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Documento BOE-A-2009-12270

Orden EDU/1994/2009, de 2 de julio, por la que se modifica la Orden ECD/1696/2002, de 1 de julio, por la que se crean los Premios Nacionales de Formación Profesional y se establecen a tal efecto los requisitos para la concesión de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional y la Resolución de 21 de abril de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional por la que se convocan los Premios Nacionales de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al curso 2007-2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 23 de julio de 2009, páginas 63065 a 63066 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2009-12270
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2009/07/02/edu1994

TEXTO ORIGINAL

La Orden ECD/1696/2002, de 1 de julio (BOE de 5), creó los Premios Nacionales de Formación Profesional y se establecen a tal efecto los requisitos para la concesión de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional.

En su apartado Séptimo punto tres, dicha Orden dispone que antes del 1 de abril del curso siguiente a aquel al que correspondan los premios convocados, las administraciones educativas competentes enviarán al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, actual Ministerio de Educación, la relación de los alumnos que hayan obtenido premio Extraordinario de Formación Profesional.

Como consecuencia de distintos problemas administrativos surgidos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, dicha comunidad no ha podido cumplir con el plazo previsto.

Por Resolución de 21 de abril de 2009 (BOE del 16 de mayo), de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional se convocan los Premios Nacionales de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al curso 2007/08. En su apartado cuarto punto uno, se resuelve que los alumnos que hayan obtenido Premio Extraordinario de Formación Profesional de Grado Superior en las distintas administraciones educativas han de presentar sus inscripciones antes del 31 de mayo de 2009.

Con el fin de no perjudicar a los alumnos de la Comunidad Autónoma de Andalucía cuya convocatoria de Premio Extraordinario de Formación Profesional de Grado Superior no se ha resuelto en el plazo previsto y por tanto no pueden realizar su inscripción para concurrir a los premios nacionales en el plazo establecido en la convocatoria, a petición de la Comunidad Autónoma de Andalucía, he dispuesto:

Primero.–Excepcionalmente, con efectos únicamente para los Premios de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al curso 2007-2008, la Comunidad Autónoma de Andalucía podrá enviar hasta el 31 de julio de 2009, la relación de alumnos que hayan obtenido Premio Extraordinario con expresión de la titulación de los alumnos, así como la copia de sus expedientes académicos.

Segundo.–Los alumnos que hayan obtenido Premio Extraordinario de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondientes al curso 2007-2008, podrán presentar sus inscripciones junto con la documentación especificada en la Resolución de 21 de abril de 2009 (BOE del 16 de mayo), de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, hasta el día 5 de septiembre de 2009.

Tercero.–1. En el caso de estos alumnos, la documentación que se presente junto con la instancia que se establece en la citada Resolución de convocatoria (breve curriculum vitae, con indicación de los premios o becas que hubieran obtenido y otros méritos cualesquiera que se desee alegar acompañados de la fotocopia compulsada de la documentación acreditativa correspondiente) deberá incluir únicamente los méritos reunidos hasta el 31 de mayo de 2009, fecha establecida en la convocatoria para la presentación de la inscripción de los alumnos del resto de las administraciones educativas.

2. Los alumnos andaluces para el resto de la tramitación de las inscripciones se atendrán a lo establecido en la Resolución de convocatoria.

Cuarto.–Por su parte, la Comunidad Autónoma de Andalucía enviará a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial (Subdirección General de Becas y Promoción Educativa) la documentación presentada antes del 15 de septiembre de 2009.

Disposición final.–La presente Orden producirá sus efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de julio de 2009.–El Ministro de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 02/07/2009
  • Fecha de publicación: 23/07/2009
  • Efectos desde el 24 de julio de 2009.
Referencias anteriores
  • MODIFICA:
    • Plazo establecido en el apartado 4.1 de la Resolución de 21 de abril de 2009 (BOE núm. 119, de 16 de mayo, Ref. 2009/8223).
    • Plazo establecido en el apartado 7.3 de la Orden ECD/1696/2002, de 1 de julio (Ref. BOE-A-2002-13340).
Materias
  • Andalucía
  • Enseñanza de Formación Profesional
  • Formación profesional
  • Premios

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