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Documento BOE-A-2009-13023

Resolución de 27 de julio de 2009, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se publica el Acuerdo del Tribunal calificador de las pruebas de selección para Guardas Particulares del Campo y sus especialidades, mediante el que se aprueba la lista de los participantes declarados aptos.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 5 de agosto de 2009, páginas 66888 a 66893 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2009-13023

TEXTO ORIGINAL

Concluida la convocatoria 2009/1 de las pruebas de selección para Guardas Particulares del Campo y sus especialidades, convocadas por Resolución de 17 de marzo de 2009, de la Secretaría de Estado de Seguridad (Boletín Oficial del Estado número 82, de 4 de abril), se dispone lo siguiente:

Único.–Hacer público el Acuerdo del Tribunal calificador de las pruebas de selección para Guardas Particulares del Campo y sus especialidades, por el que se aprueba la lista de participantes que han superado las mismas y han sido declarados aptos, que se publica como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 27 de julio de 2009.–El Secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho Vizcaíno.

ANEXO
Acuerdo de 23 de junio de 2009, del Tribunal calificador, por el que se aprueba la lista de participantes que han superado las pruebas de selección para Guardas Particulares del Campo y sus especialidades, y han sido declarados aptos

Finalizadas las pruebas de aptitud de la convocatoria 2009/1, y en virtud a lo dispuesto en la base 9 de la Resolución de 17 de marzo de 2009, de la Secretaría de Estado de Seguridad (Boletín Oficial del Estado número 82, de 4 de abril), por la que se convocaban pruebas de selección para Guardas Particulares del Campo y sus especialidades, cuya superación habilitará para el ejercicio de las correspondientes profesiones, previa expedición de la tarjeta de identidad profesional, el Tribunal calificador de las pruebas acuerda lo siguiente:

Primero.–Aprobar y hacer pública la lista de los participantes que han superado las pruebas de selección y son declarados aptos en el apéndice I, con expresión de la especialidad o especialidades obtenidas.

Segundo.–Para la tramitación de los expedientes de habilitación a que se refiere el punto 9 de la convocatoria, cada participante declarado apto deberá solicitar la expedición de la tarjeta de identidad profesional para Guarda Particular del Campo y sus especialidades, utilizando el modelo de solicitud que se reproduce como apéndice II.

La solicitud se presentará preferentemente en las Comandancias de la Guardia Civil (Intervención de Armas y Explosivos), acompañando los siguientes documentos:

a) Cuatro fotografías, formato carné.

b) Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso de 58,08 € (cuantía vigente para el año 2009) en concepto de tasa por habilitación de Guarda Particular del Campo, incluida sus especialidades (artículo 44, apartado 5, tarifa 7ª, de la Ley 13/1996) con arreglo al modelo 790, código 15, a favor del Tesoro Público, en las entidades bancarias o Cajas de Ahorro colaboradoras, cuenta restringida de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

El citado modelo 790, código 15, será facilitado en las dependencias de la Guardia Civil con oficina abierta al público, y deberá cumplimentarse con los datos correspondientes, señalando como tarifa aplicable “habilitación de Guarda Particular del Campo y sus especialidades”.

Tercero.–Contra el presente Acuerdo, podrá interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Seguridad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este Acuerdo, en los términos establecidos en los artículos 114 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 23 de junio de 2009.-El Teniente Coronel, Presidente del Tribunal, Jesús Saiz Calderón.

 

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