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Documento BOE-A-2009-11117

Resolución de 30 de junio de 2009, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre la Subsecretaría del Ministerio de Educación y la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 4 de julio de 2009, páginas 56014 a 56015 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2009-11117

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaría del Ministerio de Educación y la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Política Social han suscrito con fecha 16 de junio de 2009 un Acuerdo por el que se encomienda a la Inspección General de Servicios del Ministerio de Educación la inspección de determinados centros del IMSERSO.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como Anexo a la presente Resolución.

Madrid, 30 de junio de 2009.–El Subsecretario de la Presidencia, Juan José Puerta Pascual.

ANEXO
Acuerdo de encomienda de gestión de la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Política Social en la Subsecretaría del Ministerio de Educación, para la inspección de centros del IMSERSO

Reunidas: De una parte, doña Consuelo Sánchez Naranjo, Subsecretaria del Ministerio de Sanidad y Política Social, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 676/2009, de 17 de abril, actuando en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 15.1 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, doña Mercedes López Revilla, Subsecretaria del Ministerio de Educación, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 666/2009, de 17 de abril, actuando en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 15.1 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las partes se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente Acuerdo en los términos que en él se contienen, y al efecto,

EXPONEN

Primero. La Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, en su artículo 15, establece entre las competencias de los Subsecretarios la de «establecer los programas de inspección de los servicios del Ministerio».

Segundo. El Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, por el que se desarrolla el Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece en su disposición transitoria segunda que «los servicios comunes de los Ministerios en los que se hayan producido transferencias de actividad a otros departamentos ministeriales, seguirán prestando los servicios al Ministerio de adscripción hasta tanto se desarrolle la estructura orgánica de los Ministerios y se establezca la distribución de efectivos».

Tercero. Dentro del Plan Anual de actuaciones de la Inspección General de Servicios del extinguido Ministerio de Educación, Política Social y Deporte para el año 2009 se incluían, entre otras, inspecciones de varios centros del IMSERSO a realizar a lo largo del citado año.

Dado que se trata de un Plan Anual, en cuyo desarrollo ya se han llevado a cabo inspecciones en distintos centros del IMSERSO, quedando otras pendientes que ya estaban previamente planificadas, resulta conveniente que, durante el año 2009, continúen las inspecciones de los centros del IMSERSO que tenía previsto realizar la Inspección General de Servicios dependiente de la Subsecretaría del Ministerio de Educación, encomendando estas actuaciones a la citada Inspección General de Servicios.

Cuarto. Por todo lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Política Social y la Subsecretaría del Ministerio de Educación, acuerdan suscribir el presente Acuerdo de encomienda de gestión, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.–La Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Política Social encomienda a la Subsecretaría de Educación, que acepta, la realización de las actividades que se estipulan en la cláusula segunda de este Acuerdo por medio de la Inspección General de Servicios del Ministerio de Educación.

Segunda. Actuaciones de la Inspección de Servicios.–La Subsecretaría de Educación, a través de la Inspección General de Servicios, realizará, a lo largo de 2009, Auditorías Operativas en los siguientes Centros del IMSERSO:

Centro de Referencia Estatal, de San Andrés de Rabanedo (León).

Centro de Recuperación de Minusválidos Físicos, de Lardero (La Rioja).

Centro de Atención a Minusválidos Físicos de Alcuescar (Cáceres).

Residencia de Mayores, de La Bañeza (León).

Tercera. Actuaciones adicionales.–En el supuesto de que, por diversas circunstancias, se desee incluir otra actuación relacionada con el IMSERSO no contemplada en la cláusula segunda, la Subsecretaria del Ministerio de Sanidad y Política Social y la Subsecretaria de Educación deberán acordarlo expresamente, incorporando el texto del acuerdo como Anexo a la presente encomienda de gestión.

Cuarta. Titularidad competencial.–La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Quinta. Actuaciones de la Subsecretaría de Sanidad y Política Social.–La Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Política Social dictará los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Sexta. Entrada en vigor.–La presente encomienda de gestión estará vigente desde la fecha de publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y hasta el 31 de diciembre de 2009.

En prueba de conformidad, firman el presente Acuerdo, en Madrid, a 16 de junio de 2009.–La Subsecretaria de Sanidad y Política Social, Consuelo Sánchez Naranjo y la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

 

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