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Documento BOE-A-2009-17298

Resolución de 27 de octubre de 2009, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se dispone la emisión de Bonos del Estado a tres años a tipo de interés variable, vencimiento el 29 de octubre de 2012, y se convoca la correspondiente subasta.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 31 de octubre de 2009, páginas 91058 a 91060 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2009-17298

TEXTO ORIGINAL

La Orden EHA/3877/2008, de 29 de diciembre, ha autorizado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante el año 2009 y el mes de enero de 2010 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado que, conforme se prevé en el artículo 4.3.2., podrán tener el tipo de interés referenciado a algún índice. Asimismo, en la Orden se dispone que la emisión de la Deuda del Estado se efectuará mediante subasta o mediante cualquier otra técnica que se considere adecuada en función del tipo de operación de que se trate, se establece la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y se autoriza a convocar subastas especiales no incluidas en el calendario anual, en función de las condiciones de los mercados, del desarrollo de las emisiones durante el año o ante la conveniencia de poner en circulación nuevas modalidades de Deuda del Estado o de instrumentos a diferentes plazos dentro de las modalidades hoy existentes.

Conforme a dicha autorización, con fecha 29 de julio de 2009 se ha efectuado la emisión, mediante el procedimiento de sindicación, de Bonos del Estado a tres años a interés variable, vencimiento 29 de octubre de 2012, dispuesta por Orden EHA/2016/2009, de 22 de julio. Dada la demanda existente en el mercado de valores a dicho plazo, y tras consultar a las entidades Creadores de Mercado, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de la citada referencia, en este caso mediante subasta que tendrá la consideración de especial y que, conforme se autoriza en el artículo 4.2, tendrá restringida la presentación de peticiones a las entidades Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de Bonos y Obligaciones del Estado y no se podrán presentar peticiones no competitivas.

Por último, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos del Estado a tres años a interés variable que se emiten tendrán la calificación de Bonos segregables.

En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden EHA/3877/2008, esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer en el mes de noviembre de 2009 la emisión, denominada en euros, de Bonos del Estado a interés variable que se indica en el apartado 2 siguiente y convocar la correspondiente subasta que, conforme prevé el artículo 5.3 de la Orden EHA/3877/2008, de 29 de diciembre, tendrá la consideración de subasta especial y que se celebrará de acuerdo con lo previsto en la citada Orden, en la Resolución de 21 de enero de 2009 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.

2. Características de las Bonos del Estado a interés variable que se emiten.

2.1. Las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Orden EHA/2016/2009, de 22 de julio, de esta Dirección General, para la emisión de Bonos del Estado a tres años a interés variable, vencimiento el 29 de octubre de 2012, siendo el primer cupón a pagar, por su importe completo, el de 29 de enero de 2010.

2.2. El tipo de interés nominal es variable y determinado, para cada periodo trimestral de intereses, por el tipo de interés de referencia menos un diferencial de 10 puntos básicos, publicándose en el Boletín Oficial del Estado mediante Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, que se comunicará al Mercado de Deuda Pública Anotada en el plazo máximo de un día a partir de su determinación. A este respecto, el tipo de interés vigente para esta emisión, en el periodo trimestral que finaliza el 29 de enero de 2010 (excluido), es del 0,628 por 100 anual.

2.3. El tipo de interés de referencia para cada periodo será el tipo Euribor a tres meses hecho público a través de la página EURIBOR01 del sistema de Reuters (o cualquier otra página que sustituya o facilite la misma información) correspondiente al segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del periodo. En el caso en que, para un determinado período de interés, el tipo Euribor a tres meses no hubiera sido publicado por la publicación prevista en la frase anterior a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período, el tipo sustitutivo se determinará por la Directora General del Tesoro y Política Financiera solicitando a cuatro bancos principales del mercado interbancario de la zona Euro que suministren una cotización del tipo al que ofrecen depósitos a tres meses en euros por un importe similar al del nominal de la emisión a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Si le fueren ofrecidas dos o más cotizaciones, el tipo sustitutivo será la media aritmética de dichas cotizaciones. Si no se obtuvieren al menos dos cotizaciones, el tipo sustitutivo aplicable al período será la media aritmética de los tipos ofrecidos para préstamos en euros, por un importe similar al del nominal de la emisión y por una duración de tres meses, por entidades de crédito de primer orden de la zona euro, elegidas por la Directora General del Tesoro y Política Financiera, aproximadamente a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Todos los porcentajes resultantes de los cálculos antes indicados serán redondeados al alza a la centésima de milésima más cercana de un punto porcentual.

2.4. El primer período de devengo de intereses de los bonos que se emitan tendrá como fecha inicial el 29 de octubre de 2009 (incluido) y finalizará el 29 de enero de 2010 (excluido), siendo esta última la fecha de pago. Los intereses se devengarán con periodicidad trimestral y serán pagaderos el 29 de enero, 29 de abril, 29 de julio y 29 de octubre de cada año. No obstante, si cualquier fecha de pago de intereses coincidiera con un día que no fuese una fecha hábil de liquidación TARGET se pospondrá la fecha de vencimiento y pago de ese periodo hasta la siguiente fecha hábil de liquidación TARGET, salvo que resultase ser un día del siguiente mes natural, en cuyo caso se adelantaría a la fecha de liquidación TARGET inmediatamente anterior.

2.5. El cálculo del importe de los intereses de cada cupón se calculará de acuerdo con la siguiente expresión:

Cupón bruto =

I × N × D

360

Donde «I» es el tipo de interés nominal aplicable al periodo y expresado en tanto por uno, «N» es el nominal del Bono del Estado, y «D» es el número efectivo de días naturales del periodo de intereses, teniendo en cuenta la convención de días hábiles aplicables y la base elegida (ACTUAL/360). La cifra resultante se redondeará al céntimo más cercano para determinar el importe a pagar.

3. La subasta especial que se convoca tendrá lugar conforme al siguiente calendario:

Fecha de resolución de la subasta: 3 de noviembre de 2009.

Fecha de presentación de peticiones en el Banco de España (hasta las 10:30 horas, 9:30 horas en las Islas Canarias): 3 de noviembre de 2009.

Fecha de desembolso y de adeudo en cuenta: 6 de noviembre de 2009.

4. Conforme prevé el artículo 4.2 de la Orden EHA/3877/2008, a la subasta que se convoca sólo podrán formular peticiones las entidades Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, y no se podrán presentar peticiones no competitivas.

La presentación de las peticiones competitivas deberá realizarse mediante comunicación a través de los medios electrónicos establecidos por el Servicio de Liquidación del Banco de España. No obstante, con carácter absolutamente excepcional, la citada comunicación podrá realizarse telefónicamente quince minutos antes de la hora límite, sólo en aquellos casos en que el Banco de España lo considere necesario y expresamente lo autorice, tras haberle sido justificada con antelación la existencia de una incidencia o problema técnico.

5. El cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 5.4.8.3.d) de la Orden EHA/3877/2008, es el 0,05 por 100.

6. El rendimiento interno correspondiente al precio mínimo aceptado y al precio medio ponderado se determinará utilizando las expresiones de cálculo que se incluyen en la Orden EHA/3877/2008, apartado 5.4.8.3.d), considerando como tipo de interés nominal de cada periodo pendiente de devengo el tipo de interés aplicable en la fecha de desembolso.

7. La segunda vuelta de la subasta se desarrollará entre la resolución de la subasta y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.

8. Los valores que se emitan en esta subasta especial se pondrán en circulación el día 6 de noviembre de 2009, fecha de desembolso y adeudo en cuenta, y se agregarán a la emisión reseñada en el apartado 2.1 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

El pago de los valores adjudicados a las ofertas presentadas se hará en la misma fecha de puesta en circulación de los valores, mediante adeudo de su importe efectivo en la cuenta de la entidad presentadora de la oferta en el Banco de España.

9. De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, la referencia de Bonos del Estado a tres años a interés variable, vencimiento 29 de octubre de 2012, tendrá la calificación de Bonos segregables. No obstante, la autorización para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución deberá aprobarse mediante Resolución de esta Dirección General.

Madrid, 27 de octubre de 2009.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, Soledad Núñez Ramos.

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