de Rover-Bas, S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 13 de noviembre de 2009, páginas 96883 a 96884 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2009-18116

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la entidad Rover-Bas, S.L, domiciliada en la carretera de Toledo a Alcázar, km 66,200, 45710 Madridejos (Toledo), en solicitud de modificación adicional tercera de la aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC01, para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, con Aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC02, de 7 de febrero de 2003, con certificado de modificación adicional primera número E-03.02.SC01, de 9 de marzo de 2004, y con certificado de modificación adicional segunda número E-03.02.SC01 de 7 de septiembre de 2007, emitidas por este organismo notificado.

Visto el informe favorable emitido por el Laboratori General d’Assaigs i Investigacions número 09/34510633, de 18 de septiembre de 2009, referente a la certificación UNE-EN-ISO 9001:2008, para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.

Esta Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de Control Metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE, de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE, de 22 de julio de 1993, ha resuelto:

Primero.–Conceder la modificación adicional tercera de la aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC01 de la entidad Rover-Bas, S. L., para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático de alcance máximo hasta 150.000 kg.

Segundo.–El certificado de aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC01 se complementa mediante esta modificación adicional tercera, con una variación relativa a la introducción de un nuevo anexo A, un nuevo anexo B y un nuevo anexo C.

Tercero.–Los instrumentos verificados de acuerdo con el sistema de calidad deberán de cumplir todos los condicionamientos contenidos en los anexos A, B y C del certificado de modificación adicional tercera de la aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC01.

Cuarto.–Constará como Jefe del Sistema de Calidad el sr. Jesús Romero Nieto.

Quinto.–Constará como Coordinador de los Aspectos de Metrología Legal el sr. Jesús Romero Nieto.

Sexto.–La documentación descriptiva está identificada con el número 15/09 y está depositada en la Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (organismo notificado número 0315).

Séptimo.–Esta autorización será válida siempre que se mantengan las condiciones de aplicación del sistema de aseguramiento de la calidad, de acuerdo con lo que establece el anexo II de la Orden de 22 de diciembre de 1994. Ello significa que este certificado tendrá como máximo la misma validez que el Certificado de la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR) número ER-0613/2001, de 1 de agosto de 2009, de Certificación UNE-EN-ISO 9002:2008. Validez máxima hasta el 1 de agosto de 2012.

Octavo.–Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, la oportuna prórroga de esta Aprobación del Sistema de Calidad, de acuerdo con lo que establece la Orden de 22 de diciembre de 1994.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Consejero de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.

Barcelona, 2 de octubre de 2009.–El Secretario de Industria y Empresa, P.D. de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe del Servicio de Automóviles, Productos y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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