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Documento BOE-A-2009-16565

Orden ARM/2794/2009, de 28 de septiembre, por la que se modifica la Orden APA/659/2008, de 10 de marzo, por la que se nombra nuevo Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada "Rioja".

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 17 de octubre de 2009, páginas 87686 a 87686 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-16565

TEXTO ORIGINAL

El artículo 38.1 del Reglamento de la Denominación de Origen Calificada «Rioja» y de su Consejo Regulador, contenido en el anexo I de la Orden APA/3465/2004, de 20 de octubre, establece que el Consejo Regulador, previo nombramiento por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, estará constituido por los miembros de la Junta Directiva de la Organización Interprofesional del Vino de Rioja.

Mediante Orden APA/659/2008, de 10 de marzo, se nombró un nuevo Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada «Rioja» como consecuencia de la culminación del proceso electoral de la Junta Directiva de la Organización Interprofesional del Vino de Rioja, que resultó modificada mediante Orden ARM/910/2009, de 23 de marzo, que aprobó una modificación parcial de la composición del citado Consejo y de las denominaciones de determinadas organizaciones profesionales representadas.

El Consejo Regulador de la denominación, en sesión plenaria celebrada el 3 de julio de 2009, ha aprobado una nueva modificación derivada del cambio en la persona que representa a la Asociación de Bodegas de Rioja Alavesa (ABRA) en la Organización Interprofesional del Vino de Rioja, circunstancia de la que se deriva la necesidad de efectuar el correspondiente cambio en la composición del Consejo.

En su virtud, resuelvo:

Primero. La representación de de la Asociación de Bodegas de Rioja Alavesa (ABRA) en el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja estará constituida por la vocal doña Inés Baigorri Uribe.

Segundo. Este cambio en la composición del Consejo Regulador será efectivo desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Esta resolución agota la vía administrativa. Contra ella, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde su notificación o recurso potestativo de reposición ante la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino en el plazo de un mes desde la notificación de este acto. No podrán simultanearse ambos recursos.

Madrid, 28 de septiembre de 2009.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.

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