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Documento BOE-A-2008-994

Resolución de 13 de diciembre de 2007, de la Universidad de La Rioja, por la que se integra en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a don Jesús Murillo Ramón.

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 19 de enero de 2008, páginas 4160 a 4160 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-994

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su disposición adicional primera dispone lo siguiente:

«A partir de la entrada en vigor de esta Ley, previa solicitud dirigida al Rector de la Universidad, los funcionarios y funcionarias Doctores del Cuerpo de Catedráticos de Escuela Universitaria podrán integrarse en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad en las mismas plazas que ocupen, manteniendo todos sus derechos, y computándose la fecha de ingreso en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad la que tuvieran en el cuerpo de origen.»

A la vista de la solicitud del interesado, y de acuerdo con la citada disposición, este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 54 de los Estatutos de la Universidad de La Rioja, ha resuelto integrar a don Jesús Murillo Ramón, con documento nacional de identidad número 17122373T, perteneciente al Cuerpo de Catedráticos de Escuela Universitaria, al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, computándole la fecha de ingreso en este Cuerpo la que tenga en el Cuerpo de origen (2 de agosto de 2002).

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la recepción de la presente resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja.

No obstante, el interesado podrá optar por interponer contra esta Resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que la dictó, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Logroño, 13 de diciembre de 2007.-El Rector, José M.ª Martínez de Pisón Cavero.

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