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Documento BOE-A-2009-1024

Resolución de 30 de diciembre de 2008, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se resuelve el concurso de méritos para la cobertura de plazas del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, al servicio del Tribunal Constitucional, convocado por Resolución de 14 de mayo de 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2009, páginas 7373 a 7373 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2009-1024

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 de la Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional, y 21, 52, 92 y concordantes de su Reglamento de Organización y Personal, con arreglo a las previsiones contenidas en la base cuarta de la Resolución de 14 de mayo de 2008 (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del día 13 de junio), por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de plazas del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, al servicio del Tribunal Constitucional, y previas la valoración y selección efectuadas por la Junta de Gobierno, esta Presidencia ha resuelto nombrar para las referidas plazas, con la consiguiente adscripción al Tribunal Constitucional, a los funcionarios que se relacionan a continuación:

Don Ángel Manuel Linares Canales, DNI 508090096A.

Doña Agustina García Gómez, DNI 006554017Y.

Don José Benito Rojas, DNI 001494466H.

El plazo de toma de posesión de las plazas convocadas será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». El Ministerio de Justicia o, en su caso, las comunidades autónomas con traspasos recibidos podrán diferir el cese, por necesidades del servicio, hasta un máximo de veinte días hábiles, comunicándolo así al Tribunal Constitucional.

Frente a esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de la posible interposición, con carácter potestativo, de recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, o de cualquier otro recurso que los interesados estimen procedentes.

Madrid, 30 de diciembre de 2008.–La Presidenta, María Emilia Casas Baamonde.

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