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Documento BOE-A-2009-1651

Orden ESD/4031/2008, de 10 de diciembre, por la que se clasifica la Fundación Lucía para el Sida Pediátrico y se procede a su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2009, páginas 10781 a 10782 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-1651

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente, remitido por el Registro de Fundaciones de la Consejería de Justicia de la Generalitat de Cataluña, de la Fundación Privada Lucía para el Sida Pediátrico (FLUSIP).

Antecedentes de Hecho

Primero.–El Registro de Fundaciones de la Consejería de Justicia de la Generalitat de Cataluña, remite resolución que autoriza el traspaso de la Fundación Privada Lucia para el Sida Pediátrico y trascripción literal de los asientos registrales que constan en dicho Registro, de la que se extraen, entre otros datos registrales:

Constitución: La fundación se constituye mediante escritura otorgada el día 7 de junio de 1995 ante el Notario de Barcelona D. Salvador Carballo Casado, por D. José María Beltrán Sanges, María Isabel Ruiz Camps, Dolores Hervas García y Teresa Español Boren.

Inscripción: En virtud de la Resolución de la Consejera de Justicia de 26 de abril de 1996 se inscribió, con el n.º 975, en el Registro de fundaciones privadas de la Generalitat de Cataluña.

Dotación: Inicialmente la dotación de la Fundación, estaba constituida por la cantidad de un millón de pesetas, según consta en el certificado entregado el día 7 de marzo de 1996 por la secretaria. El Patronato, en fecha 20 de febrero de 1996, acordó aumentar la dotación inicial con 1.000.000 de pesetas más.

Segundo.–El Patronato, con fecha 5 de mayo de 2008, presentó al Protectorado de Cataluña, acuerdo de modificación de los Estatutos, entre otros aspectos, en la ampliación del ámbito de actuación de la Fundación, con el objeto de que dicha entidad pudiera desarrollar sus actividades en todo el territorio del estado español y el extranjero, solicitando por ello el cambio de Protectorado al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Tercero.–Junto con la autorización de traslado de la Fundación se remite la escritura otorgada por el Patronato, ante el notario de Barcelona Salvador Carballo Casado, el día 18 de abril de 2008, con el n.º 729 de su protocolo. Posteriormente ha sido presentada escritura de subsanación de la anterior otorgada ante el mismo notario el día 29 de mayo de 2008, con el n.º 959 de protocolo.

Entre los acuerdos adoptados y elevados a públicos en las referidas escrituras, figuran, entre otros, los siguientes extremos:

Adaptación de los Estatutos a la Ley 50/2002, de Fundaciones.

Modificación del ámbito de actuación de la Fundación, que pasa a ser estatal.

Modificación de la denominación que pasa de Fundación Privada Lucía para el Sida Pediátrico (FLUSIP), que en adelante pasará a denominarse Fundación Lucía para el Sida Pediátrico (FLUSIP).

Cuarto.–El artículo 3 de los Estatutos dispone: «La Fundación tiene como finalidad impulsar, promover y favorecer las actividades destinadas a:

a) Dar ayuda psicológica y social a los niños infectados por el VIH, por mejorar su calidad de vida.

b) Promover campañas divulgativas de información por la prevención de la infección y mejorar las condiciones de escolarización y vida cotidiana de los infectados.

c) Conceder becas y ayudas económicas para la realización de búsqueda en los mecanismos fisiopatogénicos de esta infección, si bien en este propósito sólo se podrá destinar como máximo el 25 % de los recursos totales anuales.

d) Realizar cualquier otro tipo de actividades que a juicio del Patronato sean adecuados para la consecución de los objetivos de la Fundación.

Serán beneficiarios de la Fundación todos aquellos niños infectados o afectados por VIH, los mismos se determinarán siguiendo los criterios de necesidad, mérito y capacidad, que el Patronato deberá aplicar con imparcialidad y no discriminación».

Quinto.–El domicilio de la Fundación se establece en la avenida Pompeu Fabra, n.º 10, 7.º C, distrito postal 08024 del municipio de Barcelona.

Sexto.–La composición actual del Patronato de la Fundación es la siguiente:

Presidenta: Doña Teresa Español Borén.

Secretaria: Nuria Curell Aguila.

Tesorera: Claudia Fortuny Guasch.

Vocales: María Isabel Ruiz Camps, Antoni Mur Sierra, Pere Soler Palacín.

Fundamentos Jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por la que continúa vigente la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.–La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, en su artículo 34.2, determina que el Protectorado será ejercicio por la Administración General del Estado respecto de las Fundaciones de Competencia Estatal.

Tercero.–Según el artículo 36 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, en el Registro de Fundaciones de competencia estatal se inscribirán los actos relativos a las fundaciones que desarrollen su actividad en todo el territorio del Estado o principalmente en el territorio de más de una Comunidad Autónoma y la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley, prescribe que, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Lucia para el sida pediátrico en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento a la Fundación Lucia para el sida pediátrico, bajo el n.º 08-0377, por cambio de ámbito al estatal, transcribiendo los datos registrales que figuran en el primero de los antecedentes de hecho.

Segundo.–Clasificar a la Fundación Lucía para el Sida Pediátrico, cuyos fines de interés general son de asistencia social.

Tercero.–Inscribir en el Registro de Fundaciones el nombramiento de los miembros del Patronato, relacionados en el antecedente de hecho quinto de la presente Orden, así como su aceptación de cargo.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 10 de diciembre de 2008.–La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P.D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

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