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Documento BOE-A-2009-11122

Resolución de 10 de junio de 2009, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se convocan los Premios Comunicación y Difusión de Protección de Datos Personales, correspondientes a 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 4 de julio de 2009, páginas 56023 a 56026 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-A-2009-11122

TEXTO ORIGINAL

La Agencia Española de Protección de Datos, en el ejercicio de las competencias que la Ley le atribuye, y con la finalidad de promover y fomentar la difusión del derecho fundamental a la protección de datos por los medios de comunicación social, ha acordado proceder a la convocatoria de los «Premios Comunicación y Difusión de Protección de Datos», correspondientes a 2009, que habrá de ajustarse a las siguientes bases:

Base primera. Objeto: Se convocan los «Premios Comunicación y Difusión de Protección de Datos» correspondientes a 2009.

Constituye su objeto premiar los trabajos que a juicio del Jurado:

1. Signifiquen una aportación destacada a la promoción del conocimiento de los ciudadanos de los principios del derecho fundamental a la protección de datos personales.

2. Contribuyan a fomentar la concienciación de quienes manejan información personal sobre sus responsabilidades en la garantía de este derecho.

Base segunda. Premios: El Premio se convoca en dos modalidades:

I. Modalidad A. Comunicación.

Podrán ser merecedores de este premio:

1. Un trabajo individual como un editorial, noticia, reportaje o programa de radio o televisión puntualmente dedicados a la materia objeto de la convocatoria.

2. Proyectos periodísticos, como series de noticias o secciones especializadas que definan un compromiso editorial con la promoción del derecho fundamental a la protección de datos.

Pueden optar al premio aquellos trabajos individuales o proyectos periodísticos difundidos a través de cualquier medio de comunicación social (televisión, radio, prensa escrita y digital, y agencias de noticias entre el 2 de noviembre de 2008 y 15 de octubre de 2009).

El premio podrá otorgarse a uno o varios trabajos relativos al tema de la convocatoria publicados o difundidos en un mismo medio de comunicación. En el caso de tratarse de varios trabajos éstos se considerarán conjuntamente a efectos de valoración por parte del Jurado.

II. Modalidad B. Difusión.

Se podrán presentar trabajos inéditos como cortometrajes, cómics, proyectos Web, como microsites pedagógicos o educativos, u otros proyectos similares, cuya temática central o trasfondo aborde la protección de datos y que contribuyan a fomentar la difusión y la concienciación en ámbitos generales o específicos en materia de protección de datos.

El formato de presentación en el caso de los cortometrajes será digital (DVD, CD-ROM y el archivo debe poder reproducirse en cualquier lector DIV-X o lector de vídeo convencional). La duración no podrá exceder de 20 minutos, y deberá ir acompañado de un resumen de su contenido que no supere las 1000 palabras.

El resto de trabajos el formato será presentado en soporte papel o digital en función de las características del proyecto. En todo caso deberá ir acompañado de un resumen de su contenido que no supere las 1000 palabras.

El incumplimiento de alguno de estos requisitos dará lugar a la exclusión de la propuesta.

Base tercera. Dotación de los premios.

I. Modalidad A. Comunicación.

El Premio «Comunicación de Protección de Datos Personales» estará dotado con una cantidad de 6000 euros, así como un accésit de 3000 euros.

II. Modalidad B. Difusión.

El Premio que se adjudique a esta modalidad cuenta con una dotación de 6000 euros y un accésit de 3000 euros.

Base cuarta. Solicitudes: Los trabajos presentados deberán acompañarse del modelo de solicitud que figura en el anexo 1.

Los trabajos, dirigidos a la Secretaría General de la Agencia Española de Protección de Datos, hasta el 15 de octubre de 2009, podrán presentarse en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan, n.º 6, planta baja, 28001 Madrid, o en cualquiera de los Registros u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, antes del 15 de octubre de 2009, haciendo constar en el sobre la misma dirección.

Base quinta. Jurado: Concederá el premio un Jurado cuya composición será:

Presidente: Director de la Agencia Española de Protección de Datos.

Vocales: Miembros del Consejo Consultivo que se encuentren ejerciendo su mandato en el momento de efectuarse el fallo.

La Secretaría, con voz y sin voto, corresponderá al Secretario de dicho Consejo. En caso de empate decidirá la votación el voto del Presidente.

El Director de la Agencia Española de Protección de Datos podrá designar un Consejo Asesor para proponer candidaturas que deberá contar entre sus miembros con profesionales de la comunicación.

Si el Jurado lo estimara oportuno, podrá distribuir el premio por partes iguales entre los trabajos presentados que se consideren de igual mérito.

Los miembros del Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos podrán proponer, previo consentimiento de sus autores o medios de comunicación, aquellos trabajos que, a su juicio, aún no habiendo concurrido a la convocatoria, reúnan méritos suficientes

Base sexta. Resolución: La decisión del Jurado, que podrá declarar desierto el premio, se hará pública el 28 de enero de 2010, Día Europeo de la Protección de Datos. El fallo, frente al que no habrá recurso administrativo, se notificará formalmente a quien resulte premiado. El Director de la Agencia Española de Protección de Datos expedirá un diploma acreditativo al candidato ganador y en su caso al que obtuviere un accésit.

Base séptima. Propiedad Intelectual: La Agencia Española de Protección de Datos podrá reproducir total o parcialmente, el trabajo premiado tanto en soporte papel como en soporte CD, citando el nombre de los autores así como el medio de comunicación de que se trate.

Los autores de las aportaciones a la modalidad de Difusión que resulten premiadas, cederán a la Agencia Española de Protección de Datos, de forma exclusiva e intransferible, sin límite temporal los derechos de publicación informático, electrónico en el sitio Web oficial de la Agencia, así como en soporte papel.

Base octava. Aceptación de las Bases: La participación en el concurso implica la aceptación de todas las bases de la convocatoria.

Base novena: Los datos de los participantes se incorporarán al fichero denominado «Formación, Premios y Eventos», del que es responsable la Agencia Española de Protección de Datos. Los participantes podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el domicilio señalado en la Base Cuarta. Sus datos personales serán utilizados únicamente para la evaluación de su trabajo y para la organización gestión y resolución del premio «Protección de Datos Personales» y no serán cedidos a terceros.

Madrid, 10 de junio de 2009.–El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rallo Lombarte.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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